Un fallo de la Corte Constitucional con ponencia del magistrado Miguel Efraín Polo, deja entrever las fallas en los estudios de seguridad de la UNP en dos casos específicos. Se trata de un funcionario público y una defensora de derechos humanos que acudieron al alto tribunal advierto fallas de la entidad a la hora de otorgar sus esquemas de protección.
El alto tribunal reiteró que las decisiones sobre protección no pueden limitarse a un análisis formal y que por el contrario, deben basarse en estudios técnicos, individualizados y actualizados, que permitan comprender el nivel real de riesgo y las medidas necesarias para mitigarlo.
El primer caso corresponde a un funcionario público que denunció amenazas de un grupo armado y un ataque con arma de fuego contra su vivienda. Pese a ello, la UNP le asignó únicamente un chaleco blindado a través de un mecanismo de emergencia.
El segundo caso involucra a una defensora de derechos humanos a quien, pese a mantener una calificación de riesgo extraordinario, le fue reducido su esquema de seguridad, eliminando medidas como vehículo y personal adicional de protección.
En ambos casos la Corte Constitucional se pronunció y ordenó realizar nuevos estudios de riesgo integrales, individualizados y debidamente motivados.