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Uribismo presenta proyecto para tumbar vía referendo decisiones de la Corte Constitucional

Por esa vía, por votación popular, se podría reversar el consumo de drogas en espacios públicos o revivir la reelección presidencial, entre otros casos

344364_Uribismo presenta proyecto para tumbar vía referendo decisiones de la Corte Constitucional // Foto: cortesía Rama Judicial, Centro Democrático
Uribismo presenta proyecto para tumbar vía referendo decisiones de la Corte Constitucional // Foto: cortesía Rama Judicial, Centro Democrático

El Centro Democrático propuso una iniciativa en el Congreso que permitiría tumbar vía referendo decisiones de la Corte Constitucional que afecten derechos fundamentales como: el derecho a la vida, a reconocimiento de personería jurídica, a libertad de conciencia, de culto, a la paz, a la justicia, entre otros.

El proyecto de ley busca adicionar un parágrafo al artículo 377 de la Constitución Nacional el cuál quedaría así:

“Deberán someterse a referendo las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso, cuando se refieran a los derechos reconocidos en el Capítulo 1 del Título II y a sus garantías, a los procedimientos de participación popular, o al Congreso, si así lo solicita, dentro de los seis meses siguientes a la promulgación del Acto Legislativo, un cinco por ciento de los ciudadanos que integren el censo electoral. La reforma se entenderá derogada por el voto negativo de la mayoría de los sufragantes, siempre que en la votación hubiere participado al menos la cuarta parte del censo electoral”, dice la iniciativa.

“Cuando la Corte Constitucional mediante un fallo interprete materias referidas a los derechos reconocidos en el Capítulo 1 del Título ll y a sus garantías, a los procedimientos de participación popular, o al congreso, la ciudadanía podrá solicitar mediante un referendo que se anule dicha interpretación, si la considera contraria a sus principios fundamentales. Y se entenderá derogada por el voto negativo de la mayoría de los sufragantes, siempre que en la votación hubiere participado al menos la cuarta parte del censo electoral y cumplan las exigencias del artículo 155 de la Constitución Política”, cita el parágrafo del proyecto.

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Para llamar a ese referendo es necesario que lo solicite el cinco por ciento de los ciudadanos que integren el censo electoral.

La reforma se entenderá derogada por el voto negativo de la mayoría de los sufragantes, siempre que en la votación hubiere participado al menos la cuarta parte del censo electoral.

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Conozca el proyecto de ley:

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