Paciente murió de cáncer por diagnóstico tardío: Corte llama la atención a IPS
Luego de que un paciente muriera de cáncer porque no fue diagnosticado a tiempo, la Corte Constitucional llamó la atención de las IPS y EPS para que informen oportunamente resultados clínicos cuando se trata de diagnósticos graves.
El caso se originó cuando el hombre fue sometido a una cirugía para extraerle la vesícula. La patología del órgano reveló cáncer, pero ni el paciente ni su familia fueron informados. Siete meses después, al empeorar su salud y ser atendido en otro hospital, se conoció el diagnóstico, pero el paciente falleció días más tarde.
La Sala Tercera de Revisión, determinó que la sentencia civil que exoneró a las entidades incurrió en un defecto fáctico al valorar de manera errónea la prueba, por ello, amparó los derechos al debido proceso y al acceso a la justicia de la familia del fallecido, ordenando emitir un nuevo fallo penal.
La Corte enfatizó que el derecho fundamental a la salud incluye no solo la prestación de servicios médicos, sino también la entrega de información clara, apropiada y suficiente, como parte esencial del respeto a la dignidad y autonomía del paciente.
Blu Radio - AFP
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“En casos de enfermedades graves, este deber adquiere una dimensión reforzada, pues permite acceder a tratamientos que podrían mejorar la calidad de vida o evitar sufrimientos innecesarios”, señaló la Corte.
Asimismo, el tribunal exhortó al Congreso y al Ministerio de Salud a regular de forma clara y vinculante los procedimientos para la entrega de resultados de exámenes clínicos, garantizando criterios como oportunidad, confidencialidad y trazabilidad.
Por último, pidió al Hospital Universitario Clínica San Rafael, implicado en el caso, adoptar protocolos internos que aseguren la notificación formal, humanizada y centrada en el paciente.