Había una discusión pendiente en la Corte Constitucional sobre la Ley 2494 de 2025, que regula las encuestas en el país y una de las demandas que pedía tumbarla no tendrá un pronunciamiento de fondo porque con una votación de 6 a 3 el alto tribunal decidió inhibirse, es decir, no pronunciarse sobre la constitucionalidad de la Ley.
Ahora, si bien la Corte no se pronunció sobre esa demanda en particular, si va debatir la ponencia de la magistrada Paola Meneses de una demanda que pide tumbar 2 artículos de la Ley de Encuestas.
Fue en septiembre del año pasado cuando la Corte Constitucional decidió admitir para su estudio una demanda que pide “tumbar” la Ley 2494 de 2025, norma que regula la elaboración, publicación y divulgación de encuestas en Colombia. La acción había sido presentada por Juan Manuel López, quien sostuvo que la ley debió tramitarse como estatutaria, al afectar derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de información y la participación política.
Según el demandante, la norma impone restricciones que podrían limitar la pluralidad informativa y concentrar el control en pocos actores, al prohibir los sondeos no probabilísticos y exigir condiciones técnicas estrictas para la publicación de encuestas electorales. Además, advirtió que varias disposiciones asignan nuevas funciones al Consejo Nacional Electoral (CNE), lo que, a su juicio, modificaría su diseño institucional.
Sin embargo, fue sobre esa demanda que la Corte Constitucional decidió inhibirse de emitir un fallo de fondo. En enero de este año, la Procuraduría General de la Nación envió un concepto a la Corte en donde le da un ‘espaldarazo’ a la ley, asegurando que regular encuestas no significa censura.