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Juez en Medellín suspendió recolección de firmas para la revocatoria del alcalde Daniel Quintero

El argumento del fallo es que no se ha posesionado el alcalde ad hoc, por lo que no se garantizaría el cumplimiento de protocolos de bioseguridad.

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Promotores de la revocatoria en Medellín que deben recolectar al menos 90 mil firmas.

Un juez en Medellín suspendió la recolección de firmas para la revocatoria del alcalde Daniel Quintero, con el argumento de que no se ha posesionado un alcalde ad hoc, por lo que no se garantizaría el cumplimiento de protocolos de bioseguridad.

Se trata del fallo en respuesta a una acción de tutela interpuesta por José de Jesús Serna, que tuvo respuesta del Juzgado 33 administrativo de oralidad del circuito de Medellín, debido a que no se garantiza que se cumplan con los protocolos de bioseguridad.

En el fallo también señala que no se ha posesionado el alcalde Ad hoc nombrado por el Gobierno Nacional que se trata de Juan Pablo Díaz Granados, actual viceministro de relaciones políticas del Ministerio del Interior, quien es el que deberá verificar los protocolos de bioseguridad para la recolección de firmas.

En el fallo se lee: la suspensión de la entrega de planillas a los promotores de la Revocatoria del Mandato por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y la suspensión de la recolección de firmas, además que las entregadas sean efectivamente revocadas, hasta tanto se posesione el Alcalde Ad-Hoc, se resuelva el impedimento y se garantice y tenga certeza de la autoridad que vigilará los protocolos de bioseguridad…”.

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Este fallo se hará efectivo a partir de este jueves 24 de junio, en donde los promotores de la revocatoria serán notificados.

En diálogo con BLU Radio, el viceministro Juan Pablo Díaz Granados, afirmó que se posesionará este jueves como alcalde ad hoc, y que está dentro de los 10 días hábiles que permite la ley para asumir este cargo.

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Los diferentes comités de revocatoria tienen como meta al menos 90.000 en un plazo de 10 semanas para traerlas de nuevo a Registraduría a que las validen y, de ser así, convocan a elecciones.

Conozca el fallo:

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