Quienes trabajan los domingos cuentan con estos derechos: muchos los pasan por alto
Los colombianos no deben pasar por alto sus derechos si trabajan los domingos, especialmente porque les golpea el bolsillo.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Para la mayoría de trabajadores en Colombia, el domingo es un día sagrado para descansar; sin embargo, existen quienes deben salir a trabajar. Comercio, vigilancia, salud, transporte, restaurantes e industria no se detienen, y detrás de esa dinámica hay reglas que no todos conocen o que pasan por alto.
Según dicta la ley laboral, ese día no pasa inadvertido y establece beneficios cuando el trabajo dominical se convierte en una situación habitual para el trabajador.
La duda suele centrarse en si solo se tiene derecho al recargo dominical o también a un día libre, y la respuesta depende de cuántos domingos se trabajen al mes y de lo que señala el Código Sustantivo del Trabajo, específicamente en sus artículos 180 y 181.
El artículo 180 señala que cuando el trabajo dominical es excepcional, es decir, uno o dos días al mes, el empleado tiene derecho a un descanso compensatorio remunerado o a un pago adicional con el recargo correspondiente. Es decir, el trabajador puede escoger una de esas dos opciones.
Sin embargo, el panorama cambia cuando la jornada dominical se convierte en habitual, es decir, cuando se trabajan tres o cuatro domingos al mes. Es allí donde entra en juego el artículo 181, el cual establece un beneficio doble.
En este escenario no tiene que elegir, pues de manera obligatoria le deben reconocer ambos derechos.
Con la reciente reforma laboral, el recargo por trabajo dominical o festivo quedó establecido en el 80 % sobre el valor de la hora ordinaria. Es decir, si la hora normalmente vale $10.000, el domingo se pagaría a $18.000.
Por lo tanto, si trabaja las ocho horas, la diferencia en el ingreso mensual del trabajador tendrá un peso considerable, especialmente en sectores donde el fin de semana registra mayor movimiento. Por ejemplo:
Si solo se laboran dos domingos:
Para muchos colombianos diferenciar entre trabajo dominical habitual y excepcional es crucial para identificar qué deben percibir. Muchas empresas manejan turnos rotativos y es ahí donde pueden surgir confusiones. No reclamar el descanso compensatorio o aceptar un pago inferior al legal representa una afectación directa a los ingresos mes a mes.
Publicidad
De hecho, el Ministerio de Trabajo ha reiterado que estos recargos y descansos son obligatorios; su incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas.
Si bien para muchos hogares trabajar el domingo implica un sacrificio, la ley contempla una compensación para los trabajadores, la cual no debería verse afectada por el desconocimiento ni dejarse pasar.