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Condenados por Corte Suprema de Justicia no serán excarcelados

Luego que la Corte Constitucional estableciera que la Corte Suprema de Justicia está obligada a modificar su reglamento para garantizar que quienes hayan sido condenados en única instancia o en fallos de casación tengan derecho a apelar esas determinaciones o a una segunda instancia, María Victoria Calle, presidenta de ese alto tribunal, explicó el alcance de la determinación.

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Blu Radio. Justicia / Foto: CGR Colombia
Foto de referencia: Twitter @CGR_Colombia

La magistrada indicó que pese a que la decisión se tomó en 2014, esta no será de carácter retroactivo y se comenzará a aplicar para las condenas proferidas a partir del 25 de abril y que estén bajo el marco de la Ley 906.

 

“En tanto ese exhorto no se atendió por el Congreso por las razones que fueren, entonces a partir de ese tiempo ese efecto diferido que se le dio a la sentencia empezará el 25 de abril de este año”, dijo Calle.

 

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Entre tanto, en Sala Plena la Corte Suprema de Justicia decidió enviarle un documento a la Corte Constitucional en el que sientan su posición indicando que es imposible cumplir el polémico fallo que permite que todas las sentencias condenatorias sean impugnadas ante su superior jerárquico y que crea una doble instancia para el juicio de aforados.

 

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"Es simplemente imposible para la Corte Suprema de Justicia definir las reglas que habiliten el recurso de apelación contra las sentencias condenatorias que en caso de única instancia prefiera su Sala de Casación Penal o respecto de la primera condena que dicte en segunda instancia o en desarrollo del recurso extraordinario de casación", dijo la presidenta del alto tribunal, Margarita Cabello Blanco.

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