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Fast track no sustituye Constitución y tiene como objetivo lograr la paz: Corte

Las facultades especiales son solo para la implementación del acuerdo de paz entre el Gobierno y las Farc y estarán activas por un período de 180 días.

51422_Foto: Página oficial Corte Constitucional
Foto: Página oficial Corte Constitucional

La presidenta de la Corte Constitucional, magistrada María Victoria Calle, se refirió a la aprobación del fast track, mecanismo que permitirá la implementación rápida del acuerdo de paz logrado entre el Gobierno y las Farc y firmado en el Teatro Colón de Bogotá.

 

"La Corte declara exequible el artículo que hace referencia al fast track como un mecanismo que no sustituye la Constitución y tiene como objetivo lograr la paz", dijo la magistrada a la hora de argumentar la decisión comunicada horas antes.

 

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Calle indicó que el alto tribunal “solo estudió la demanda que estudiaba los artículos 1 y 2 del acto legislativo por la paz”.

 

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Calle aseguró que “en esta sentencia se cumple el respeto por los espacios de participación y “el modo de realizar esta reforma no se agota en lo demandado. Además el procedimiento de implementación cuenta con garantías”.

 

Sobre la vigencia que tendrá este mecanismo, Calle aseguró que “solo se inicia una vez se haga su refrendación” y que “las facultades especiales solo serán para la implementación del acuerdo de paz entre el gobierno y las Farc por un período de 180 días”.

 

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Calle fue enfática en asegurar que La Corte será vigilante para que no se produzca una sustitución de la Constitución”, y agregó que este mecanismo y las facultades especiales no podrán ser utilizadas para “dictar códigos o leyes orgánicas”.

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