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Gobierno no ha sido diligente ante violencia contra líderes sociales: Defensoría

Dice la Defensoría que el correo electrónico publicado por el ministro no constituye una alerta temprana ni es una evaluación de la misma.

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En un comunicado de siete puntos la Defensoría del Pueblo asegura que el ministro del Interior, Guillermo Rivera, nunca elevó a la categoría de alerta temprana la situación de violencia contra los líderes sociales y defensores de derechos humanos desde que ese organismo humanitario emitió un informe de riesgo al respecto. 

Dice la Defensoría que el correo electrónico publicado por el ministro Guillermo Rivera en su cuenta de Twitter no constituye una alerta temprana y ni siquiera la evaluación de la misma.

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Insiste que es preocupante que Rivera considere que la reacción y respuesta inmediata ante una advertencia de una grave situación de derechos humanos sea la simple remisión de un correo electrónico. 
 
A continuación, el comunicado completo 
 
Comunicado de Prensa
 
Bogotá D.C., 08 de febrero de 2018. La Defensoría del Pueblo se permite informar a la opinión pública y a los medios de comunicación en general que:
1. El informe de riesgo 010 - 17 sobre violencia contra líderes sociales y defensores de derechos humanos, emitido por la Defensoría del Pueblo el 30 de marzo de 2017, nunca fue elevado a la categoría de alerta temprana por el Ministro del Interior, conforme al protocolo establecido en desarrollo del Decreto 2890 de 2013, en particular el artículo 5. 
 
2. El artículo 11 del mencionado Decreto establece que una vez recibido el informe de riesgo, a más tardar dentro de la semana siguiente de su recibo, tendrá que sesionar la Comisión Intersectorial de Alertas Tempranas CIAT, con el propósito de su evaluación. Esta convocatoria nunca fue realizada.
 
3. El correo electrónico publicado por el Ministro de Interior, Guillermo Rivera, en su cuenta de Twitter no constituye una alerta temprana y ni siquiera la evaluación de la misma. Este correo es una solicitud de verificación de información a las autoridades correspondientes para proceder posteriormente a su evaluación. 
 
4. Debido a la no evaluación del informe de riesgo 010 – 17, el día 15 de mayo de 2017 la Defensoría del Pueblo requirió a la CIAT para que informara sobre la decisión de la emisión de la alerta, invocando el artículo 8 del Decreto 2890 de 2013.
 
5. Ante tal requerimiento y los reiterados pronunciamientos públicos del Defensor del Pueblo, la Secretaría Técnica de la CIAT convocó para el día 12 de julio de 2017, casi 4 meses después de haberse emitido el informe, a una sesión donde se evaluaría el seguimiento de una alerta temprana que nunca fue emitida.
 
6. La Defensoría del Pueblo nota con preocupación que el Ministro del Interior considere que la reacción y respuesta inmediata ante una advertencia de una grave situación de derechos humanos sea la simple remisión de un correo electrónico. Los hechos violentos contra líderes sociales y defensores de derechos humanos caracterizados en el informe de riesgo 010 – 17 demuestran que la respuesta no fue inmediata, ni contundente: frente a la realidad, no se miente.
 
7. Seguiremos exigiendo medidas preventivas efectivas que impacten en la protección e integridad personal de los líderes sociales y defensores de derechos humanos.

 

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