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Juez ordena reanudar concurso de méritos de la Contraloría suspendido tras terremoto

Con la decisión de primera instancia, la Contraloría deberá reanudar el concurso de méritos en las condiciones ordenadas por el juez.

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Contraloría General de la República.
Foto: Senado.

Un juez de Familia del Circuito de Mocoa ordenó a la Contraloría General de la República reanudar el Concurso Abierto de Méritos CGR 2024-2026, luego de dejar sin efectos la decisión mediante la cual la entidad había suspendido los términos del proceso hasta el 31 de diciembre de 2026, argumentando las dificultades generadas por el terremoto ocurrido en la región.

La decisión fue adoptada en primera instancia al resolver una acción de tutela presentada por Andrés Alberto Rocha Guevara contra la Contraloría General de la República, el Contralor General y el Consejo Superior de Carrera Administrativa de la entidad.

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La controversia se originó en la decisión del 17 de septiembre de 2026, mediante la cual se dispuso el aplazamiento temporal del proceso de selección y la suspensión del concurso desde esa fecha hasta el 31 de diciembre de 2026. La determinación contemplaba que el proceso se reanudará el primero de enero de 2027, en la etapa en la que se encontraba.

El juez ordenó a la Contraloría reanudar el proceso de selección. Para llegar a esa conclusión, tuvo en cuenta, entre otros elementos, la posición de la Universidad de Antioquia, encargada de operar el concurso, que había señalado que las etapas siguientes podían continuar debido a que correspondían principalmente a actuaciones documentales, internas y regladas que no requerían una participación adicional de los aspirantes.

La Universidad también había advertido sobre las consecuencias económicas que podía generar el aplazamiento del concurso. Para el juez, estos elementos debían ser considerados al momento de establecer si resultaba necesario suspender integralmente el proceso de selección.

La decisión judicial aclara que el debate no estaba centrado en determinar si el Consejo Superior de Carrera Administrativa tenía, en términos generales, facultades para suspender el concurso.

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Sin embargo, concluyó que la aplicación de esa facultad debía cumplir condiciones de necesidad, proporcionalidad y motivación específica. En particular, consideró que no se acreditó de manera concreta la afectación de los participantes del concurso, ni se explicó por qué todas las actuaciones pendientes debían ser suspendidas.

“Se reconoció de manera general el riesgo para aspirantes afectados por el terremoto, pero no se acreditó durante la deliberación la afectación concreta de participantes del concurso, no se individualizan las etapas que exigían su intervención, no se estableció por qué las actuaciones administrativas que podían adelantarse sin participación de aquellos debían igualmente paralizarse”, señaló el juez.

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La providencia también sostuvo que el régimen excepcional no permitía presumir que cualquier actuación pendiente dentro de un concurso nacional afectará necesariamente a las personas damnificadas por el terremoto. Según el análisis judicial, la decisión debía tener en cuenta las circunstancias particulares de cada proceso y explicar las razones cuando el aplazamiento cobijará también a participantes que no estuvieran afectados.

“Esta conclusión no desconoce la amplitud preventiva que el Decreto Legislativo 1384 de 2026 atribuyó a las autoridades administradoras de concursos”, precisa la decisión, antes de advertir que el principio de precaución no eliminaba las exigencias de necesidad y proporcionalidad.

Con la decisión de primera instancia, la Contraloría deberá reanudar el concurso de méritos en las condiciones ordenadas por el juez.

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