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Corte Suprema da visto bueno a estatuto antiterrorista pero pide modificar 10 puntos

Faltando horas para que el proyecto de estatuto antiterrorista sea debatido en la sesión conjunta del Congreso de la República, se conocieron los puntos claves que la alta corte puso sobre la mesa de observaciones jurídicas.

Corte Suprema de Justicia.
Corte Suprema de Justicia.
Foto: Corte Suprema

Aunque el alto tribunal considera que el proyecto persigue un fin constitucionalmente legítimo, advirtió que su viabilidad depende de revisar diez aspectos relacionados con posibles efectos penales, las competencias asignadas a los jueces y las facultades extraordinarias, con el fin de garantizar el respeto por la Constitución y los derechos fundamentales.

La Corte Suprema de Justicia advirtió que el Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas, debe tener una justificación constitucional clara, pues la inclusión podría generar congelamiento de bienes e inhabilidades para contratar con el Estado o acceder a recursos públicos. El alto tribunal alertó que estas medidas no pueden desconocer el debido proceso ni convertirse en una presunción de responsabilidad penal.

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Por lo que, pidió aclarar las garantías para incluir provisionalmente a personas u organizaciones en el Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas, pues la medida es inmediata, puede durar hasta 90 días y el congelamiento de bienes se ordena en las primeras 24 horas.

Solicitó definir cómo se notifica la decisión y exigir pruebas verificables, además de informar las razones principales sin revelar datos reservados. También pidió revisar la suspensión de la personería jurídica, cuentas y contratos estatales de empresas y organizaciones señaladas de financiar o servir de fachada a grupos terroristas, con pruebas suficientes y controles judiciales previos para proteger el derecho de asociación.

Corte Suprema
Corte Suprema
Foto: Blu Radio

Sobre la aprehensión de bienes, el alto tribunal pidió precisar qué debe demostrar la Fiscalía antes de exigirle al afectado probar el origen lícito de su patrimonio. También solicitó definir la figura del testaferro, proteger a terceros de buena fe y aclarar las medidas cautelares, pues el proceso puede terminar con la entrega definitiva de los bienes al Estado o su devolución.

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Por otro lado, se señaló que el proyecto otorga al presidente facultades extraordinarias durante seis meses para regular la aprehensión preventiva de bienes, el funcionamiento de la oficina del Alto Comisionado y las licencias de proveedores de activos virtuales. Aunque el plazo cumple la Constitución, pidió revisar si estas facultades vulneran la prohibición de expedir o modificar códigos y leyes estatutarias.

La Corte Suprema pidió definir con claridad a quiénes se aplicará el régimen penitenciario de máxima restricción, que permite suspender comunicaciones externas, limitar visitas familiares y bloquear señales hasta por 12 meses, con revisión judicial en 10 días. También solicitó diferenciar entre condenados y detenidos preventivamente y evaluar cada caso, priorizando el control de las comunicaciones sobre su suspensión total.

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Frente a uno de los puntos más nombrados, pidió ajustar los beneficios por colaboración con la justicia, pues el proyecto permite reducir hasta un 60% de la pena, pero prohíbe otorgar el principio de oportunidad a cualquier persona incluida en el registro. El alto tribunal solicitó diferenciar entre máximos responsables y miembros de menor nivel, y graduar los beneficios según la oportunidad, veracidad y relevancia de la información, conforme a las leyes vigentes.

La Corte Suprema pidió revisar las medidas de control judicial antiterrorista, porque permitirían restringir derechos como la libertad de circulación, residencia y asociación por la presunta pertenencia o colaboración con organizaciones terroristas, sin exigir pruebas suficientes sobre el riesgo. El alto tribunal también cuestionó que el Alto Comisionado, designado por el presidente, supervise estas decisiones judiciales y que incumplirlas sea castigado con penas de dos a seis años de prisión, incluso sin que haya imputación.

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