La discusión sobre un posible aumento del salario mínimo fuera de los tiempos habituales encendió el debate jurídico en Colombia. La propuesta planteada por el presidente Gustavo Petro abrió interrogantes sobre si el Gobierno puede modificar este ingreso en cualquier momento del año.
En entrevista con Mañanas Blu, el exmagistrado de la Corte Constitucional, Antonio José Lizarazo, señaló qué, “sería absolutamente inconstitucional e ilegal” que el mandatario tome esa decisión por fuera del procedimiento establecido. Su advertencia pone sobre la mesa un posible choque entre el Ejecutivo y las normas vigentes.
“No es un asunto discrecional”: así funciona el salario mínimo en Colombia
Lizarazo explicó que el salario mínimo en Colombia no depende de una decisión unilateral del presidente. Según dijo, existe un proceso claro definido por la Constitución y la ley, en el que interviene la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.
“El presidente no puede hacerlo ni en cualquier momento, ni varias veces al año”, señaló. Además, insistió en que este ingreso solo puede fijarse una vez al año, normalmente en diciembre, y debe basarse en variables económicas como la inflación.
El exmagistrado fue enfático en que no se trata de una interpretación flexible: “No es algo que el presidente pueda hacer cuando le parece o cuando le provoca”.
Decreto podría ser suspendido de inmediato
Frente a la posibilidad de que el Gobierno expida un decreto para subir el salario mínimo en cualquier momento, Lizarazo explicó que existen mecanismos para frenarlo rápidamente. Recordó que el Consejo de Estado puede aplicar medidas cautelares.
“Podría volver a ocurrir una suspensión inmediata”, advirtió, al tiempo que subrayó que el sistema jurídico colombiano tiene herramientas para controlar decisiones que se salgan de la norma.
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Incluso fue más allá al señalar que, en un escenario hipotético, ese decreto podría resultar inaplicable: “Sería un acto arbitrario”.
Qué pasaría con empresas y trabajadores
Uno de los puntos que más genera dudas es qué deberían hacer los empleadores si el Gobierno intenta imponer un aumento por fuera del calendario. Para Lizarazo, la respuesta es clara: el salario mínimo vigente para 2026 ya fue fijado y no puede modificarse.
“Ese es el decreto que rige”, explicó, dejando claro que cualquier cambio solo aplicaría, en teoría, para el año siguiente.
Además, sostuvo que los empresarios podrían incluso negarse a aplicar una medida irregular, apelando a la excepción de inconstitucionalidad.
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La advertencia del exmagistrado deja un mensaje claro en medio del debate: más allá de la discusión política, el margen legal para modificar el salario mínimo en Colombia es limitado y está estrictamente regulado.