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El regaño de la Corte a la Alcaldía de Bogotá por los vendedores ambulantes

El Alto Tribunal pidió a la administración distrital resolver la situación de los vendedores ambulantes.

19948_Ventas ambulantes en Bogotá / Foto: bogotahumana.gov.co
Ventas ambulantes en Bogotá / Foto: bogotahumana.gov.co

Un duro reclamo hizo la Corte Constitucional a la Alcaldía Mayor de Bogotá, pues trece años después de un fallo de tutela siguen sin adoptar políticas públicas a favor de los vendedores ambulantes de la capital del país.

 

La corporación determinó que no se puede hacer un procedimiento con la Policía para el desalojo de los vendedores, cuando se trata de una población con escasos recursos que está a la espera de un programa efectivo de reubicación.

 

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También advierte que, de realizar ese procedimiento, no pueden decomisar los bienes de los vendedores.

 

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“No encuentra la Sala cómo puede el Estado amparar el uso de la fuerza policiva sin advertencia y sin la puesta en marcha de propuestas productivas en los términos en que así lo ha requerido la jurisprudencia, amparándose en que mucho tiempo antes se haya hecho un operativo policial para 'recuperar' una porción del espacio público”, dice la determinación.

 

El pronunciamiento de la Corte Constitucional se dio al determinar que la Alcaldía de Bogotá y el IPES vulneraron los derechos fundamentales de la vendedora Blanca Cristina Amaguaña Maldonado, integrante de la comunidad indígena Kiwcha, a quien desalojaron de su puesto sin tener un plan que le permitiera continuar con una actividad económica.

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