La Sección Quinta del Consejo de Estado dirimió una discusión que generó polémica el año pasado, esto, en el marco de la negativa del Congreso de la República sobre una consulta popular. Varias demandas llegaron allí con el fin de anular la votación, sin embargo, el Consejo de Estado le dio la razón al Congreso.
Los demandantes sostenían que la votación debía anularse porque, aunque se registraron 96 votos, en el recinto había 97 senadores, lo que según afirmaron vulneraba el reglamento del Congreso que exige que el número de votos coincida con el número de congresistas presentes. El Consejo de Estado concluyó que no hubo vicios que invalidaran la decisión
Tras analizar la grabación de la sesión, certificaciones oficiales y las normas aplicables, el alto tribunal determinó que la votación fue válida y que las irregularidades alegadas no afectaron la formación de la voluntad democrática del Senado.
Punto por punto, el alto tribunal desvirtuó los argumentos de los demandantes como por ejemplo, el número de votos coincidía con el número de senadores que realmente participaron en la votación.
Señaló además la sección quinta que según la Constitución, para convocar una consulta popular nacional el presidente necesita el concepto previo favorable del Senado, y que ese pronunciamiento hace parte de un procedimiento constitucional obligatorio.