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Disputa por Aguardiente Amarillo: SIC mantiene competencia y sigue pendiente sentencia del caso

La SIC avanzó con el decreto de pruebas y el registro de recursos contra la definición de la lista del material integrado y, finalmente, de la sentencia sobre la demanda presentada inicialmente por la Industria Licorera de Caldas.

Aguardiente Amarillo
Aguardiente Amarillo
Foto: Blu Radio

Continúa pendiente la decisión de fondo de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en el proceso que enfrenta a la Industria Licorera de Caldas (ILC) y la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA) por la comercialización del Aguardiente Amarillo.

La ILC demandó a la FLA ante la SIC por presuntos actos de competencia desleal relacionados con la producción, comercialización, distribución y venta de un aguardiente de color amarillo, al considerar que el Aguardiente Real amarillo de la licorera antioqueña tenía similitudes con el tradicional Aguardiente Amarillo de Manzanares.

Entre las conductas señaladas por la Industria Licorera de Caldas están la desviación de la clientela, la confusión, la imitación y el aprovechamiento de la reputación ajena.

En diciembre de 2023, la SIC impuso medidas cautelares que ordenaron retirar del mercado dicha presentación y prohibieron su venta, publicidad y promoción. A mediados de 2024, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó esa decisión a favor de la ILC. Posteriormente, las pretensiones de indemnización dentro del proceso fueron ajustadas a 2.576 millones de pesos.

Aguardiente Amarillo
Aguardiente Amarillo
Foto: Blu Radio

Sin embargo, el litigio continúa. La FLA cuestionó la imparcialidad del juez de la SIC Hugo Alberto Martínez Luna, al señalar que había sido nombrado durante la gestión de Pablo Felipe Robledo, quien actualmente ejerce como abogado de la Industria Licorera de Caldas. La licorera antioqueña también planteó cuestionamientos frente a los interrogatorios realizados durante una audiencia del 8 de julio de 2025.

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En medio del trámite, la FLA solicitó la nulidad del proceso por la falta de notificación a entidades públicas, entre ellas la Procuraduría. El juez concedió la nulidad y una segunda prórroga del proceso, pero rechazó tramitar la recusación presentada en su contra.

En abril de 2026, la Fábrica de Licores de Antioquia pidió trasladar el expediente a los juzgados de Itagüí, argumentando que la SIC habría perdido competencia por el vencimiento de los términos. El juez Martínez Luna sostuvo que conserva la facultad para fallar el proceso hasta septiembre de 2026, bajo el argumento de que la nulidad decretada reinició los plazos legales.

Este 15 de septiembre, la SIC dejó en firme esa posición al rechazar el recurso de reposición presentado por la licorera antioqueña. Ante esa determinación, la representación de la FLA solicitó nuevamente la recusación del juez y pidió que se decrete la nulidad por pérdida de competencia, además de dejar sin efecto el auto mediante el cual se habían decretado anticipadamente las pruebas, solicitud negada.

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Asimismo, este martes el juzgador de la SIC avanzó con el decreto de pruebas, registro de recursos contra la definición de la lista del material integrado, con el objetivo de continuar con las actuaciones procesales como audiencias de contradicción y, finalmente, de la sentencia sobre la demanda presentada inicialmente por la Industria Licorera de Caldas.

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