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Gobierno emite 11 decretos de emergencia para atender más de 280.000 damnificados por el terremoto

El Gobierno nacional presentó una batería de decretos de emergencia económica para financiar la reconstrucción de las zonas afectadas y reactivar los servicios básicos tras el terremoto del pasado 10 de agosto.

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Terremoto en Colombia.
Foto: Senado.

Para centralizar la atención financiera se creó el Fondo Milagro (Decreto 1379), un patrimonio autónomo administrado por una fiduciaria pública bajo la vigilancia de la Superintendencia Financiera, con auditoría internacional y de la Contraloría General.

El fondo reunirá recursos del presupuesto nacional, donaciones, créditos, regalías y aportes territoriales o privados. Los dineros permanecerán en una cuenta única nacional y se girarán directamente a los proveedores o beneficiarios finales tras comprobar la entrega de bienes o servicios.

El Gobierno justificó la medida al señalar que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo y el Fondo Adaptación carecen de personería jurídica o de diseño institucional para esta escala de crisis.

Para garantizar la ejecución de obras, el Decreto 1389 habilita el esquema de Obras por Impuestos en todos los municipios declarados en emergencia, eliminando el requisito previo de pertenecer a zonas ZOMAC o PDET.

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Terremoto en Chocó
Foto: AFP

Las empresas con ingresos anuales desde 33.610 UVT (aproximadamente $1.760 millones de pesos) podrán destinar hasta el 50 % de su impuesto de renta a la construcción directa de viviendas, colegios, hospitales o vías.

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La Agencia de Renovación del Territorio (ART) evaluará y aprobará la viabilidad de los proyectos en un plazo de 15 días hábiles, asegurando que al menos el 35 % de los recursos aprobados por el Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) se destine obligatoriamente a los municipios de categorías 5 y 6, considerados los más pequeños y vulnerables.

El Decreto 1381 autoriza a cualquier alcaldía o gobernación del país a girar dinero a las zonas golpeadas por el terremoto, algo que antes la ley prohibía.

Esta medida responde a una gran desigualdad: mientras los municipios no afectados tienen guardados $924.000 millones de pesos en sus fondos de desastres, cada pueblo destruido apenas cuenta, en promedio, con $605 millones. Con esta norma, las regiones con más recursos podrán enviar ayuda económica directa a los territorios que no tienen dinero para reconstruirse.

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Asimismo, el Decreto 1382 permite a los municipios afectados reorientar rentas específicas hasta 2027, condonar intereses tributarios, pedir créditos por el 15 % de sus ingresos corrientes y modificar presupuestos sin pasar por concejos o asambleas durante 2026. Entre octubre de 2026 y diciembre de 2027, el 100 % de la sobretasa al ACPM recaudada en la zona golpeada se quedará en sus territorios, junto con un porcentaje transferido desde Bogotá y departamentos con mayores ingresos.

En salud e infraestructura hospitalaria, la UNGRD reportó 404 centros asistenciales afectados en 185 municipios. El Decreto 1383 otorga 30 días hábiles para acreditar requisitos y 45 días hábiles para solicitar el retiro de recursos del FONPET (Fondo Nacional de Pensiones Territoriales). Esto permite cubrir nóminas pensionales en 89 municipios pendientes y tramitar excedentes en otros 61. Por primera vez, los municipios podrán destinar excedentes del sector salud de este fondo para reconstruir hospitales públicos.

Edificios construidos bajo la NSR-10M resistieron al terremoto en Cali
Cámara Colombiana de la Construcción Valle

En educación, el Ministerio de Educación registró, al 3 de septiembre de 2026, 5.309 sedes dañadas en 423 municipios, que atienden a 1.147.369 estudiantes. Los decretos 1386, 1387 y 1388 autorizan dictar clases en espacios alternos seguros, facultan la reorganización del calendario escolar sin alterar el cierre del año ni los salarios docentes, y suspenden durante 2026 los descuentos por inconsistencias en el reporte del sistema de matrícula (SIMAT) si la falla fue causada por el sismo.

Para el servicio de energía, la Superintendencia de Servicios Públicos reportó 1,5 millones de usuarios afectados. Según la firma XM, la falta de suministro alcanzó el 100 % en Chocó, 82 % en Caldas, Quindío y Risaralda, 70 % en Valle del Cauca y 44 % en Cauca y Nariño. El Decreto 1380 autoriza al FONDES a entregar aportes no reembolsables por una sola vez a empresas mixtas que atiendan más del 90 % de los municipios afectados de un departamento, cubran más del 50 % de esa entidad y tengan más de la mitad de su demanda regulada expuesta a la bolsa hasta abril de 2027. Los desembolsos deberán aprobarse en 90 días y ejecutarse en un año.

Adicionalmente, el Decreto 1384 faculta la modificación de horarios, trabajo en casa, simplificación de trámites y creación de plantas temporales en el sector público hasta el 31 de diciembre de 2026, suspendiendo los concursos de la Comisión Nacional del Servicio Civil a nivel nacional. Por último, el Decreto 1385 levanta de forma temporal la reserva estadística del DANE para facilitar la caracterización de los damnificados por parte de las entidades encargadas de la atención.

Según el último consolidado de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el sismo deja 331 muertos, 4.505 heridos, 1.284.185 personas afectadas, 36.326 viviendas destruidas y 202.002 averiadas en 476 municipios.

Los 11 decretos de emergencia económica benefician a 476 municipios de todo el país declarados en calamidad, de los cuales 423 registraron daños en colegios y 185 en infraestructura de salud.

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La cobertura territorial del paquete normativo se concentra especialmente en el suroccidente y el Eje Cafetero, abarcando departamentos golpeados como Chocó, Caldas, Quindío, Risaralda, Valle del Cauca, Cauca y Nariño, además de incluir una transferencia de recursos desde Bogotá y de las gobernaciones con mayores ingresos hacia los municipios más pequeños de categorías 5 y 6….

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