La Corte Suprema de Justicia ordenó a la empresa Meta Platforms Inc. implementar medidas para impedir que en Facebook se publiquen o vuelvan a circular mensajes con contenido estigmatizante o que inciten a la violencia contra mujeres, niñas y niños, al resolver una tutela relacionada con un caso de violencia intrafamiliar en el que las víctimas se consideran en riesgo de feminicidio.
La Corte Suprema de Justicia protegió los derechos de una madre y sus dos hijas menores de edad, quienes denunciaron a su expareja por violencia psicológica reiterada y por incumplir en múltiples ocasiones las medidas de protección ordenadas por una comisaría de familia.
En el fallo, el alto tribunal ordenó al gigante Meta, como administradora de la red social Facebook, retirar las publicaciones denunciadas y activar mecanismos para evitar que mensajes similares vuelvan a ser visibles en la plataforma, al considerar que el derecho a la libertad de expresión no ampara discursos que promuevan odio o legitimen la violencia contra grupos históricamente discriminados.
“El derecho a la libertad de expresión no cobija manifestaciones que contribuyen a perpetuar estereotipos denigrantes o que legitiman violencias estructurales contra las mujeres”, señaló la Corte Suprema de Justicia.
Este pronunciamiento se produjo al confirmar una decisión de tutela que negó la protección al derecho a la libertad de expresión de un hombre que fue sancionado con 35 días de arresto, luego de incumplir por octava vez las medidas de protección dictadas a favor de su expareja y sus hijas.
La advertencia es clara: las plataformas digitales tienen responsabilidad en la prevención de la violencia de género y del discurso de odio, por lo que deben aplicar normas comunitarias claras, transparentes y no discriminatorias para limitar contenidos que revictimicen a mujeres, niñas y niños o inciten a la agresión.