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Se atrasa entrega de informes de excombatientes de las Farc a la JEP

El informe solicitado por la JEP debía ser detallado e individual y en él se debía reiterar el compromiso con la verdad.

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BLU Radio. Partido político Farc / Foto: Blu Radio

Blu Radio conoció que a punto de cumplirse la fecha en la que 31 excombatientes de las FARC debían entregar a la JEP el informe en el que señalan su compromiso con el acuerdo de paz, una serie de recursos de reposición y apelaciones fueron interpuestos por sus abogados ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Vea también: "No hay divisiones, solo expreso dificultades: Joaquín Gómez tras dura carta a Farc

Entre los recursos interpuestos destacan el de los ex líderes de esa guerrilla Pablo Catatumbo y Rodrigo Londoño y el del hoy senador por el partido FARC Julián Gallo.

Según el recurso de reposición de Londoño, Catatumbo y Gallo, el pasado 13 de julio de 2018, interpusieron recurso de reposición, "con el fin de garantizar la aplicación del debido proceso, principio de legalidad, el deber de solicitar la realización de un análisis prima face por parte de la Sala, con el objeto de establecer la respectiva competencia; en esencia, la Sala antes de trasladar los informes, debería realizar por lo menos, lo instituido en el Acuerdo Final de Paz y en la Ley Estatutaria de esta Jurisdicción. Es decir, establecer el vínculo con el conflicto, contrastar el contenido de los informes recibidos, verificar que se trata efectivamente de informes y no de meros listados de acusaciones más o menos fundadas, y garantizar que los llamados fueran mencionados en los informes, entre otros", pero no obtuvieron respuesta de la JEP.

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Al volver a requerir esta información el 24 de agosto de 2018, de nuevo el tribunal no les dio una respuesta a su solicitud, por lo que señalan que el derecho al debido proceso ha sido vulnerado en este caso.

Además, resalta el recurso que este no es el momento procesal para solicitar informes tanto de aporte de verdad y de reconocimiento de responsabilidad, ni para valorar la realización de tareas de reparación anticipadas.

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"Respecto a la pretensión de la Sala de valorar en este momento procesal el cumplimiento del régimen de condicionalidades, ponemos de manifiesto que las obligaciones de las personas que fueron objeto de comparecencia el día 13 de julio, se limitan en este momento, a haber efectuado la efectiva dejación de armas y someterse a la Jurisdicción Especial para la Paz para lo de su competencia; acciones que todos los convocados han realizado conforme a las declaraciones firmadas por cada uno de ellos en el momento de efectuar la dejación de armas y recibir la amnistía presidencial, como así consta en la Secretaria Ejecutiva de esta jurisdicción, donde se encuentran cada una de estas declaraciones individuales".

El informe solicitado por la JEP debía ser detallado e individual y en el se debía reiterar el compromiso con la verdad, informar las labores de reintegración que han hecho los excombatientes y entregar la ubicación de los  restos de las personas desaparecidas, sin embargo, en el recurso se resalta que el auto por el que se hizo esa solicitud es "violatorio a las garantías legales y constitucionales, tales como el debido proceso, legalidad, seguridad jurídica y presunción de Inocencia".

Así las cosas, los diez días hábiles que había otorgado la JEP para la entrega del informe se han detenido hasta que la Sala dé respuesta a todos los recursos, es decir  que este trámite podría tardar en solucionarse hasta la primera semana de octubre.

 

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