Este martes, la Corte Constitucional tomó una decisión clave: decirles a los jueces que sí pueden ampararse en leyes internacionales para reparar económicamente por violencia intrafamiliar.
El resumen de la historia que inspiró el fallo es que, a mediados de 2017, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia le ordenó al exesposo de la magistrada del Consejo de Estado Stella Conto Díaz, indemnizarla por maltrato intrafamiliar y pagar a su favor cada mes una cuota de alimentos.
Luego, la Sala Laboral tumbó esa cuota. La exmagistrada presentó tutela y el caso llegó a manos de la Corte Constitucional.
La Corte señala que, cuando se demuestra la "existencia de daños o ultrajes, debe acudirse a la Convención de Belén do Pará”.
En el caso puntual de la magistrada, es el Tribunal Administrativo de Cundinamarca quien debe abrir un incidente que evalúe prejuicios por el daño que causó Virgilio Albán Medina, expareja de Conto Díaz.
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Además, el Consejo Superior de la Judicatura deberá capacitar a los jueces "para decirles que pueden basarse en bloque de constitucionalidad y no solo en la ley colombiana".