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Excomandantes del frente 34 de Farc deben dar información de reclutamiento de menores: Procuraduría

La Procuraduría solicitó a la JEP que le exija a los excabecillas de las Farc información y mayor colaboración en casos relacionados con el reclutamiento de menores de 15 años

Reclutamiento infantil.jpeg
Reclutamiento infantil
Foto: AFP, referencia

La Procuraduría exigió un mayor compromiso de parte de desmovilizados de las Farc para que entreguen la verdad acerca de los hechos ocurridos durante el conflicto armado en la región del Urabá, específicamente frente al macrocaso 04, en el que se investiga la situación territorial en esa región en casos relacionados con el reclutamiento de menores de 15 años, así como desapariciones originadas en el "ajusticiamiento" de líderes comunitarios y miembros de la fuerza pública no combatientes, así como en hechos de violencia sexual y de género cometidos contra la comunidad y al interior de sus filas.

El Ministerio Público evidenció que, si bien los comparecientes no reconocieron haber incurrido en desplazamiento forzado, los hechos asociados a la violencia ocurrida en Urabá, particularmente los ataques e incursiones perpetradas por ese frente, generaron indirectamente graves afectaciones al territorio y al tejido comunitario, social y familiar de sus pobladores, tanto en sus bienes materiales, como físicos y ambientales.

Además, la Procuraduría pidió que se tenga en cuenta un criterio preciso de fijación de responsabilidad tanto a nivel individual como colectivo: “así como establecer la metodología para determinar la responsabilidad como máximos partícipes determinantes de los comparecientes Luis Óscar Úsuga, Francy María Orrego, José Ignacio Sánchez Ramírez, Pedro Baracutao García Ospina, Vianey de Jesús Hernández Benítez, Nelson Elías Benítez Urrego y José Gregorio Castro Fajardo, en su calidad de comandantes del frente”, precisa el Ministerio Público.

Adicionalmente, el ente de control solicitó entregar a los comparecientes un listado con los nombres de jóvenes de los cuales haya registro, “para que se haga por parte de esa organización un ejercicio de mayor investigación y contrastación con la información que tengan en sus bases, a fin de que exista un pleno reconocimiento de reclutamiento de menores por la estructura guerrillera”.

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