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JEP imputa a tres exintegrantes del último secretariado de las Farc por crímenes contra indígenas

En total son diez los exintegrantes de la extinta guerrilla que deberán asumir su responsabilidad por asesinatos, desapariciones forzadas, desplazamientos, torturas y daños a territorios ancestrales en la Amazonía y la Orinoquía.

Logo de la Jurisdicción Especial para la Paz
Jurisdicción Especial para la Paz
Foto: JEP.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) atribuyó responsabilidad a diez antiguos integrantes de los bloques Sur y Oriental de las extintas Farc por crímenes cometidos contra cinco pueblos indígenas de la Amazonía y la Orinoquía durante el conflicto armado.

La decisión fue adoptada el 12 de octubre por la Sala de Reconocimiento de Verdad, dentro del subcaso Amazonía y Orinoquía del Caso 09, que investiga crímenes no amnistiables cometidos contra pueblos y territorios étnicos entre 1996 y 2016.

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Los pueblos reconocidos como víctimas colectivas son los Nükak Baká, Korebajü o Koreguaje, Siona o Zio Bain, Hitnü y Jiw. Según el tribunal, la violencia no solo afectó la vida e integridad de sus integrantes, sino también sus formas de gobierno propio, sus prácticas culturales y espirituales y su relación con los territorios ancestrales.

La Sala de Reconocimiento atribuyó a los diez comparecientes crímenes de lesa humanidad de exterminio, asesinato, desaparición forzada, traslado forzoso, tortura y persecución. También les imputó crímenes de guerra relacionados con homicidios, desplazamientos forzados, utilización de minas antipersonal y daños al medio ambiente natural.

La investigación identificó dos patrones: El primero corresponde a acciones para ejercer control social y territorial sobre las comunidades indígenas, mediante ataques contra sus autoridades, líderes y personas señaladas de colaborar con grupos enemigos.

De acuerdo con la investigación, gobernadores indígenas, caciques, sabedores, médicos tradicionales, docentes y otros líderes fueron víctimas de homicidios, torturas, desapariciones y desplazamientos por oponerse a los intereses de la antigua guerrilla.

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Uno de los hechos documentados ocurrió el 25 de julio de 1997, cuando integrantes de los frentes 15 y 49 de las Farc ingresaron al resguardo indígena San Luis, en el municipio de Milán, Caquetá, y asesinaron a siete autoridades, líderes y comuneros. Entre las víctimas estaba el cacique Reimundo Figueroa y dos docentes.

Meses después, el 4 de septiembre de ese año, otros cuatro hombres fueron asesinados en el resguardo de San José del Cuerazo, entre ellos la autoridad tradicional Alejandro Piranga Pizarro. Estos hechos provocaron desplazamientos y afectaron las estructuras de gobierno del pueblo Korebajü.

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El segundo patrón está relacionado con crímenes cometidos en el contexto de las hostilidades. La Jurisdicción documentó el uso de minas antipersonal en territorios indígenas, así como ataques que provocaron contaminación ambiental y afectaciones a lugares sagrados.

Entre los antiguos integrantes de las Farc a quienes la JEP llamó a reconocer responsabilidad están tres ex miembros del último Secretariado, Milton de Jesús Toncel Arredondo, conocido como ‘Joaquín Gómez’, Jaime Alberto Parra Rodríguez, alias ‘El Médico’, y Julián Gallo Cubillos, conocido como ‘Carlos Antonio Lozada’.

También fueron señalados Elmer Caviedes, alias ‘Albeiro Córdoba’; Fabián Ramírez Cabrera, conocido como ‘Fabián Ramírez’; Floresmiro Burbano, alias ‘Martín Corena’; Darío Lee Díaz, conocido como ‘Robledo’; Luis Enrique Montes, alias ‘Euclides Bermúdez’; Gustavo Cuéllar Pajoy, conocido como ‘Manuel Político’, y Liberman Imbachi Chilito, alias ‘Norbey Ramírez’.

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La jurisdicción señaló que ninguno de los diez comparecientes tenía investigaciones penales en la justicia ordinaria por los hechos abordados en esta decisión.

Ahora, los diez comparecientes tendrán un plazo de 30 días hábiles para reconocer o controvertir su responsabilidad, presentar observaciones, aportar pruebas y pronunciarse sobre su participación individual en los crímenes atribuidos.

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Si los comparecientes reconocen su responsabilidad y aportan verdad plena, la Sala podrá convocar una audiencia pública de reconocimiento y remitir posteriormente el caso al Tribunal para la Paz, que podrá imponer sanciones propias. Si no lo hacen, el proceso podrá remitirse a la Unidad de Investigación y Acusación para el procedimiento adversarial correspondiente.

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