“Este fue un proceso de constitucionalidad en el que un ciudadano demandó la ley 1146 de 2007 dirigida a proteger a los niños y en este caso prevenir la violencia sexual y crea en el artículo 14 una cátedra de educación sexual que es obligatoria para los establecimientos de educación media y superior y un grupo de ciudadanos la demandó para que se extendiera para las instituciones de educación básica y preescolar”, explicó el procurador delegado.
Balcazar dijo que el fallo de la Corte simplemente explica que no es obligatoria una cátedra en primaria y preescolar pero sí tiene la obligación de incluir elementos de educación sexual.
“Nadie está discutiendo que haya que educar en esto, el tema era si era obligatorio que fuera por medio de una cátedra y tanto el Ministerio de Educación como nosotros concertamos en el mismo sentido y la Corte Constitucional falló así”, manifestó.
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Cabe recordar que el fallo del alto tribunal no cierra la puerta para que en preescolar y primaria los colegios realicen talleres esporádicos de educación sexual.
Por su parte, el viceministro de Educación, Víctor Saavedra, dijo que desde el Ministerio celebran el fallo de la Corte, pues también es necesaria la educación sexual en primaria y preescolar.
“Hay una diferencia entre tener una cátedra y tener educación para la sexualidad en otras clases, nosotros no creemos que debe haber una clase especial de educación para la educación en primaria pero sí debe desarrollarse ese contenido en el resto de las clases”, finalizó.
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