¿Se pueden condonar las deudas por infracciones de tránsito?
Según un experto, solo hay una excepción para que el Ministerio de Transporte perdone deudas por multas.
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Este miércoles en BLU Al Derecho Daniel López, experto en Derecho administrativo y profesor universitario, explicó si es posible la condonación y prescripción de las multas que se imponen por infracciones de tránsito.
Según el especialista, el Ministerio de Transporte, en un reciente concepto, aclaró un aspecto que podía llegar a ser confuso para algunos usuarios y ciudadanos, sobre si una autoridad de tránsito podría de manera autónoma condonar la deuda de una persona.
López explicó que condonar “significa perdonar, dejar de perseguir esa humillación y borrar de su historial esa deuda para el usuario respectivo”.
“Al respecto, el Ministerio de Transporte confirma, sin lugar a dudas, que la condonación no es posible”, amplió el experto, pues no es facultad de las autoridades de tránsito, aunque hay una excepción.
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Esta excepción hace referencia a cuando “el vehículo haya sido abandonado y posteriormente enajenado por la respectiva autoridad de tránsito, en cuyo caso se podrá condonar, pero ya no se trata de una facultad de disposición para librar a un usuario, sino para saldar las cuentas y permitir los procesos que en adelante siguen cuando hay un vehículo abandonado.
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