En el marco de las elecciones de Bogotá para la Alcaldía Mayor, se perfila un posible escenario de segunda vuelta electoral, conforme a lo establecido en el acto legislativo núm. 03 de 2019.De acuerdo con esta normativa, si ningún candidato obtiene el 40 % de los votos que depositen los ciudadanos, y que sobrepase al segundo candidato más votado por 10 puntos porcentuales en la elección ordinaria de autoridades territoriales, que se celebrará el 29 de octubre de 2023, se llevará a cabo una segunda vuelta.Esta segunda vuelta está programada para transcurrir tres semanas después de la elección ordinaria, específicamente el domingo 19 de noviembre de 2023. En esta instancia, solo participarán los dos candidatos que hayan obtenido las votaciones más altas en la primera elección, lo que crea un escenario de confrontación democrática directa entre ellos.Una encuesta reciente de Invamer para Blu Radio indicó que Carlos Fernando Galán encabeza las preferencias con un 26.6 %, seguido de cerca por Gustavo Bolívar con un 20.3 %. Estos dos candidatos liderarán el enfrentamiento en la segunda vuelta, buscando obtener la mayoría de votos y, por ende, ser declarados como el alcalde mayor de Bogotá.Es importante resaltar que, según la normativa, el candidato que logre el mayor número de votos en esta segunda vuelta será proclamado como el alcalde mayor de la ciudad, asumiendo así la responsabilidad de dirigir y representar a la capital colombiana. Por lo que, de haber segunda vuelta, el 19 de noviembre de 2023 será un día crucial en el que los ciudadanos definirán quién liderará la administración de Bogotá en los próximos cuatro años.Le puede interesar:
En el marco de las elecciones regionales en Colombia, se plantea una pregunta fundamental para los ciudadanos colombianos que residen en el extranjero y es si pueden, o no, participar directamente votando en estas. Estos connacionales, aunque tienen el derecho de participar activamente en el proceso electoral en Colombia, se encuentran restringidos en cuanto a la esfera en la que pueden ejercer su derecho al voto, en este caso las elecciones territoriales.De acuerdo con la normativa vigente, los colombianos que residen en el exterior solo pueden participar en elecciones de carácter nacional, tales como las presidenciales o para elegir miembros del Congreso. Sin embargo, no tienen la posibilidad de participar en elecciones regionales, o sea de carácter territorial o local, quedando excluidos de influir en decisiones a nivel municipal o departamental.Así lo da a conocer la Registraduría Nacional del Estado Civil, que explica la justificación para esta restricción radica en el argumento de que los ciudadanos colombianos que viven en el extranjero no se ven directamente afectados por las decisiones tomadas a nivel local o regional. Por ende, no se les otorga el derecho a votar en dichas elecciones, centrándose su participación electoral en decisiones que impactan a nivel nacional.Esta limitación plantea una discusión sobre la representación política y la participación democrática de los colombianos en el exterior en relación con los asuntos locales y regionales. La cuestión de si deberían tener una voz en las decisiones que afecten directamente a sus lugares de origen o si la limitación actual es adecuada y justificada es tema de análisis y debate en la esfera política y ciudadana.Le puede interesar:
Ejercer el derecho al voto en Colombia no solo implica participar activamente en el proceso democrático, sino que también otorga a los ciudadanos una serie de beneficios por votar y reconocimientos. El certificado electoral, documento que confirma la participación en elecciones, abre la puerta a una serie de incentivos tanto cívicos como prácticos para quienes cumplen con su deber electoral. ¿Cuáles son los beneficios por votar en las elecciones?La Registraduría Nacional del Estado Civil ha detallado los beneficios por votar, cuyo certificado brinda:Prelación en exámenes de ingreso a instituciones de educación superior:El certificado electoral otorga prelación en caso de empate en los resultados de exámenes de ingreso a instituciones de educación superior, tanto públicas como privadas, brindando a los votantes una ventaja en su búsqueda de educación superior.Medio día de descanso compensatorio remunerado:Los votantes tienen derecho a medio día de descanso compensatorio remunerado, reconociendo su participación activa en el proceso electoral.Rebaja en el servicio militar obligatorio:Aquellos que ejercen su derecho al voto obtendrán una rebaja en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, proporcionando un mes menos para soldados o auxiliares bachilleres y dos meses menos para soldados campesinos o soldados regulares.Beneficios en becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda:El certificado electoral ofrece ventajas en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda proporcionados por el Estado en situaciones de igualdad de condiciones, determinadas en concursos abiertos.Prioridad en empleo de carrera con el Estado:En caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles para empleos de carrera con el Estado, los votantes reciben un trato preferencial.Descuento en matrícula universitaria:Los estudiantes de instituciones oficiales de educación superior que ejercieron su voto tienen derecho a un descuento del 10 % en el costo de la matrícula, incentivando la participación activa en el proceso electoral.Descuento en trámites oficiales:Los votantes pueden disfrutar de un descuento del 10 % en trámites como la expedición del pasaporte y la solicitud de duplicados de la Libreta Militar y la cédula de ciudadanía durante los cuatro años posteriores a la votación.Estos beneficios por votar buscan reconocer y recompensar la participación cívica de los ciudadanos, fomentando su involucramiento en la vida democrática del país y promoviendo la importancia de ejercer su derecho al voto en cada proceso electoral.Le puede interesar:
El registrador nacional, Hernán Penagos, advirtió que Colombia enfrenta un escenario inédito en el camino hacia las elecciones presidenciales: 91 aspirantes están recogiendo firmas para inscribirse por grupos significativos de ciudadanos. En entrevista con Mañanas Blu, con Camila Zuluaga, el funcionario explicó el alcance del reto logístico, los plazos clave y las reglas para las consultas interpartidistas.Un récord de aspirantes por firmasPenagos confirmó que el país nunca había registrado un volumen semejante de aspirantes presidenciales por firmas. “No hay precedente en la historia de Colombia de un número tan alto de personas que quieran postularse a la presidencia por el mecanismo de firmas”, afirmó.Los precandidatos tienen plazo hasta el 17 de diciembre para entregar los apoyos. Cada uno debe presentar cerca de 660.000 firmas válidas, cifras que llevarán a la Registraduría a revisar cerca de 30 millones de registros.La verificación se realizará entre el 17 de diciembre y el 21 de enero. Según Penagos, la entidad se preparó con personal adicional, grafólogos y herramientas tecnológicas avanzadas.“Desarrollamos una herramienta de analítica de datos e inteligencia artificial que nos ayuda a depurar y revisar de manera más ágil”, explicó.Calendario de consultas interpartidistasEl registrador anunció que este mismo viernes fue firmado el calendario electoral para las consultas del 8 de marzo, que coincidirán con las elecciones de Cámara y Senado.Los partidos deberán informar antes del 8 de diciembre si desean participar en consultas. Posteriormente, tendrán hasta el 22 de diciembre para retractarse.Finalmente, el 6 de febrero deberán inscribir oficialmente a sus precandidatos y coaliciones. “Son los partidos a los que se les vence el tiempo, porque solo ellos pueden convocar consultas presidenciales”, recalcó Penagos.Una de las decisiones más relevantes es que todas las consultas aparecerán en un único tarjetón, sin importar cuántas se convoquen. “Tener varios tarjetones obligaría a revelar la orientación ideológica del votante y eso viola el secreto del voto”, aseguró.Aunque reconoció que un tarjetón con múltiples consultas puede generar votos nulos, insistió en que el diseño será claro: “Diremos de manera visible que solo se puede elegir una única consulta”, explicó.Penagos evitó pronunciarse sobre casos específicos como el de Daniel Quintero, cuyo nombre no aparece en la última encuesta Invamer, aclarando que la Registraduría “no tiene competencia” para decisiones de fondo sobre habilitación de aspirantes.En cuanto a aspirantes por firmas que podrían sumarse a consultas, explicó que, si sus firmas son validadas en enero, podrán aliarse con partidos para participar, como ha ocurrido en procesos electorales anteriores.
Este domingo, 29 de octubre, los ciudadanos colombianos se preparan para un evento crucial en la vida política del país. En esta nota, le proporcionaremos información esencial para garantizar que su voto cuente y no sea anulado en las elecciones que se celebrarán este día. Además, destacamos algunos aspectos clave sobre los cargos en disputa y los candidatos.En estas elecciones, se elegirán una serie de funcionarios que desempeñarán roles esenciales en la administración de entidades territoriales durante el período 2024-2027. Los cargos incluyen:1.102 alcaldes32 gobernadores12.072 concejales418 diputados6.885 edilesCandidatos para la Alcaldía de BogotáEn el caso de la capital, Bogotá, se presenta una competencia acalorada con nueve candidatos que buscan ocupar el Palacio Liévano:Carlos Fernando Galán (Nuevo Liberalismo)Gustavo Bolívar (Pacto Histórico)Juan Daniel Oviedo (Con toda por Bogotá)Rodrigo Lara Restrepo (Lara Demócrata)Diego Molano (Reconstruyamos Bogotá)Jorge Luis Vargas (Partido Cambio Radical)Jorge Enrique Robledo (Partido Dignidad y Compromiso)Nicolás Ramos (Más Acciones Menos Rostro)Rafael Quintero (Alianza Democrática Amplia)¿Quién puede votar?Los ciudadanos colombianos mayores de 18 años que formen parte del censo electoral están habilitados para votar en estas elecciones. Además, los extranjeros residentes en Colombia que tengan al menos cinco años de residencia en el país y hayan inscrito su cédula de extranjería también pueden votar.Horarios de VotaciónLa jornada electoral se llevará a cabo entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde del domingo, 29 de octubre. Las urnas se cerrarán puntualmente a las 4:00 de la tarde. Solo los ciudadanos que hayan entregado su cédula de ciudadanía al jurado de votación antes de esta hora podrán votar. Esto significa que si está en la fila a esa hora y no ha entregado su documento, no podrá sufragar.Cómo conocer su puesto de votaciónPara saber dónde votar, siga estos pasos:Ingrese al siguiente enlace de la Registraduría Nacional de la Nación: https://eleccionescolombia.registraduria.gov.co/index.html.Seleccione la opción 'Lugar de votación'.En la siguiente página, ingrese su tipo y número de documento de identidad.Verifique el Captcha.Haga clic en la opción 'Consultar'.El sistema le proporcionará información sobre su puesto y mesa de votación. La página de la Registraduría también le permite identificar su lugar de votación en Google Maps.Cómo marcar los tarjetones electorales correctamenteDependiendo de su zona, puede recibir hasta cinco tarjetones electorales para votar por Gobernación, Asamblea, Alcaldía, Concejo y Juntas Administrativas Locales. Asegúrese de marcar correctamente:En listas abiertas, identifique el logo del partido y los números para votar por cada candidato. Marque una X o cualquier símbolo que indique su preferencia, ya sea por el partido o el candidato.En listas cerradas, donde solo aparece el logo del partido, marque una X o un símbolo en el espacio designado para su preferencia.Para gobernadores y alcaldes, el tarjetón incluye nombres y fotos de candidatos. El proceso es el mismo: marque una X o un símbolo sobre su aspirante de preferencia en el espacio designado.Vea también
Este domingo 29 de octubre, Colombia se prepara para llevar a cabo las elecciones regionales, un ejercicio democrático de vital importancia en el que se elegirán gobernadores, alcaldes, concejales, diputados y ediles en todo el país.Como parte fundamental de este proceso, los ciudadanos que han sido postulados por las agrupaciones políticas para ejercer la función de testigos electorales tendrán la oportunidad de consultar y descargar su acreditación.La Registraduría Nacional del Estado Civil ha habilitado un enlace que permitirá a los testigos electorales acceder a sus acreditaciones de manera sencilla y ágil. Para realizar este procedimiento, los siguientes pasos deben seguirse:Ingrese al siguiente enlace: Enlace de Acreditación de Testigos Electorales.En la página web, seleccione el tipo de credencial que se va a expedir. Esto dependerá de si usted es un testigo de mesa (E15) o un testigo de comisión escrutadora (E16).A continuación, diligencie el número de cédula y el primer apellido del testigo electoral. Estos datos son esenciales para asegurar que la acreditación sea emitida correctamente.Una vez haya ingresado su número de documento y primer apellido, proceda a hacer clic en la opción de descarga.La credencial obtenida mediante este proceso será fundamental para que los testigos electorales puedan ser identificados en el puesto de votación donde desempeñarán un papel crucial en la vigilancia del proceso de votación y el escrutinio.La labor de los testigos electorales es esencial para garantizar la transparencia y legitimidad de las elecciones. Sus esfuerzos contribuyen a fortalecer la democracia y asegurar que el proceso electoral se desarrolle de manera justa y equitativa.La Registraduría Nacional invita a todos los testigos electorales a realizar este proceso de consulta y descarga de acreditación con anticipación, de manera que el día de las elecciones puedan desempeñar su función de manera eficiente y sin contratiempos. Le puede interesar: