porque la legislatura colombiana no tiene sanción jurídica para la discriminación a personas en condición de discapacidad.
Afirmó que luego de la aprobación de la ley 1482 se modificó el Código Penal imponiendo pena privativa de la libertad y multa por conductas disciplinarias.
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Además, Parra agregó que en la modificación del Código Penal, se contempla que hay discriminación por cuatro motivos: “discriminación racial, origen nacional, género y orientación sexual”.
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Finalmente dijo que luego del caso de discriminación a discapacitados de la pastora cristiana, María Luisa Piraquive, es necesario replantear la demanda para que la Corte Constitucional modifique la ley 1482 para la inclusión de estas personas.