El registrador delegado de asuntos electorales, Jaime Hernando Suárez, explicó en Mañanas Blu las fechas clave del proceso electoral rumbo a las Presidenciales de 2026. Destacó que la inscripción de candidaturas marcó un hecho histórico: “Por primera vez, más del 90 % de los candidatos no tuvieron que ir a las registradurías”. Según dijo, la virtualidad evitó que las sedes estuvieran llenas en el último día.Suárez detalló cómo avanzará el cronograma de consultas internas e interpartidistas previstas para marzo. El CNE deberá informar qué partidos manifestaron su intención de participar, un paso obligatorio para continuar en el proceso. “Estos grupos tienen hasta el 6 de febrero para inscribir los candidatos y decirnos cómo quieren realizar las consultas”, afirmó.El funcionario resaltó que el 22 de diciembre será una fecha determinante para los partidos. Ese día se conocerá qué colectividades se retiran oficialmente de las consultas. La siguiente fecha clave será el 6 de febrero, cuando ya esté consolidada la inscripción de aspirantes y la modalidad de consulta elegida por cada grupo político.Para quienes buscan llegar a la Presidencia por la vía de las firmas también hay plazos estrictos. Suárez explicó que los aspirantes “tienen plazo hasta el 17 de diciembre para presentar firmas”, mientras la Registraduría tendrá hasta el 21 de enero para verificarlas. Agregó que ya había cinco candidatos radicados y otros tres con cita programada.Sobre la situación de Cambio Radical y su eventual participación en consultas, la entidad pidió prudencia. Suárez recordó que los partidos “pueden participar en diferentes consultas, apoyando candidatos presentados por partidos o ciudadanos”. No obstante, precisó que solo hasta el 6 de febrero se sabrá “en qué condición va cada partido”.
El registrador nacional, Hernán Penagos, advirtió que Colombia enfrenta un escenario inédito en el camino hacia las elecciones presidenciales: 91 aspirantes están recogiendo firmas para inscribirse por grupos significativos de ciudadanos. En entrevista con Mañanas Blu, con Camila Zuluaga, el funcionario explicó el alcance del reto logístico, los plazos clave y las reglas para las consultas interpartidistas.Un récord de aspirantes por firmasPenagos confirmó que el país nunca había registrado un volumen semejante de aspirantes presidenciales por firmas. “No hay precedente en la historia de Colombia de un número tan alto de personas que quieran postularse a la presidencia por el mecanismo de firmas”, afirmó.Los precandidatos tienen plazo hasta el 17 de diciembre para entregar los apoyos. Cada uno debe presentar cerca de 660.000 firmas válidas, cifras que llevarán a la Registraduría a revisar cerca de 30 millones de registros.La verificación se realizará entre el 17 de diciembre y el 21 de enero. Según Penagos, la entidad se preparó con personal adicional, grafólogos y herramientas tecnológicas avanzadas.“Desarrollamos una herramienta de analítica de datos e inteligencia artificial que nos ayuda a depurar y revisar de manera más ágil”, explicó.Calendario de consultas interpartidistasEl registrador anunció que este mismo viernes fue firmado el calendario electoral para las consultas del 8 de marzo, que coincidirán con las elecciones de Cámara y Senado.Los partidos deberán informar antes del 8 de diciembre si desean participar en consultas. Posteriormente, tendrán hasta el 22 de diciembre para retractarse.Finalmente, el 6 de febrero deberán inscribir oficialmente a sus precandidatos y coaliciones. “Son los partidos a los que se les vence el tiempo, porque solo ellos pueden convocar consultas presidenciales”, recalcó Penagos.Una de las decisiones más relevantes es que todas las consultas aparecerán en un único tarjetón, sin importar cuántas se convoquen. “Tener varios tarjetones obligaría a revelar la orientación ideológica del votante y eso viola el secreto del voto”, aseguró.Aunque reconoció que un tarjetón con múltiples consultas puede generar votos nulos, insistió en que el diseño será claro: “Diremos de manera visible que solo se puede elegir una única consulta”, explicó.Penagos evitó pronunciarse sobre casos específicos como el de Daniel Quintero, cuyo nombre no aparece en la última encuesta Invamer, aclarando que la Registraduría “no tiene competencia” para decisiones de fondo sobre habilitación de aspirantes.En cuanto a aspirantes por firmas que podrían sumarse a consultas, explicó que, si sus firmas son validadas en enero, podrán aliarse con partidos para participar, como ha ocurrido en procesos electorales anteriores.
Este domingo, 29 de octubre, los ciudadanos colombianos se preparan para un evento crucial en la vida política del país. En esta nota, le proporcionaremos información esencial para garantizar que su voto cuente y no sea anulado en las elecciones que se celebrarán este día. Además, destacamos algunos aspectos clave sobre los cargos en disputa y los candidatos.En estas elecciones, se elegirán una serie de funcionarios que desempeñarán roles esenciales en la administración de entidades territoriales durante el período 2024-2027. Los cargos incluyen:1.102 alcaldes32 gobernadores12.072 concejales418 diputados6.885 edilesCandidatos para la Alcaldía de BogotáEn el caso de la capital, Bogotá, se presenta una competencia acalorada con nueve candidatos que buscan ocupar el Palacio Liévano:Carlos Fernando Galán (Nuevo Liberalismo)Gustavo Bolívar (Pacto Histórico)Juan Daniel Oviedo (Con toda por Bogotá)Rodrigo Lara Restrepo (Lara Demócrata)Diego Molano (Reconstruyamos Bogotá)Jorge Luis Vargas (Partido Cambio Radical)Jorge Enrique Robledo (Partido Dignidad y Compromiso)Nicolás Ramos (Más Acciones Menos Rostro)Rafael Quintero (Alianza Democrática Amplia)¿Quién puede votar?Los ciudadanos colombianos mayores de 18 años que formen parte del censo electoral están habilitados para votar en estas elecciones. Además, los extranjeros residentes en Colombia que tengan al menos cinco años de residencia en el país y hayan inscrito su cédula de extranjería también pueden votar.Horarios de VotaciónLa jornada electoral se llevará a cabo entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde del domingo, 29 de octubre. Las urnas se cerrarán puntualmente a las 4:00 de la tarde. Solo los ciudadanos que hayan entregado su cédula de ciudadanía al jurado de votación antes de esta hora podrán votar. Esto significa que si está en la fila a esa hora y no ha entregado su documento, no podrá sufragar.Cómo conocer su puesto de votaciónPara saber dónde votar, siga estos pasos:Ingrese al siguiente enlace de la Registraduría Nacional de la Nación: https://eleccionescolombia.registraduria.gov.co/index.html.Seleccione la opción 'Lugar de votación'.En la siguiente página, ingrese su tipo y número de documento de identidad.Verifique el Captcha.Haga clic en la opción 'Consultar'.El sistema le proporcionará información sobre su puesto y mesa de votación. La página de la Registraduría también le permite identificar su lugar de votación en Google Maps.Cómo marcar los tarjetones electorales correctamenteDependiendo de su zona, puede recibir hasta cinco tarjetones electorales para votar por Gobernación, Asamblea, Alcaldía, Concejo y Juntas Administrativas Locales. Asegúrese de marcar correctamente:En listas abiertas, identifique el logo del partido y los números para votar por cada candidato. Marque una X o cualquier símbolo que indique su preferencia, ya sea por el partido o el candidato.En listas cerradas, donde solo aparece el logo del partido, marque una X o un símbolo en el espacio designado para su preferencia.Para gobernadores y alcaldes, el tarjetón incluye nombres y fotos de candidatos. El proceso es el mismo: marque una X o un símbolo sobre su aspirante de preferencia en el espacio designado.Vea también
A medida que se acercan las próximas elecciones en Colombia, una cuestión crucial que ha suscitado interrogantes en la ciudadanía es si aquellas personas que no han recibido una notificación personal para ejercer como jurado de votación están eximidos de esta responsabilidad. Teniendo en cuenta esa duda, que suele ser muy general, la Registraduría Nacional del Estado Civil vio necesario aclarar este aspecto para garantizar la transparencia y correcto desarrollo del proceso electoral.En este sentido, es fundamental tener en cuenta lo que establece el artículo 105 del Código Electoral de Colombia. Dicho artículo señala de manera inequívoca que el nombramiento como jurado de votación es de forzosa aceptación, y la notificación de dicho nombramiento se considerará surtida por la sola publicación o fijación en lugares públicos de la lista respectiva.Si no me llegó notificación para ser jurado de votación, ¿tengo que prestar servicio?En otras palabras, la falta de recepción de una notificación personal no constituye una excusa válida para no cumplir con el deber cívico de ser jurado de votación. Este cargo es de gran importancia para el proceso electoral y su correcto desenvolvimiento, por lo que todos los ciudadanos que han sido designados deben asumirlo y cumplirlo a cabalidad.Es esencial resaltar que ser jurado de votación es un pilar fundamental de la democracia, ya que garantiza la transparencia y legitimidad del proceso electoral. La labor de los jurados contribuye a que la elección se realice de manera justa y equitativa, asegurando que cada voto cuente y que los resultados reflejen la voluntad de la ciudadanía.Por consiguiente, la Registraduría insta a todos los ciudadanos a verificar su posible designación como jurados de votación en los listados que se fijan en lugares públicos. Además, ofrece la posibilidad de consultar esta información a través de su página web (www.registraduria.gov.co) hasta el día anterior a la fecha de elección.Así las cosas, la participación como jurado de votación es un deber cívico ineludible que cada ciudadano debe asumir con responsabilidad y compromiso, contribuyendo de esta manera al buen funcionamiento de la democracia y al ejercicio de un proceso electoral transparente y confiable en Colombia.Le puede interesar:
En las elecciones territoriales que se aproximan en Colombia, en las cuales los ciudadanos tendrán la responsabilidad de elegir a 1.102 alcaldes, 32 gobernadores, 12.072 concejales, 418 diputados y 6.885 ediles para el periodo constitucional 2024-2027, surge el interrogante sobre la viabilidad de votar con cédula digital como medio de identificación para sufragar.Para esclarecer este aspecto, es importante señalar que tanto los ciudadanos colombianos como los extranjeros residentes en Colombia mayores de 18 años, que estén habilitados en el Censo Electoral, podrán ejercer su derecho al voto en estas elecciones. Además, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha recordado que los ciudadanos colombianos tienen la opción de presentar la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas o la cédula digital en cualquiera de sus dos versiones: física o en su dispositivo móvil.En el caso de los extranjeros residentes en Colombia, quienes tienen el derecho de votar únicamente para elegir alcaldes, concejales, ediles o miembros de juntas administradoras locales, deberán presentar su cédula de extranjería con categoría de residente en estado vigente.Para este caso en específico, los extranjeros que deseen ejercer este derecho deben cumplir con ciertos requisitos, tales como tener visa de residente, acreditar al menos cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia, poseer cédula de extranjería de residente, estar inscritos en el censo electoral y no estar sujetos a inhabilidades constitucionales y legales.Asimismo, para facilitar a todos los ciudadanos colombianos la consulta de su puesto de votación, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha dispuesto diferentes vías de acceso. A través de la página web de la entidad www.registraduria.gov.co o mediante la descarga de la aplicación 'Elecciones Colombia 2023' desde dispositivos móviles, los ciudadanos pueden consultar su lugar de votación ingresando su número de cédula de ciudadanía.Con lo anterior, la Regisraduría espera que esta información aclare las dudas respecto al uso de la cédula digital en las próximas elecciones en Colombia, permitiendo a los ciudadanos ejercer su derecho al voto de manera informada y acorde con los requerimientos establecidos para este proceso electoral crucial para el país.Le puede interesar:
Por medio de la ley 1070 de 2006, se establece que los extranjeros residentes en Colombia tienen el derecho de participar en las elecciones municipales y distritales, específicamente para elegir alcaldes, concejales y miembros de las Juntas Administradoras Locales. Este proceso forma parte de la democracia del país y permite la integración de la comunidad extranjera en la toma de decisiones locales.Asimismo, desde la Registraduría detallan que los extranjeros que deseen ejercer este derecho deben cumplir con ciertos requisitos, tales como: Tener visa de residente.Acreditar al menos cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia.Poseer cédula de extranjería de residente.Estar inscritos en el censo electoral.No estar sujetos a inhabilidades constitucionales y legales.Sin embargo, el proceso de inscripción para participar en las elecciones municipales y distritales de 2023 se se encontraba abierto hasta el 29 de agosto de este año en curso, dos meses antes de las elecciones territoriales. Los extranjeros interesados podían realizar este trámite en cualquier sede de la Registraduría a nivel nacional, de lunes a viernes, en el horario de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, presentando la cédula de extranjería con categoría de residente.Es importante destacar que, aunque los extranjeros pueden participar en las elecciones municipales y distritales, no tienen el derecho de elegir gobernadores ni diputados diputados departamentales. La entidad encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos para la inscripción es Migración Colombia, que luego remite la información a la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional.En las elecciones territoriales de 2023, se elegirán un total de 32 gobernadores, 418 diputados, 1.102 alcaldes, 12.072 concejales y 6.513 ediles en todo el país, incluyendo el distrito capital. Este proceso representa una oportunidad para que los extranjeros residentes en Colombia participen activamente en la vida política y contribuyan al desarrollo de sus comunidades locales.Le puede interesar: