Para miles de colombianos, tener casa propia es uno de los sueños más grandes. Sin embargo, muchos desisten solo con imaginarse amarrados a una deuda hipotecaria o creen que es un proceso imposible al acceder.
Lo que pocos saben es que existe una ley que reglamenta cómo funcionan los créditos hipotecarios y las reglas que los bancos deben seguir.
Se trata de la Ley de Ordenamiento del Crédito de Vivienda, creada luego de una profunda crisis hipotecaria que dejó a miles sin casa en los años 90.
Expertos en esta ley le contaron a Blu Radio que antes de 1999, muchas familias terminaban pagando hasta siete veces el valor original de su crédito. Esa situación llevó a la Corte Constitucional a exigir una regulación que protegiera el derecho a la vivienda digna.
¿Qué cambió con esta ley? Bastante. Aquí van los puntos clave que todo colombiano debería conocer:
- Puede hacer abonos a capital cuando quiera y sin sanciones. El Artículo 17 prohíbe cláusulas que limiten este derecho. Si el banco lo hace, usted puede denunciar ante la entidad o la Superintendencia Financiera.
- No necesita intermediarios. Puede renegociar su crédito o hacer pagos extraordinarios directamente con el banco, sin gestores ni abogados.
- Los pagos siguen un orden establecido: primero intereses, luego seguros y finalmente capital. Esto le da mayor claridad sobre cómo se amortiza su deuda.
- Las tasas de interés están reguladas. No pueden exceder los límites fijados por el Banco de la República, y deben mantenerse durante la vigencia del crédito.
- La cuota inicial debe ajustarse a su capacidad de pago, para evitar que las familias se endeuden más allá de lo razonable.
- Cada año puede renegociar su crédito, revisando condiciones, tasas o plazos.
Así que revise hoy mismo las condiciones de su crédito hipotecario. Si le ponen trabas para abonar a capital, reclame sus derechos ante el banco.