La figura de los prepensionados en Colombia mantiene una protección relacionada con la estabilidad laboral para quienes están próximos a cumplir los requisitos necesarios para acceder a la pensión. La Corte Constitucional ha señalado que esta condición puede aplicar cuando a una persona le faltan tres años o menos para completar los requisitos de edad y semanas, bajo las condiciones establecidas en cada caso.
La reforma pensional también modificará las reglas para quienes no queden cobijados por el régimen de transición. La Corte Constitucional determinó en agosto de 2026 que las disposiciones del nuevo sistema que fueron declaradas exequibles entrarán en vigencia el 1 de abril de 2027.
¿Quiénes quedan cobijados por el régimen de transición pensional?
Uno de los puntos que deberán revisar los trabajadores próximos a pensionarse es el número de semanas cotizadas al momento definido por la reforma.
De acuerdo con la información de la reforma, quienes no cumplan las condiciones establecidas para permanecer en el régimen de transición pasarán al nuevo sistema de pilares. En este esquema, el pilar contributivo estará compuesto por un componente de prima media administrado por Colpensiones y otro de ahorro individual.
En el nuevo sistema, las cotizaciones correspondientes al ingreso base de hasta 2,3 salarios mínimos estarán en el componente de prima media. La parte que supere ese límite y llegue hasta 25 salarios mínimos corresponderá al componente complementario de ahorro individual.
Publicidad
¿Qué beneficio conservan los prepensionados en Colombia?
La condición de prepensionado puede dar lugar a una protección de estabilidad laboral, particularmente cuando la persona está a tres años o menos de cumplir los requisitos para pensionarse. La Corte Constitucional reiteró esta regla en una sentencia de 2026, en la que precisó que la protección debe analizarse según las circunstancias laborales y pensionales de cada trabajador.
Publicidad
Esto no significa que exista una prohibición absoluta de terminar el vínculo laboral. La protección está relacionada con evitar que una persona próxima a pensionarse quede sin la posibilidad de completar los requisitos para acceder a su prestación.
¿Qué pasa si un trabajador llega a la edad y no tiene las semanas requeridas?
La Ley 2381 de 2024 contempla una prestación anticipada de vejez para quienes no estén en el régimen de transición, hayan cumplido la edad establecida y tengan más de 1.000 semanas, pero no alcancen las semanas necesarias para acceder a la pensión de vej
En esos casos, la norma establece que el valor correspondiente a las cotizaciones faltantes para completar las 1.300 semanas puede descontarse mensualmente de la prestación, hasta alcanzar el requisito cuando corresponda.
Así, los trabajadores próximos a pensionarse deberán revisar tanto su historia laboral como las condiciones que les permitan determinar si están cobijados por el régimen de transición o por las nuevas reglas del sistema pensional.