La Procuraduría General de la Nación pidió a la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) analizar la posibilidad de revocar la convocatoria pública UPME STR 01-2026 para la Subestación Nueva Lorica 110 kV, que habría dejado el gobierno de Gustavo Petro a través del Ministerio Minas. La solicitud busca que la entidad evalúe realizar las modificaciones necesarias al procedimiento administrativo a la luz de los principios de la función pública.
El proceso licitatorio bajo vigilancia tiene por objeto la "selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la Subestación Nueva Lorica 110 kV y líneas asociadas".
Como primer hallazgo puntual, el órgano de control cuestionó los requisitos de experiencia técnica exigidas en los pliegos de selección. El órgano de control señaló que excluir a firmas con contratos en ejecución "podría resultar limitante o restrictiva de la participación y, en consecuencia, impedir que la entidad reciba mayores y mejores ofertas para la ejecución del objeto descrito".
Al solicitar los estudios de mercado que respalden dicha restricción, el ente de control enfatizó que "se hace necesario que la UPME revise las normas contenidas en el documento de selección del inversionista a la luz de los principios de buena fe y seguridad jurídica".
Además, se evidenció serias contradicciones en el régimen de comunicaciones y notificaciones hacia los proponentes. Existen discrepancias entre la plataforma tecnológica y el correo electrónico, así como en el momento en que se entiende surtida la notificación, lo que afecta el debido proceso.
Un tercer punto crítico señala la presunta violación del artículo 74 del CPACA al prohibir recursos contra la adjudicación. Los pliegos fijan que el acta de adjudicación no podrá ser impugnada, lo cual desconoce que se trata de un acto administrativo definitivo frente al cual la ley garantiza el derecho a interponer recurso de reposición.
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El cuarto hallazgo advierte sobre la causal de declaratoria desierta por "razones de inconveniencia". La Procuraduría enfatiza que al no definirse cuáles son esas razones, se vulneran la seguridad jurídica y la confianza legítima, abriendo la puerta a decisiones subjetivas y arbitrarias por parte de la entidad.
Ante la gravedad de las fallas, la Procuraduría solicitó formalmente a la UPME analizar la revocatoria del proceso contractual, conforme al artículo 93 del CPACA. El objetivo de esta medida es que la entidad corrija las reglas de juego y las ajuste a la ley antes de tomar una decisión definitiva.
Además, la Procuraduría le fijó a la UPME un plazo de un día hábil, y en todo caso antes de adjudicar, para responder detalladamente con soportes técnicos y jurídicos.