La posibilidad de que el presidente saliente, Gustavo Petro, impida que el mandatario electo, Abelardo De La Espriella, se posesione en una guarnición militar abrió un intenso debate jurídico y político en Mañanas Blu con Néstor Morales, luego de que el jefe de Estado asegurara que ningún establecimiento militar podrá ser utilizado para la ceremonia del próximo 7 de agosto.
La controversia surgió tras los mensajes publicados por Petro durante el fin de semana, en los que ordenó que ninguna instalación militar sirva como escenario para la posesión presidencial mientras él continúe ejerciendo como comandante supremo de las Fuerzas Militares. Esa postura ha generado dudas sobre el alcance de sus atribuciones y sobre quién tiene realmente la competencia para definir el lugar donde se realizará el acto de investidura.
El debate jurídico sobre la posesión presidencial
Durante el análisis en Mañanas Blu, el abogado Felipe Zuleta sostuvo que el presidente electo puede asumir el cargo en el lugar que autorice el Congreso.
"El presidente de la Espriella se puede posesionar donde quiera, donde el Congreso autoriza para tomar el juramento", afirmó Zuleta al referirse al procedimiento constitucional.
La posesión del presidente es una sesión del Congreso, y las sesiones del Congreso las organiza, las cita y las convoca el Congreso de la República, y no ni el presidente entrante ni el presidente saliente
Añadió que, si las plenarias de Senado y Cámara aprueban sesionar en un lugar distinto al Capitolio Nacional, esa decisión tendría pleno sustento institucional: "No es ni Petro ni De La Espriella los que le dicen al Congreso dónde ni cómo se reúne", enfatizó Riveros
Más adelante reiteró que, una vez el Congreso adopte formalmente una decisión sobre el lugar de la sesión, el Gobierno Nacional tendría el deber de facilitar su realización: "Si el Congreso decide sesionar el 7 de agosto en una guarnición militar, el gobierno actual está en el deber de ofrecer toda la ayuda para que la sesión se pueda hacer", explicó, por su parte, Zuleta.
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Petro insiste en que no prestará instalaciones militares
La polémica se intensificó luego de que Gustavo Petro manifestara que no permitirá el uso de establecimientos militares para la ceremonia de posesión mientras siga siendo presidente de la República. En el programa se recordó que el mandatario saliente ordenó que "ningún establecimiento militar sirva para una posesión de un presidente de la República", una decisión que, según sus publicaciones, responde a que considera que los cuarteles no son el escenario adecuado para una sesión del Congreso.
No obstante, desde el punto de vista jurídico expuesto durante el debate, esa instrucción no sería suficiente para impedir una eventual decisión del Legislativo sobre el lugar donde se desarrollará la ceremonia.
De La Espriella mantiene su intención
Mientras continúa la controversia, el presidente electo reiteró que mantiene su propósito de posesionarse en una guarnición militar ubicada en el suroccidente del país como homenaje a las Fuerzas Militares. En una intervención citada durante Mañanas Blu, De La Espriella aseguró: "Pese a la oposición del nefasto y delirante gobierno saliente, los colombianos pueden estar seguros de que cumpliré mi promesa. Me voy a posesionar en el sur del país, en una guarnición militar, para rendirle un homenaje solemne a los héroes de la patria".
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Además, hizo un llamado al nuevo Congreso para que respalde esa iniciativa: "Hago un llamado directo y patriótico al nuevo Congreso de la República para que el 20 de julio tomen la decisión correcta para cumplir con ese mandato del pueblo", expresó el mandatario electo.
La decisión dependerá del Congreso
Durante el programa también se recordó que el Congreso será renovado el próximo 20 de julio y que, a partir de esa fecha, las plenarias estarán en capacidad de estudiar una eventual solicitud para trasladar la sesión solemne del 7 de agosto a una guarnición militar. De acuerdo con las intervenciones de los panelistas, la Constitución establece que la posesión presidencial ocurre en el marco de una sesión del Congreso, razón por la cual la facultad de definir el lugar corresponde al Poder Legislativo y no exclusivamente al Ejecutivo.