Aún surgen varias inquietudes entre la ciudadanía ad portas que inicie el próximo 12 de agosto el calendario de pagos, según la a Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de personas naturales sobre su declaración de renta 2026 correspondiente al año gravable 2025, en donde responderán por información relacionada con ingresos, patrimonio, consumos, consignaciones bancarias e inversiones reportadas durante ese periodo.
Esta cifra crece año tras año y siempre se da la presencia de nuevos contribuyentes. De acuerdo con cifras oficiales, en 2025 más de 763.000 personas naturales presentaron su declaración por primera vez, sin embargo, este 2026 solo serán 366.000 frente al año anterior. La diferencia muestra que, mientras cientos de miles de colombianos ingresan cada año al sistema, otros también dejan de cumplir las condiciones para declarar.
“Existe el mito de que quien declara renta una vez queda obligado para toda la vida, pero no es así. Las condiciones deben revisarse nuevamente cada año. Una persona puede superar los topes por sus ingresos, patrimonio, compras, consumos, consignaciones o por una operación extraordinaria, como la venta de un activo, y tener una situación diferente al año siguiente”, explica Simón González, COO de Tributi.com, empresa líder en declaración de renta en Colombia.
¿Si declaré renta en 2025, debo hacerlo en 2026?
No necesariamente. Si sus ingresos fueron inferiores en el año gravable en comparación con el anterior, no tendría que declarar renta ya que este impuesto no es un acumulado, sino es un registro anual que arranca de 0 cada 12 meses. Esta renovación ayuda a entender por qué el crecimiento neto no cuenta toda la historia: cada año ingresan nuevos declarantes, pero otros dejan de cumplir las condiciones.
Para 2026, la DIAN espera recibir cerca de siete millones de declaraciones correspondientes al año gravable 2025, con vencimientos entre el 12 de agosto y el 26 de octubre.
¿Cómo saber si declarar renta en 2026 con la cédula?
Para conocer si usted, como personal natural, deberá declarar renta en esta ocasión es algo fácil y muy rápido de hacer. Para eso deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingrese a la página web oficial de la DIAN.
- Vaya al apartado de 'tramites y servicios'.
- Dele click en el apartado de consulta de renta.
- Ingrese su número de cédula.
Por otro lado, si usted desea hacer el pago de manera presencial, la DIAN indicó: "Llene la información e imprima dos copias del ‘Recibo oficial de pago de impuestos nacionales (490)’. En el banco, pague en efectivo, con tarjeta débito, tarjeta de crédito, cheque de gerencia, cheque girado sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe y únicamente a la orden de la entidad financiera receptora, o cualquier otro medio de pago como transferencias electrónicas o abonos en cuenta, a través de canales presenciales y electrónicos".
Lista de cédulas que deben declarar este 2026
- 1 y 02: 12 de agosto de 2026.
- 03 y 04: 13 de agosto de 2026.
- 05 y 06: 14 de agosto de 2026.
- 07 y 08: 18 de agosto de 2026.
- 09 y 10: 19 de agosto de 2026.
- 11 y 12: 20 de agosto de 2026.
- 13 y 14: 21 de agosto de 2026.
- 15 y 16: 24 de agosto de 2026.
- 17 y 18: 25 de agosto de 2026.
- 19 y 20: 26 de agosto de 2026.
- 27 y 28: 1 de septiembre de 2026.
- 29 y 30: 2 de septiembre de 2026.
- 31 y 32: 3 de septiembre de 2026.
- 33 y 34: 4 de septiembre de 2026.
- 35 y 36: 7 de septiembre de 2026.
- 37 y 38: 8 de septiembre de 2026.
- 39 y 40: 9 de septiembre de 2026.
- 41 y 42: 10 de septiembre de 2026.
- 43 y 44: 11 de septiembre de 2026.
- 45 y 46: 14 de septiembre de 2026.
- 47 y 48: 15 de septiembre de 2026.
- 49 y 50: 16 de septiembre de 2026.
- 51 y 52: 17 de septiembre de 2026.
- 53 y 54: 18 de septiembre de 2026.
- 55 y 56: 21 de septiembre de 2026.
- 57 y 58: 22 de septiembre de 2026.
- 59 y 60: 23 de septiembre de 2026.
- 61 y 62: 24 de septiembre de 2026.
- 63 y 64: 25 de septiembre de 2026.
- 65 y 66: 28 de septiembre de 2026.
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