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MinTrabajo pone ‘tatequieto’ a empresas por práctica que tenían con citas médicas: no pueden negarse

El Ministerio del Trabajo recordó que las citas médicas autorizadas son permisos remunerados y no pueden generar reposición de tiempo ni descuentos.

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Los trabajadores que necesiten asistir a una cita médica autorizada ya no deben preocuparse por reponer el tiempo utilizado durante su jornada laboral. El Ministerio del Trabajo reiteró que, tras los cambios introducidos por la reforma laboral, las empresas no pueden exigir la reposición de esas horas ni aplicar descuentos salariales cuando el permiso cumpla con los requisitos establecidos por la ley.

La aclaración surge luego de la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, que modificó las reglas sobre los permisos remunerados contemplados en el Código Sustantivo del Trabajo. De acuerdo con la cartera laboral, el acceso a los servicios de salud hace parte de los derechos fundamentales de los trabajadores y, por lo tanto, no puede convertirse en motivo de sanciones o cargas adicionales.

¿Las empresas pueden exigir reponer horas por citas médicas?

Frente a esta inquietud, el Ministerio del Trabajo señaló que no. Cuando el trabajador solicita el permiso, cumple el procedimiento establecido por la empresa y justifica su asistencia al servicio de salud, el empleador no puede obligarlo a extender la jornada laboral ni a compensar el tiempo utilizado para acudir a una cita médica.

De acuerdo con la entidad, las empresas pueden definir mecanismos internos para solicitar este tipo de permisos, pero esas reglas no pueden desconocer los derechos laborales ni impedir que una persona reciba atención médica.

"El procurar por la salud del trabajador es su obligación conceder los permisos remunerados necesarios para que la atienda", recordó el Ministerio del Trabajo.

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Salud en Colombia.
Foto: Universidad Nacional.

¿Qué requisitos deben cumplir los trabajadores?

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El Ministerio precisó que este beneficio debe utilizarse de forma responsable. Por ello, el trabajador debe solicitar el permiso conforme a los procedimientos internos de la empresa, justificar la necesidad de asistir a la cita médica y presentar los soportes correspondientes cuando sean requeridos.

La norma tampoco establece un número fijo de horas para este tipo de permisos. El tiempo concedido debe ser razonable y suficiente para que el trabajador pueda asistir a la consulta y regresar a sus labores sin afectar el ejercicio de su derecho a la salud.

¿Qué otros permisos remunerados contempla la reforma laboral?

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Además de las citas médicas, la Ley 2466 de 2025 reconoce otros permisos remunerados que los empleadores deben conceder. Entre ellos se encuentran:

  • Ejercer el derecho al voto.
  • Atender una calamidad doméstica.
  • Comparecer ante autoridades judiciales o administrativas.
  • Cumplir responsabilidades escolares como acudiente.

Con estas disposiciones, el Ministerio del Trabajo busca garantizar que los trabajadores puedan atender situaciones personales, familiares y de salud sin enfrentar sanciones económicas o laborales. La entidad reiteró que la reforma fortalece la protección de los derechos de los empleados y evita que deban escoger entre conservar su empleo o acceder a servicios y obligaciones reconocidas por la legislación.

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