El exsubdirector de la DIAN y actual asesor tributario Juan Camilo Serrano, advirtió que los plazos para declarar renta de personas naturales empiezan el 11 de agosto y se extienden máximo hasta el 21 de octubre, según los últimos dígitos de su cédula.
¿Quiénes deben declarar renta?
Todas aquellas personas que durante el año 2014 tuvieron ingresos superiores a 38 millones 479 mil pesos y cuyo patrimonio a 31 de diciembre de 2014 fue igual o superior a 123 millones 683.000 pesos.
Publicidad
Serrano advirtió que la responsabilidad es del contribuyente como persona natural saber si tiene que declarar renta, por lo que hizo un llamado a verificarlo y no caer en la evasión.
Cabe recordar que esos impuestos van al presupuesto nacional y con ese dinero se sufraga la administración del Estado y se hace la inversión pública.
Publicidad
¿Y la retención en la fuente?
Dijo que a la hora de liquidar el impuesto de 2015, “ya hay una parte que pagó a través de la retención en la fuente, por lo que eso simplemente lo descuenta del monto a pagar”.
Sobre el mismo caso, dijo que hay momentos en que lo cancelado por retención en la fuente tiene un excedente, el cual deberá ser reclamado al dirigirse a la DIAN para pedir la devolución.
Publicidad
Sanciones por no pago
Quien debe cancelar y se excede en el tiempo, deberá liquidar una sanción por extemporaneidad, que representa el 5 por ciento del valor del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de mes de retardo.
Publicidad
Además, deberá pagar intereses moratorios (los más altos del mercado) desde la fecha del vencimiento hasta la fecha en que pague, sobre el saldo a pagar.
Para más información sobre el impuesto de renta, ingrese aquí
Publicidad
Si el último dígito es |
Hasta el día |
01 y 02 |
11 de agosto de 2015 |
03 y 04 |
12 de agosto de 2015 |
05 y 06 |
13 de agosto de 2015 |
07 y 08 |
14 de agosto de 2015 |
09 y 10 |
18 de agosto de 2015 |
11 y 12 |
19 de agosto de 2015 |
13 y 14 |
20 de agosto de 2015 |
15 y 16 |
21 de agosto de 2015 |
17 y 18 |
24 de agosto de 2015 |
19 y 20 |
25 de agosto de 2015 |
21 y 22 |
26 de agosto de 2015 |
23 y 24 |
27 de agosto de 2015 |
25 y 26 |
28 de agosto de 2015 |
27 y 28 |
31 de agosto de 2015 |
29 y 30 |
1 de septiembre de 2015 |
31 y 32 |
2 de septiembre de 2015 |
33 y 34 |
3 de septiembre de 2015 |
35 y 36 |
4 de septiembre de 2015 |
37 y 38 |
7 de septiembre de 2015 |
39 y 40 |
8 de septiembre de 2015 |
41 y 42 |
9 de septiembre de 2015 |
43 y 44 |
10 de septiembre de 2015 |
45 y 46 |
11 de septiembre de 2015 |
47 y 48 |
14 de septiembre de 2015 |
49 y 50 |
15 de septiembre de 2015 |
51 y 52 |
16 de septiembre de 2015 |
53 y 54 |
17 de septiembre de 2015 |
55 y 56 |
18 de septiembre de 2015 |
57 y 58 |
21 de septiembre de 2015 |
59 y 60 |
22 de septiembre de 2015 |
61 y 62 |
23 de septiembre de 2015 |
63 y 64 |
24 de septiembre de 2015 |
65 y 66 |
25 de septiembre de 2015 |
67 y 68 |
28 de septiembre de 2015 |
69 y 70 |
29 de septiembre de 2015 |
71 y 72 |
30 de septiembre de 2015 |
73 y 74 |
1o de octubre de 2015 |
75 y 76 |
2 de octubre de 2015 |
77 y 78 |
5 de octubre de 2015 |
79 y 80 |
6 de octubre de 2015 |
81 y 82 |
7 de octubre de 2015 |
83 y 84 |
8 de octubre de 2015 |
85 y 86 |
9 de octubre de 2015 |
87 y 88 |
13 de octubre de 2015 |
89 y 90 |
14 de octubre de 2015 |
91 y 92 |
15 de octubre de 2015 |
93 y 94 |
16 de octubre de 2015 |
95 y 96 |
19 de octubre de 2015 |
97 y 98 |
20 de octubre de 2015 |
99 y 00 |
21 de octubre de 2015 |