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Registradores podrán negar inscripción de nombres que generen burlas como Warnerbro o Messi Andrés

El director nacional de Registro Civil recalcó que estos nombres podrían generar matoneo o bullying en el proceso de desarrollo los niños, niñas y jóvenes.

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Registraduría
Foto: Registraduría

Aunque la norma no limita la libertad de los padres para dar el nombre que deseen a sus hijos, según la Registraduría Nacional, los funcionarios podrán abstenerse de registrar nombres que podrían atentar contra la dignidad de los niños, niñas y jóvenes, ya que puede tratarse de una descripción ofensiva o denigrante contra el menor.

Según cifras de la entidad, al 31 de diciembre del 2020, se registraron 619.504 niños, cuyos padres les pusieron nombres de artistas y deportistas mundialmente conocidos, como Cristiano, James, Neymar, Maluma y algunos un tanto exóticos, como Chespirito, Warnerbro y Joku, entre otros.

Así mismo, muchos padres han optado por nombrar a sus hijos igual que artistas de géneros musicales como el reggaetón y pop: J Balvin, Maluma, Yatra, Juanes y Shakira.

Además, algunos padres han optado por nombres como Vanderlein, Messi Andrés, John Crazy, Bellaflor, Britney Cristal, Alison Lupita. Sin embargo, este tipo de nombres son aceptados por no tornarse denigrantes u ofensivos para la niña o el niño recién nacido.

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Rodrigo Pérez Monroy, director nacional de Registro Civil, hace hincapié en que por gusto u ocurrencia de los padres de un recién nacido no pueden ponerle un nombre que a futuro puedan incidir en el libre desarrollo de su personalidad o resulte ser objeto de bullying o matoneo.

“No se niega la inscripción, pero sí hay oposición de escribir en el registro notarial una expresión grotesca y ofensiva que de ninguna manera describe la personalidad o individualidad de ese menor, por consiguiente, se podría apelar a la objeción de conciencia que se encuentra claramente regulada en la Constitución Política”, manifestó.

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De esta misma manera, el funcionario registral podrá recurrir a un defensor de menores para que intervenga sobre la denominación que ese padre quiere, “pero los funcionarios notariales no están en la obligación de suscribir ese tipo de nombres”, señaló el director nacional de Registro Civil.

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