Por medio de un decreto, el presidente Abelardo De La Espriella delegó algunas funciones presidenciales a ministros y directores de departamento.
“Delégase en los ministros y directores de departamentos administrativos las funciones de declarar y proveer las vacancias definitivas de los empleos que se presenten en sus ministerios y departamentos administrativos, con excepción de los empleos de viceministro, subdirector de departamento administrativo, secretario general de ministerio o departamento administrativo, agentes diplomáticos y consulares, y los siguientes empleos de la Presidencia de la República: jefe de despacho presidencial, secretario para la transparencia, secretario para las comunicaciones y prensa, secretario jurídico, consejero presidencial, consejero comisionado de paz, jefe para la protección presidencial y jefe de Casa Militar, cuya facultad continuará en el presidente de la República”, señala el documento.
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El mandatario va a permitir que el ministro del Interior nombre, en algunos casos, alcaldes y gobernadores ad hoc, de acuerdo con las normas.
“Delégase en el ministro del Interior la función de solicitar una terna al partido, movimiento o coalición que inscribió al gobernador o alcalde de distrito, ante las faltas temporales o definitivas de estos, en aquellos eventos en que corresponde al señor presidente de la República designar su reemplazo”, señala el documento.
El canciller ahora podrá tramitar ascensos en el escalafón de la carrera diplomática y consular y ejecutar sanciones disciplinarias.
“La presentación de credenciales por parte de los señores embajadores de gobiernos o Estados extranjeros. Para efectos de esta delegación, el ministro de Relaciones Exteriores coordinará lo pertinente para que dicha ceremonia se lleve a cabo en la fecha que disponga, la cual se realizará en el Palacio de San Carlos”, señala el documento.
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El ministro de Defensa podrá conferir grados militares honorarios a ciudadanos colombianos, oficiales, suboficiales y alumnos, así como condecoraciones militares.
“Separación absoluta de oficiales de las Fuerzas Militares, con decisión debidamente ejecutoriada. Llamamiento al servicio y llamamiento especial al servicio de oficiales de las Fuerzas Militares. Llamamiento a los oficiales miembros de la reserva de las Fuerzas Militares, para fines de entrenamiento o maniobras o para hacer frente a las exigencias de la seguridad interior y exterior de la Nación”, dice el decreto sobre el sector Defensa.
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También podrá decidir sobre el retiro del servicio activo hasta el grado de teniente coronel o capitán de fragata.
Los ministros podrán resolver algunos recursos contra actos presidenciales que son de su competencia.
“Delégase en los ministros y directores de departamento administrativo la función de tramitar y decidir los recursos de reposición y las solicitudes de revocatoria directa contra los actos administrativos expedidos por el presidente de la República, relacionados con los asuntos a su cargo o de su sector, excepto aquellas relacionadas con las facultades de que tratan los numerales 2, 5, 6, 7 y 8 del artículo 189 de la Constitución Política”, dice el decreto.
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El ministro del Interior, además, podrá ejecutar sanciones contra exalcaldes y exgobernadores.
“Delégase en el ministro del Interior las funciones relacionadas con la ejecución de las sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría General de la Nación a los exgobernadores y exalcaldes de distrito”, menciona el documento.