Respecto a este tema habló en BLU Verde el director de la ONG Red Nacional de Reservas Naturales de la Sociedad Civil – Resnatur – Daniel Manrique, sobre los privilegios y afectaciones de este decreto a las organizaciones sin ánimo de lucro.
“Con respecto al decreto 092, habría varias críticas que introducir, pero más que críticas, aparecen varios interrogantes. Por regla general, este decreto establece un procedimiento de competitividad a la hora de celebrar convenios que deben adelantar las entidades públicas para seleccionar las entidades sin ánimo de lucro mediante convenio”, afirmó.
Asimismo, explicó que no solamente es el decreto 092, “pues están también unos artículos de la Reforma Tributaria, la reciente ley 1819 de 2016 que también impone unos requisitos gravosos para las organizaciones sin ánimo de lucro”.
También afirmó que la ONG tiene una capacidad para la celebración del convenio, porque “creemos que mediante esta medida se considera un criterio de privilegio, sobre todo en lo que respecta a los artículos 4 y 5 que establecen la regla general del proceso competitivo de selección”.