Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Empresarios recibirán beneficios tributarios por patrocinar, con becas académicas, a deportistas

Personas naturales y jurídicas que otorguen becas académicas a deportistas obtendrán descuentos, máximo del 30%, para impuesto sobre renta

Blu Radio /Alrededor de 4 mil atletas correrán los 10 kilómetros más verdes y naturales de Cali / Foto: Cortesía Juancho Correlón
Blu Radio /Alrededor de 4 mil atletas correrán los 10 kilómetros más verdes y naturales de Cali / Foto: Cortesía Juancho Correlón

El Gobierno Nacional presentó el decreto con el que se permitirá que personas naturales y jurídicas que otorguen becas académicas a deportistas obtengan descuentos, máximo del 30%, para impuesto sobre renta.

“Con la firma del decreto de becas por impuestos, que es el Decreto 985, las personas naturales y jurídicas que son responsables por el impuesto de renta en Colombia podrán financiar el valor de los estudios y el valor de los gastos de manutención de los atletas colombianos que quieran estudiar en Colombia y en el exterior”, explicó el ministro del Deporte, Guillermo Herrera.

“Uno de los propósitos principales como gobierno nacional es la de promover la integralidad deportiva de garantice inclusión y principalmente el desarrollo académico de nuestros deportistas”, señaló por su parte el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo.

El acceso a estas becas será por medio de convocatorias y postulación, así como de evaluación y conformación de lista de elegibles por parte de los expertos, en el que se destacan parámetros como condiciones deportivas y socioeconómicas de los deportistas entre otros.

Publicidad

“Con esto, ganan los atletas que tienen una oportunidad adicional para completar su desarrollo personal, su desarrollo profesional y tener otras condiciones para tener un ingreso después del deporte en sus vidas”, señalo el ministro Herrera.

El Programa de Becas por Impuestos, dentro de su ejecución, consideró dos modalidades de asignación: determinada o indeterminada.

Publicidad


“La primera va orientada a que la persona natural o jurídica interesada en participar como oferente en el programa, escoja al deportista que quiere apoyar de la lista de elegibles, enunciada anteriormente por el comité de elección del Ministerio del Deporte. En la segunda, el oferente no elige al deportista directamente a beneficiar, sino que será el comité de elección el que se encargue de seleccionar al atleta a apoyar de la lista de elegibles previamente confeccionada”, indicó el documento que fue firmado por el presidente y los ministros del Deporte y Hacienda.

El decreto 985 del 2022 especificó el tipo de aportes que pueden realizar las personas naturales o jurídicas para acreditar el descuento tributario al que tiene derecho, que no puede ser superior al 30%, “Podrá ser en dinero el cual se debe canalizar a través del sistema financiero, también se puede hacer en especie en el cual, el valor del aporte será el menor entre el valor comercial y el costo fiscal del bien o el servicio donado”, se indicó en el documento.

Publicidad

Los deportistas que accedan a estas becas cumplirán con algunas obligaciones, como aprobación del semestre o periodo de evaluación académico definido por la institución educativa; cumplir con el reglamento de la institución educativa donde adelante sus estudios; comprobar mediante certificado, la finalización y aprobación del curso del programa académico que cursó bajo el Programa de Becas por Impuestos; y no ser sancionado por incurrir en alguna de las infracciones en el Código Mundial Antidopaje.

Escuche el podcast “Zorros y Erizos” y conozca el impacto de las declaraciones recientes del candidato del Pacto Histórico:

Publicidad

  • Publicidad