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"No es propicio poner más impuestos a los tiquetes aéreos": Anato

Desde el gremio aclararon que que la preocupación no radica en el fin social de la norma, sino en la saturación impositiva del sector.

Referencia de vuelos internacionales //
Referencia de vuelos internacionales //
Foto: AFP

El gremio de las agencias de viajes en Colombia, ANATO, alertó sobre la entrada en vigencia del Decreto 0625 de 2026, el cual reglamenta un nuevo impuesto de un dólar para todos los tiquetes aéreos internacionales que salgan del país. La medida busca recaudar fondos para programas del ICBF contra la explotación sexual infantil, pero genera rechazo en el sector turístico.

¿Cuánto costarán los tiquetes internacionales con el nuevo impuesto?

La presidenta de ANATO, Paula Cortés, explicó en Mañanas Blu que el gravamen de un dólar, o su equivalente en pesos según la tasa representativa del mercado, se aplicará a todos los viajeros nacionales o extranjeros que compren pasajes hacia el exterior. Con una proyección que supera los 13 millones de salidas anuales, el impacto fiscal es directo.

Cortés aclaró que la preocupación no radica en el fin social de la norma, sino en la saturación impositiva del sector: “Reconocemos la importancia de fortalecer las acciones de prevención contra la explotación sexual, lo que nos preocupa es la carga impositiva que se le está poniendo a los tiquetes aéreos en nuestro país”.

Avión - aviones - vuelo
Hay otros vuelos de larga duración como de Perth a Londres
Foto: AFP

Según datos entregados por el gremio, la carga impositiva actual en los pasajes hacia el exterior alcanza aproximadamente el 50 %, mientras que en los vuelos domésticos se ubica en el 30%, impulsada principalmente por un IVA del 19%.

“Es el único en Latinoamérica que se le pone a los tiquetes aéreos. No es si es un dólar o el monto, sino que consideramos que debería ser otro tipo de reglamentación y no ponerle todo lo que pensemos al tiquete aéreo”, enfatizó la directiva. La implementación del cobro quedó en manos de las aerolíneas, las cuales disponen de un plazo de 90 días para ejecutar el recaudo.

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