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¿Cómo deberían asumir los alcaldes la restricción del consumo de marihuana en espacios públicos?

El profesor Alejandro Matta señaló que aún “no hay certeza de los límites” establecidos sobre la restricción del consumo de marihuana y otras sustancias psicoactivas en espacios públicos.

371721_Consumo de marihuana // Foto: AFP, imagen de referencia
Consumo de marihuana // Foto: AFP, imagen de referencia

Alejandro Matta, profesor de derecho constitucional y quien presentó la demanda contra el artículo de seguridad y convivencia que habla sobre el consumo de marihuana, festejó la sentencia de la Corte Constitucional de restringir, bajo orden de las autoridades territoriales, el consumo de sustancias psicoactivas en parques y espacios públicos.

En diálogo con Mañanas Blu, Matta señaló que la corte de les dio la razón como demandantes y que con esta decisión “armonizó” los derechos de los consumidores y la protección de niños y adolescentes del país.

“Esta sentencia genera un hito muy importante y es la orden que se le da a los concejos, alcaldes y Gobierno nacional de buscar cómo vamos a reglamentar esa coexistencia”, añadió en Mañanas Blu, con Néstor Morales.

¿Cómo deberían asumir ese control las autoridades territoriales?

El profesor Matta indicó que, como un primer paso, los municipios deben clasificar los diferentes espacios que constituyen el espacio público, como los parques donde los niños van a realizar, por ejemplo, actividades de recreación y deporte, así como clasificar los lugares donde se puede consumir.

“¿Qué es lo que dice la corte? Ojo, no se puede prohibir de manera general el consumo, pero sí podemos restringir de manera proporcionar pensando en los niños, que fue lo mismo que nos dijo en 2019”, detalló.

Sin embargo, mencionó que todavía “no hay la certeza de los límites”, lo que generará una “discusión en los concejos” municipales, lo cual celebró porque pone en el centro la defensa de los menores de edad, según recalcó.

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Cabe recordar que dichas restricciones ya fueron incorporadas al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana para la protección de los lugares a los que concurren habitualmente los niños. Sin embargo, los adultos pueden consumir su dosis mínima, pero deben abstenerse de hacerlo en espacios donde hay menores de edad.

Escuche la entrevista completa en Mañanas Blu:

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