A través de un comunicado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) explicó que el Anexo I del Auto 06-051, mediante el cual acreditaban a alias ‘Simón Trinidad’ como víctima dentro del caso 06, no corresponde al listado oficial de personas reconocidas como víctimas o intervinientes especiales dentro del proceso que investiga el genocidio contra la Unión Patriótica.
Según la JEP, ese archivo fue adjuntado por error y reunía solicitudes que aún se encuentran en evaluación, por lo que no tiene efectos jurídicos ni define acreditaciones dentro del caso.
“En dicha decisión, por una equivocación humana, se adjuntó un archivo de Excel denominado Anexo I que no corresponde al listado definitivo de personas acreditadas como víctimas ni como intervinientes especiales en el proceso judicial”, señala el comunicado.
En ese documento aparecía el nombre de Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, conocido como ‘Simón Trinidad’, lo que generó interpretaciones sobre su reconocimiento como víctima. Sin embargo, la jurisdicción señaló que su solicitud no ha sido resuelta y continúa en estudio.
“Esto se debe a que la decisión se concentra en criterios generales del proceso de acreditación y deja la identificación de las personas reconocidas al anexo. El texto del auto no incluye pronunciamientos ni desarrollos sobre situaciones individuales de esa naturaleza, que requieren un análisis especial y detallado”.
La JEP subrayó que el despacho relator del Caso 06 expidió un nuevo auto en el que ordena ajustar el anexo y notificar a los solicitantes sobre la modificación.