Un nuevo capítulo del pulso político se vivió en la plenaria del Senado de la República durante el debate de moción de censura promovida por el Pacto Histórico contra el ministro de Defensa, general en retiro Jorge Eduardo Mora.La discusión estuvo centrada en los bombardeos realizados contra campamentos de grupos criminales en el departamento del Guaviare, particularmente contra una de las disidencias de las Farc, la de alias 'Calarcá'. En esas operaciones murieron menores de edad que habían sido reclutados para integrar las filas de ese grupo.La votación de la moción de censura se realizará el miércoles, 23 de septiembre, a las 3:00 de la tarde en la plenaria del Senado, por lo que este miércoles solo se escuchó a los citantes, voceros de los demás partidos y al ministro responsable.Desde el Pacto Histórico uno de los senadores en intervenir fue Alberto Benavides, quien advirtió que si había varios meses de inteligencia genera duda que no se conociera que había menores de edad en el campamento que se iba a bombardear.“Si se llevaban 6 meses de inteligencia sobre ese sitio, más alertas todavía. Necesitamos que se cumpla la Constitución y el Derecho Internacional Humanitario, y que nunca más niños y niñas sean bombardeados. Esto no es de un Gobierno o del otro. Ha llegado el momento de tener la guerra. ¿Ustedes están dispuestos? Nosotros y nosotras sí”, dijo Benavides.Ministro defendió el bombardeo como una operación estratégicaDurante su intervención, el ministro de Defensa comenzó mostrando un video sobre la atención brindada por la fuerza pública a las personas afectadas por el terremoto.Posteriormente, abordó los cuatro puntos planteados durante el debate y se refirió al bombardeo en el Guaviare, operación que calificó como estratégica ante las circunstancias de orden público que enfrenta ese departamento.Mora explicó que el ataque aéreo fue autorizado porque, según la información disponible, existían razones suficientes para actuar contra el grupo de alias 'Calarcá', además se trataba de un sitio donde había unos 60 integrantes de la organización delictiva.Señaló que, únicamente en el departamento del Guaviare, esa estructura criminal ha asesinado a 10 militares, dejado 16 heridos y secuestrado a cinco uniformados.El ministro también hizo referencia al enfrentamiento entre las estructuras de alias 'Calarcá' e 'Iván Mordisco' en el mismo departamento, conflicto que, de acuerdo con las cifras expuestas durante el debate, ha dejado 48 muertos, entre ellos 11 menores de edad.Mora sostuvo que las operaciones desarrolladas por la fuerza pública son de carácter quirúrgico y que se ejecutan con el objetivo de evitar efectos sobre áreas diferentes a las previamente definidas.Como parte del balance operacional desde que asumió el Ministerio de Defensa, el pasado 7 de agosto, destacó el rescate de 39 menores de edad que habían sido reclutados por grupos criminales y la liberación de otras 29 personas que permanecían secuestradas.Durante su intervención, el ministro resaltó además su experiencia y conocimiento en materia de derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario. Afirmó que nunca ha sido denunciado por violaciones de derechos humanos y señaló que no es compareciente ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en referencia a la pulcritud de su hoja de vida.Defensa de la actuación de la fuerza públicaEntre otras voces, el senador Wilder Escobar respaldó la actuación de la fuerza pública y sostuvo que la responsabilidad por el reclutamiento de menores corresponde a los grupos armados ilegales.“La falla no es del Estado, la falla es del grupo armado irregular, que convierte a los menores de edad en escudos humanos. Son víctimas porque son reclutados, pero hay que hacer claridad a los colombianos, que las víctimas sí son los menores de edad, pero el victimario no es el Estado, el victimario es el grupo armado irregular que los recluta y que los utiliza como escudo para que no vayan a ser atacados”, afirmó.Escobar también se refirió a la situación jurídica de los menores que participan directamente en las hostilidades. Citó la sentencia C-291 de 2007 de la Corte Constitucional y recordó que, aunque los menores son víctimas del reclutamiento, cuando participan directamente en las hostilidades adquieren también la condición de participantes directos en estas.“Un menor de edad es víctima del reclutamiento, pero también un menor de edad cuando se pone un uniforme, cuando empuña un arma o un fusil, y participa en hostilidades contra la fuerza pública, adquiere también la condición de participante directo de estas hostilidades. Así también lo establece el protocolo de Ginebra”, señaló.El senador pidió además no limitar la capacidad de actuación de la fuerza pública frente a los grupos armados.“Yo quiero decirle a todos los colombianos que hoy, más que nunca, no podemos atar de manos a la fuerza pública en Colombia, necesitamos recuperar la seguridad y el control territorial, devolverle la tranquilidad al pueblo colombiano”, manifestó.Escobar agregó que, a su juicio, el debate no debería estar determinado por diferencias ideológicas. “Yo me atrevo a decir que esto no es de colores políticos, ni de izquierdas ni de derechas. Es de devolverle un derecho fundamental a Colombia, y es el derecho a vivir tranquilo en un país seguro”, enfatizó.Llamado de atención por lenguaje durante la sesiónEl debate también estuvo marcado por momentos de tensión entre los congresistas. En uno de ellos, el presidente del Senado, Honorio Henríquez, tuvo que llamar la atención al senador David Racero por el lenguaje agresivo que utilizó durante su intervención.Henríquez le pidió moderar el tono y evitar expresiones soeces y agresivas en el desarrollo de la sesión.Otro choque fue de la senadora Alejandra Umaña, quien le reclamó a su colega Germán Rodríguez y le respondió que no siente vergüenza de recordarle a Amaranta Hank.Con las posiciones de defensa y cuestionamiento expuestas durante la plenaria, el Senado quedó a la espera de la votación de la moción de censura, programada para el próximo miércoles.
En medio del debate de control político que se llevó a cabo en la Comisión II del Senado por los bombardeos realizados en territorios con presencia de menores, el ministro de Defensa, el general (r) Jorge Mora, defendió las dos operaciones realizadas en Guaviare, que dejaron cinco menores muertos. Según el ministro, estas acciones respondían a un “deber constitucional” frente a la disputa entre las disidencias de 'Calarcá' y 'Mordisco', que, según dijo, ya deja más de 48 muertos en el departamento."Cuando nosotros determinamos atacar un grupo organizado en un área campamentaria, que se han reunido ahí para preparar un ataque a la población civil o a las tropas, o ir contra una comunidad de estas alertas tempranas, pues nosotros tenemos que actuar antes de que ellos actúen y cometan una masacre, un ataque, y terminen haciendo las acciones que todos los colombianos conocemos. Es una obligación. Aquí está en juego la acción o la omisión", afirmó el general (r) Mora.El ministro afirmó que ya son 11 menores de edad los que han fallecido en los combates que se llevan a cabo en Guaviare por las disputas por el control territorial, de las drogas y de actividades ilícitas entre las dos disidencias de las Farc. También dijo que 10 uniformados han sido asesinados, 16 han resultado heridos y cinco han sido secuestrados. Además, señaló que antes de las operaciones ya existían 368 alertas tempranas de la Defensoría.Ante esta respuesta, la senadora Jennifer Pedraza, una de las principales citantes del debate, calificó como un “falso dilema” el argumento presentado por el ministro. “Aquí nadie le está pidiendo a la fuerza pública que se quede quieta y que omita actuar si considera que es necesario. Sin duda alguna, puede existir la necesidad, pero la posibilidad de utilizar diferentes herramientas para actuar y para intervenir en una determinada región”, afirmó la senadora.Pedraza se refirió a diferentes operaciones militares, como el combate, ejercer presión y el arrinconamiento en el territorio. “Hay muchas herramientas, el ministro las enlistó, que se pueden utilizar y que se deben ponderar antes de tomar la decisión simplista de, no verificamos si hay niños y niñas, ignoramos las alertas tempranas, bombardeamos y después salimos a decir que fijo estaban en combate. Esa práctica sería negligente y violatoria del derecho internacional humanitario”, afirmó Pedraza.Por otro lado, el ministro de Defensa también se refirió a la adhesión de Colombia a la Coalición de las Américas contra los Cárteles, del pasado 12 de agosto, concretada en Ciudad de Panamá mediante un acuerdo firmado por el ministro de Defensa y el secretario de Guerra de Estados Unidos, Pete Hegseth. Mora aseguró que la soberanía del país no está en riesgo."Declaramos, y ahí lo establece la declaración, y ahí está mi firma y la firma del secretario de Guerra de los Estados Unidos, Pete Hegseth; eso fue lo que hicimos en Panamá. No estamos vendiendo la soberanía, ni aquí van a pasar tropas, ni aquí va a venir ninguna fuerza, ni de Estados Unidos, ni de Ecuador, ni de ningún país. Estén tranquilos, conozco la responsabilidad que atañe a mi cargo como ministro de Defensa", concluyó el general (r) Jorge Mora.
El Juzgado 34 de Familia de Bogotá resolvió de fondo la tutela relacionada con las operaciones militares aéreas ofensivas y determinó que no puede existir una prohibición absoluta de este tipo de acciones cuando estén dirigidas contra objetivos militares legítimos.De acuerdo con la decisión, una prohibición general podría afectar el deber del Estado de proteger a la población y las competencias de la fuerza pública frente a los grupos armados ilegales. Sin embargo, el despacho también estableció límites frente a la presencia de niños, niñas y adolescentes en los lugares donde se proyecten este tipo de operaciones.El juzgado precisó que la sola presencia de un menor de edad dentro de un campamento de un grupo armado no permite considerarlo automáticamente como un objetivo militar legítimo. Por el contrario, recordó que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de especial protección constitucional y que, cuando se encuentran vinculados a estructuras armadas, su condición puede estar relacionada con situaciones de reclutamiento y utilización ilícita.Por esta razón, la decisión establece un estándar reforzado de precaución para las autoridades cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de menores en el área de una operación aérea ofensiva.Entre las medidas ordenadas al Gobierno nacional y a la fuerza pública está intensificar las labores de verificación de inteligencia antes de ejecutar una operación, evaluar los riesgos asociados a la presencia de menores y analizar si existen alternativas operacionales menos lesivas para alcanzar el objetivo militar.El despacho también señaló que las actuaciones de la fuerza pública deben desarrollarse bajo los principios de distinción, precaución y proporcionalidad establecidos por el Derecho Internacional Humanitario, teniendo en cuenta la protección especial que corresponde a los menores de edad en escenarios de conflicto armado.De esta manera, el fallo no establece una prohibición general de las operaciones aéreas ofensivas, pero sí fija condiciones de precaución cuando las autoridades tengan conocimiento verificable de la posible presencia de menores reclutados o utilizados por grupos armados.Además, el juzgado impartió instrucciones relacionadas con la atención posterior de los niños, niñas y adolescentes afectados por el reclutamiento ilícito. En ese sentido, solicitó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a las entidades competentes del Gobierno nacional fortalecer las rutas de desvinculación, atención integral y restablecimiento de derechos para esta población.La decisión busca, así, establecer un equilibrio entre las obligaciones del Estado frente a la seguridad y la protección de la población, y el deber reforzado de garantizar los derechos de los menores de edad que puedan encontrarse en medio del conflicto armado.
El Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cúcuta admitió una acción de tutela presentada por Natalia Bernal Cano, quien actúa como agente oficiosa de personas de especial protección constitucional y población civil que habita en zonas donde se han registrado, o podrían registrarse, bombardeos y operaciones militares.En la misma decisión, el despacho concedió parcialmente una medida provisional y ordenó al Gobierno y a los mandos de las Fuerzas Militares abstenerse de ejecutar operaciones aéreas ofensivas cuando, después de agotar las verificaciones y precauciones disponibles, exista información objetiva sobre la presencia de niños, niñas, adolescentes o población civil en el área que podría resultar afectada, o cuando persista una duda razonable que no haya podido ser despejada. El juzgado aclaró que la decisión no constituye una prohibición general de las operaciones militares, ni anticipa una conclusión sobre su legalidad. La medida busca que, antes de ejecutar una operación, se adopten y verifiquen las precauciones necesarias para reducir el riesgo sobre la población protegida.Además, el despacho requirió información sobre la eventual divulgación oficial de fotografías o videos de personas fallecidas durante operaciones militares.La decisión también incluye un requerimiento de información sobre una eventual participación, apoyo o asesoría de personal o medios extranjeros en las operaciones mencionadas en la tutela, como también sobre la eventual divulgación oficial de fotografías o videos de personas fallecidas durante operaciones militares.
El presidente Abelardo De La Espriella anunció este domingo 13 de septiembre que su gobierno acudirá a los mecanismos jurídicos disponibles para controvertir las recientes decisiones judiciales que han establecido límites a las operaciones aéreas ofensivas contra estructuras armadas y a la aspersión aérea de cultivos ilícitos en Putumayo.Durante su alocución presidencial, el mandatario aseguró que las decisiones de los jueces serán respetadas y las órdenes que se encuentren vigentes serán cumplidas. No obstante, sostuvo que esto no impide que el Ejecutivo use las herramientas contempladas en la Constitución y la ley para defender las atribuciones que, según explicó, corresponden al presidente de la República.“Las decisiones judiciales se respetan y las órdenes vigentes se cumplen”, afirmó De La Espriella, al tiempo que señaló que su administración cree en la separación de poderes, la independencia judicial y el Estado de Derecho.El pronunciamiento se produjo en medio de dos asuntos que el jefe de Estado calificó como fundamentales para la seguridad nacional y la lucha contra el narcoterrorismo. El primero está relacionado con las operaciones aéreas ofensivas contra estructuras armadas cuando existe información sobre la posible presencia de menores de edad. El segundo corresponde a una decisión que ordenó provisionalmente suspender las actividades de aspersión aérea en Putumayo, mientras se resuelve de fondo una acción de tutela.De La Espriella defiende competencias constitucionalesEl mandatario sostuvo que las facultades del presidente para dirigir la fuerza pública y adoptar decisiones relacionadas con el orden público tienen respaldo constitucional, aunque reconoció que estas deben ejercerse dentro de los límites establecidos por la Constitución, los derechos fundamentales y el derecho internacional humanitario.En ese sentido, marcó una diferencia entre la función de control de los jueces y la conducción de las operaciones estatales.El mandatario agregó que, por esa razón, impartió instrucciones para que la defensa jurídica del Estado intervenga en el caso y anunció que se utilizarán los recursos correspondientes.“Vamos a ejercer todos los mecanismos jurídicos que correspondan para defender esas competencias que la Constitución me ha entregado a mí como presidente de la República”, manifestó.Reclutamiento de menores y operaciones contra grupos armadosUno de los principales argumentos expuestos por el presidente estuvo relacionado con el reclutamiento de menores por parte de organizaciones criminales.De La Espriella afirmó que el Estado tiene una obligación reforzada de protección frente a los menores reclutados y que cualquier actuación de la fuerza pública debe desarrollarse con inteligencia, precisión y precaución, además de cumplir los principios de distinción y proporcionalidad establecidos en el derecho internacional humanitario.Sin embargo, advirtió que la presencia de menores en campamentos de grupos armados no debería convertirse, en su opinión, en un mecanismo para impedir de manera automática las acciones estatales contra los responsables de esas estructuras.El presidente insistió en que la respuesta debe combinar la protección de los menores con una estrategia militar basada en una mejor inteligencia, una mayor precisión operacional y una evaluación rigurosa de cada objetivo.Aspersión aérea en Putumayo y lucha contra los cultivos ilícitosEl segundo punto abordado durante la alocución fue la suspensión provisional de las actividades de aspersión aérea en Putumayo, una medida relacionada con la política de lucha contra los cultivos ilícitos.Sobre este asunto, De La Espriella aseguró que cualquier decisión del Gobierno deberá contar con los respectivos soportes técnicos, ambientales, sanitarios y territoriales, además de cumplir los procedimientos establecidos por la legislación.“Cumplidas esas exigencias, la definición y ejecución de la política contra el narcotráfico corresponde a las autoridades constitucionalmente competentes para ello”, afirmó.De esta manera, el mandatario defendió la capacidad del Ejecutivo para definir su estrategia contra los cultivos de uso ilícito, aunque señaló que las actuaciones deberán ajustarse a los requisitos legales y técnicos correspondientes.“No voy a convertir esto en pelea del presidente contra los jueces”Pese a su decisión de controvertir jurídicamente las medidas, De La Espriella descartó que su Gobierno pretenda convertir el asunto en una confrontación entre el Ejecutivo y la Rama Judicial.El jefe de Estado insistió en que la discusión, desde su perspectiva, es institucional y no personal. También reconoció la importancia de la tutela como mecanismo de protección de los derechos fundamentales y aseguró que esa garantía será respetada por su administración.Finalmente, De La Espriella sostuvo que el Estado de Derecho exige tanto la protección de los derechos fundamentales como el respeto por las competencias asignadas a cada rama del poder público.“Proteger los derechos fundamentales y garantizar la seguridad de los colombianos no son objetivos incompatibles. Tenemos que hacer ambas cosas”, concluyó el presidente, al reiterar que su gobierno mantendrá una defensa jurídica de las facultades del Ejecutivo para conservar el orden público, dirigir la fuerza pública y enfrentar a las organizaciones criminales.
El Juzgado 34 de Familia de Bogotá declaró improcedente la impugnación presentada por la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa y otras autoridades contra la medida provisional que les ordena abstenerse de ejecutar operaciones aéreas ofensivas sobre campamentos u objetivos militares cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados.Con esta decisión, el despacho judicial mantuvo los efectos de la medida cautelar adoptada dentro de la acción de tutela presentada por Ower Jimmy Borda Parra, en calidad de agente oficioso de niños, niñas y adolescentes en situación de reclutamiento.El juzgado consideró que no existen razones suficientes para revocar la medida, pues los argumentos presentados por las autoridades accionadas no desvirtúan las circunstancias que llevaron a su adopción ni permiten establecer que hayan desaparecido las condiciones de necesidad, urgencia, conexidad y proporcionalidad que justificaron la intervención cautelar.Según el juzgado, en esta etapa del proceso no corresponde establecer de manera definitiva la existencia de una vulneración, sino determinar si existen elementos objetivos que permitan advertir una amenaza seria contra derechos fundamentales y si esperar hasta la sentencia podría impedir su protección.En ese sentido, el despacho tuvo en cuenta los reportes sobre operaciones militares recientes en Catatumbo y Guaviare en las que habrían fallecido menores de edad, así como las cifras relacionadas con el reclutamiento y muerte de niños, niñas y adolescentes.La decisión también aclara que la medida no establece una prohibición general para realizar operaciones militares. Su aplicación está condicionada a que exista “información cierta, objetiva o razonablemente verificable” sobre la presencia de menores reclutados o utilizados por grupos armados en los objetivos militares.El juzgado explicó que este requisito constituye un presupuesto objetivo para la aplicación de la medida y excluye aquellos casos en los que no exista información con esas características.Además, el despacho sostuvo que la medida tampoco implica una invasión de las competencias constitucionales del Presidente de la República y de las Fuerzas Militares. La orden está limitada a operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos respecto de los cuales exista información cualificada sobre la presencia de menores y mientras se adoptan las precauciones necesarias para determinar si existe una alternativa operacional menos lesiva.“El juez constitucional no asume la dirección estratégica, operacional o táctica de la fuerza pública”, señaló el despacho, al precisar que esas decisiones permanecen dentro del ámbito funcional y técnico de las autoridades militares.El juzgado también descartó que la medida implique un prejuzgamiento. Explicó que la valoración realizada es preliminar y que los efectos anticipados de la orden corresponden precisamente a su naturaleza preventiva y cautelar, sin que ello determine el sentido de la decisión definitiva dentro de la tutela.Otro de los puntos analizados fue la responsabilidad de los grupos armados por el reclutamiento ilícito de menores. El despacho señaló que esa responsabilidad no elimina los deberes constitucionales e internacionales del Estado cuando las autoridades conocen o cuentan con información razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes.“Que el reclutamiento ilícito sea imputable a los grupos armados organizados no extingue los deberes constitucionales e internacionales que corresponden al Estado cuando conoce o dispone de información razonablemente verificable sobre la presencia de menores de edad”, indicó el juzgado.
El Juzgado Tercero Penal del Circuito de San José del Guaviare admitió una acción de tutela presentada por el ciudadano Roxemhberg Rozo Sánchez para proteger los derechos fundamentales de niños y adolescentes víctimas de reclutamiento forzado en el departamento.Dentro del trámite, el juez ordenó como medida provisional la suspensión temporal de bombardeos contra objetivos militares en el Guaviare cuando exista información de inteligencia, una alerta preventiva u otro elemento objetivo que permita advertir razonablemente sobre la posible presencia de niños o adolescentes que puedan resultar afectados en su vida o integridad física. La medida estará vigente mientras el juzgado toma una decisión de fondo sobre la tutela.El despacho explicó que tomó esta decisión de manera preventiva porque considera que el riesgo de que un menor reclutado por un grupo armado pueda morir o resultar herido durante una operación militar no puede descartarse. Para el juez, una eventual afectación de la vida o integridad de un niño sería un daño irreversible, que no podría repararse con una decisión judicial posterior.El juzgado también tuvo en cuenta antecedentes de menores de edad que han muerto durante operaciones militares. En el auto cita información de Medicina Legal según la cual, entre diferentes operaciones realizadas desde agosto de 2025, fueron recuperados cuerpos de menores de edad y, tras los análisis forenses, se determinó que 15 de los cuerpos correspondían a niños o adolescentes.Sin embargo, el despacho hizo varias precisiones. La decisión no significa que todos los bombardeos estén suspendidos, ni que toda operación militar en la que pueda haber menores sea automáticamente ilegal. La suspensión está limitada a las circunstancias concretas señaladas en la orden y fue considerada por el juez como una medida excepcional, temporal y preventiva.El juzgado también señaló que en esta etapa no está afirmando que las autoridades hayan vulnerado los derechos de los menores ni está estableciendo su responsabilidad. Lo que reconoce es que existen elementos objetivos que hacen posible el riesgo denunciado y que, por tratarse de derechos fundamentales de niños y adolescentes, es necesario adoptar una protección mientras se estudia el caso.Los vinculados a la tutela tendrán 48 horas para responderComo parte de la tutela, el juez ordenó al Ministerio de Defensa, al Ejército, a la Fuerza Aérea y al ICBF que, en un plazo de 48 horas, informen cuáles son las medidas y protocolos que tienen implementados o que deben reforzar, para identificar la posible presencia de menores en las zonas donde se desarrollan operaciones militares.También deberán explicar cómo verifican la información de inteligencia relacionada con posibles menores reclutados o utilizados por grupos armados, cómo evalúan los riesgos para la población civil antes de las operaciones aéreas y qué medidas aplican para garantizar una protección especial a los niños y adolescentes.Las demás entidades vinculadas al proceso también tendrán un plazo máximo de 48 horas para responder los hechos planteados en la tutela y aportar las pruebas que consideren necesarias.La tutela continuará su trámite con la participación de entidades como la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo, las personerías municipales, autoridades indígenas y organizaciones campesinas del Guaviare.También fueron invitados organismos como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y UNICEF, además de facultades de Derecho de varias universidades, para que puedan aportar sus opiniones sobre el problema jurídico.El juez deberá analizar toda esta información antes de emitir una decisión definitiva sobre la tutela. Por ahora, la orden de suspender determinados bombardeos es una medida provisional destinada a prevenir posibles afectaciones a menores mientras se estudia de fondo el caso.
El debate sobre la legalidad y la viabilidad de los bombardeos de la Fuerza Pública contra grupos criminales ha vuelto al centro de la agenda pública tras recientes recursos de tutela. Frente a los cuestionamientos que señalan que estas operaciones podrían ser indiscriminadas, el general en retiro Guillermo León, presidente de la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro (Acore) y excomandante de la Fuerza Aérea, defendió la rigurosidad y planeación científica detrás de estas misiones, al tiempo que expuso las limitaciones técnicas reales que enfrenta la inteligencia en el terreno.Rigurosidad doctrinal y filtros legales contra el error operacionalPara el general León, un bombardeo no es una decisión que se tome a la ligera. "Una operación de bombardeo se toma con suprema seriedad en nuestra institución y esta obedece primero a una información que se convierte en inteligencia". Una vez que se consolida la información, esta atraviesa estrictos filtros de verificación en la Fuerza Aérea; si existen dudas o datos incompletos, la misión se devuelve o se desecha de plano.En el planeamiento de cada misión participan de forma obligatoria un especialista en derechos humanos, un oficial jurídico experto en derecho operacional, la inteligencia de la Fuerza Aérea —que evalúa la oportunidad e idoneidad del blanco— y la parte operativa, encargada de definir las aeronaves y el armamento específico para minimizar los daños colaterales y garantizar la proporcionalidad.Esta rigurosa metodología no es improvisada; responde a un proceso de aprendizaje histórico institucional. "Este procedimiento que acabo de decir no se modifica, no se cambia, se mantiene de manera permanente porque fue doctrina que se aprendió desde lo que nos sucedió en el año 98 con la operación Santo Domingo", explicó León, recordando el trágico episodio en Arauca donde civiles perdieron la vida.Los límites de la tecnología frente a los menores de edadUno de los puntos más complejos de la discusión radica en cómo actuar cuando se sospecha la presencia de menores de edad en los campamentos ilegales. León puntualizó que las operaciones militares hoy se rigen bajo el Derecho Internacional Humanitario (DIH), el cual se basa en la distinción clara de quién es un combatiente activo.No obstante, el excomandante de la Fuerza Aérea reconoció que la precisión absoluta en zonas selváticas es sumamente compleja debido a barreras geográficas y tecnológicas. "Los equipos también tienen limitaciones, no puede determinarse con exactitud a través de medios optrónicos si hay una persona menor de edad o no". Explicó que los sensores térmicos, calóricos e imágenes aéreas tienen un alcance restringido por el relieve y la vegetación espesa, impidiendo calcular con precisión la estatura o edad exacta de una persona en un campamento oculto.El general fue enfático al advertir que exigir certezas absolutas paraliza la acción del Estado: "corroborar y así que vamos a tener la información al 100% para verificar que no hay un menor de edad, pues es muy difícil y muy complejo. Y por eso al final este tipo de decisiones va a limitar el uso de la fuerza para poder hacer la aplicación de la fuerza con toda la capacidad del Estado".Finalmente, el presidente de Acore alertó sobre el deterioro en las capacidades de inteligencia estratégica de las Fuerzas Militares debido a recientes decisiones de política exterior del Gobierno actual. Aunque los golpes tácticos recientes demuestran un trabajo acumulado de meses, León advirtió que la desconexión con aliados históricos ya pasa factura.Escuche aquí la entrevista:
El abogado Jimmy Borda, autor de una acción de tutela que busca limitar los bombardeos de la fuerza pública contra grupos armados cuando exista información sobre la presencia de menores de edad, aseguró que los niños, niñas y adolescentes reclutados por estructuras ilegales necesitan una protección especial del Estado.La declaración se conoció luego de que un juzgado de familia de Bogotá ordenara, como medida cautelar y mientras se resuelve el proceso de fondo, abstenerse de realizar operaciones aéreas cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de menores en los campamentos.La decisión se produce después de que Medicina Legal confirmara la muerte de tres menores en una operación militar en Guaviare, hecho que volvió a poner en el centro del debate el uso de bombardeos contra estructuras armadas que reclutan niños.Borda sostuvo que el Gobierno debe revisar y actualizar los protocolos utilizados por la fuerza pública para atender las particularidades de los menores víctimas del conflicto armado.El autor de la tutela también rechazó que la medida judicial represente un obstáculo para las operaciones militares. Según explicó, el objetivo es que estas se desarrollen dentro del ordenamiento jurídico y respetando las normas de protección de los menores.Borda cuestionó, además, las posibles presiones sobre los militares para obtener resultados operacionales y recordó que, en su opinión, ese tipo de presiones puede conducir a errores. En ese sentido, pidió fortalecer las capacidades de inteligencia y aprovechar la tecnología disponible para identificar la presencia de menores antes de ejecutar un ataque.Otro de sus planteamientos apunta a reforzar la prevención del reclutamiento. Para Borda, el Estado debe aumentar su presencia institucional en las zonas más vulnerables, con programas sociales y educativos que dificulten el acceso de los grupos armados a los menores.Finalmente, defendió la necesidad de mantener abiertas las puertas de los diálogos de paz. Consideró que una estrategia exclusivamente militar no ha permitido resolver de manera definitiva los conflictos armados y sostuvo que las operaciones de la fuerza pública deben combinarse con alternativas políticas que permitan avanzar hacia la salida del conflicto.
El Gobierno va a apelar el fallo que pide suspender los bombardeos cuando hay información sobre la presencia en la zona de menores o adolescentes reclutados por grupos armados ilegales.El ministro del Interior, Rodrigo Lara, aseguró que los fallos se respetan pero también pueden ser objeto de crítica.“Ordenar la abstención de una operación aérea cuando exista información “cierta, objetiva o razonablemente verificable” sobre la presencia de menores reclutados establece un criterio de una amplitud extraordinaria.“¿Qué significa, en términos operacionales, “razonablemente verificable”? ¿Un indicio? ¿Una fuente? En ese supuesto todo es plausible. En un conflicto en el que los grupos armados reclutan y utilizan criminalmente a menores de edad, un estándar tan abierto termina haciendo materialmente imposible el empleo de bombardeos aéreos”, dijo Lara.Ante esta situación el ministro del Interior anunció que el fallo va a ser apelado por parte del Gobierno.“Los menores deben ser protegidos con el máximo rigor. Y así lo viene haciendo y lo hará este Gobierno. Pero convertir su reclutamiento criminal en un mecanismo que termine otorgándoles inmunidad territorial a los narcoterroristas, termina siendo un incentivo perverso y peligrosísimo. Este fallo absurdo e inconstitucional, será apelado”, agregó Lara.Es importante recordar que durante el gobierno de Abelardo De La Espriella ya se han realizado bombardeos contra las disidencias de las Farc al mando de alias ‘Calarcá’ y también contra las estructuras comandadas por ‘Iván Mordisco’.
Tres integrantes del Frente 57 ‘Yair Bermúdez’, de las disidencias de las Farc, murieron en medio de combates con la Fuerza Pública en zona rural de Buga, Valle del Cauca. Entre los muertos estaría alias ‘Norto’, señalado como segundo cabecilla de esta estructura armada. En el mismo operativo, un integrante más fue capturado.Según el Ejército, alias ‘Norto’ llevaba más de cinco años en actividades criminales y sería señalado de participar en secuestros extorsivos, homicidios selectivos y extorsiones en el centro del Valle. Las autoridades también lo vinculan con el secuestro y posterior homicidio de un comerciante ocurrido a finales de 2025."En zona rural de Buga, Valle del Cauca, tras intensos combates, tropas de la Tercera División del Ejército Nacional, con apoyo de la Fuerza Aérea Colombiana y en coordinación con la Policía Nacional, lograron la muerte en desarrollo de operaciones militares de alias 'Norto', señalado como segundo cabecilla del Frente 57, y junto a él, dos integrantes más y la captura de otro sujeto de este grupo terrorista", dijo el brigadier general Samuel Salinas Valencia, comandante de la Tercera División del Ejército Nacional.Durante el procedimiento, las autoridades incautaron bastante material de guerra con el cual atacaban a la Fuerza Pública. Los elementos quedaron a disposición de las autoridades competentes mientras avanzan las investigaciones."Se incautaron 335 cartuchos, un fusil, 4 armas cortas, una granada de mano, 8 proveedores, 7 teléfonos celulares, 4 radios de comunicación y un vehículo tipo camioneta. Este grupo estaba generando rentas criminales que estarían entre los 200 a 2.500 millones de pesos", manifestó Salinas.El Ejército indicó que las operaciones continúan en esta zona rural de Buga para afectar las capacidades del Frente 57 ‘Yair Bermúdez’. La Fuerza Pública mantiene presencia en el área luego de los combates que durante varias horas obligaron a las comunidades de las veredas y corregimientos a permanecer resguardadas en sus viviendas.
Binance anunció una inversión de capital de 100 millones de dólares en Circle Internet Group, Inc. (NYSE: CRCL) en el marco de la renovación y ampliación de su alianza estratégica por un periodo de cinco años. Según informó la compañía, el convenio busca masificar el uso de la stablecoin USDC en toda su plataforma global, enfocándose de manera prioritaria en los mercados emergentes.La operación se concretó mediante la adquisición de acciones ordinarias Clase A de Circle a través de una colocación privada. De acuerdo con el comunicado oficial, la transacción se fijó a un precio que incluye un descuento del 5 % sobre el valor de mercado previo al cierre del título CRCL.En el esquema trazado por ambas firmas, Binance asumirá la promoción activa del dólar digital USDC en sus servicios globales. Por su parte, Circle entregará la infraestructura técnica indispensable para soportar la custodia, tenencia y flujo de la moneda digital dentro del ecosistema.¿Cuáles son las razones del acuerdo a cinco años entre Binance y Circle?De acuerdo con lo expresado por Richard Teng, co-CEO de Binance, la inversión responde a la meta de facilitar el acceso generalizado a una moneda estable vinculada al dólar a través de dispositivos móviles. El ejecutivo señaló que Circle se ha consolidado como un emisor confiable en la transferencia transfronteriza de valor.Por su parte, Jeremy Allaire, cofundador y CEO de Circle, indicó que el trabajo conjunto busca ampliar las alternativas de ahorro e inversión en activos digitales. El directivo resaltó las oportunidades de integrar USDC en la infraestructura de la plataforma para llegar a usuarios e instituciones en países en desarrollo.¿Cómo funcionará la masificación de USDC en mercados emergentes?Según detalló el comunicado oficial, la estrategia conjunta contempla los siguientes ejes de ejecución:Promoción prioritaria de USDC dentro del ecosistema global de usuarios de Binance, con foco en economías emergentes.Suministro de infraestructura blockchain programable por parte de Circle para sostener las operaciones y tenencias de la stablecoin.Creación de productos basados en activos digitales destinados a promover el ahorro y la inclusión financiera a escala masiva.
El presidente Abelardo De La Espriella no tendrá que ofrecer nuevas disculpas públicas por las manifestaciones religiosas realizadas durante su posesión presidencial del pasado 7 de agosto, luego de que la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá revocara la decisión de primera instancia que había ordenado al mandatario y al presidente del Senado, Honorio Henríquez, emitirlas. Vale recordar que la controversia se originó en una tutela presentada por un ciudadano que alegó una vulneración de sus derechos a la libertad de conciencia y de cultos.El caso se remonta a la ceremonia de posesión realizada en Cali, donde se incluyó un espacio de “invocación y alabanza” con la participación de representantes de distintas confesiones religiosas. Entre ellos estuvieron el rabino David Michaan, el pastor Eduardo Cañas Estrada y el entonces presidente de la Conferencia Episcopal, monseñor Francisco Múnera. También hubo otros elementos de carácter religioso durante el acto. Estos hechos llevaron al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá a concluir, en primera instancia, que se había afectado el principio de neutralidad religiosa del Estado y a ordenar las disculpas públicas.La decisión de segunda instancia modificó ese escenario y dejó sin efecto la obligación de disculparse que había sido impuesta tanto a De La Espriella como al presidente del Congreso. De acuerdo con la información conocida sobre el fallo, el magistrado Manuel Eduardo Serrano aclaró su voto y sostuvo que una acción de tutela no puede obligar a un funcionario público a renunciar a sus propias creencias religiosas, retractarse de ellas o pedir disculpas por profesarlas. También cuestionó que se ordenara expedir una directiva presidencial sobre neutralidad religiosa, al considerar que ese deber ya está establecido directamente en la Constitución.Por su parte, la magistrada Marleny Rueda Olarte compartió el sentido de la decisión, aunque planteó una diferencia respecto de la forma de resolver el caso. Según la información conocida, consideró que la tutela debía declararse improcedente en lugar de negar las pretensiones.La controversia ya había generado una actuación pública por parte del mandatario. El pasado 30 de agosto, De La Espriella ofreció disculpas en una alocución presidencial en cumplimiento del fallo de primera instancia, aunque en esa intervención también defendió su derecho a profesar públicamente su fe católica y reiteró su compromiso con la libertad religiosa. Al cierre de ese mensaje expresó: “¡Que viva Cristo Rey!”.Con el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, las órdenes de primera instancia relacionadas específicamente con las disculpas por la ceremonia del 7 de agosto quedan revocadas. El expediente, no obstante, podría llegar eventualmente a la Corte Constitucional si es seleccionado para revisión.
MiLoto realiza este jueves 24 de septiembre de 2026 un nuevo sorteo, en el que los participantes buscan acertar la combinación de cinco números para acceder al premio mayor.Números ganadores de MiLoto de hoy jueves 24 de septiembre de 2026La combinación ganadora del sorteo de MiLoto de este jueves 24 de septiembre de 2026 es: Para esta jornada, el acumulado de MiLoto asciende a $150 millones. El resultado oficial permitirá conocer los números sorteados y el balance de ganadores en las diferentes categorías de aciertos.MiLoto es un juego en el que los participantes seleccionan una combinación de cinco números. La mecánica contempla premios para quienes acierten desde dos hasta los cinco números de la combinación sorteada.¿De cuánto es el acumulado de MiLoto?Para este jueves, 24 de septiembre de 2026, el acumulado de MiLoto es de $150 millones.Cuando no se registra un ganador en la categoría de cinco aciertos, el acumulado del premio mayor aumenta para la siguiente jornada, de acuerdo con la mecánica del juego.Los participantes pueden verificar sus tiquetes y comparar los números registrados con los resultados oficiales antes de reclamar cualquier premio.
La Lotería del Quindío realizó el sorteo número 3016 en la noche del jueves 24 de septiembre de 2026. El número ganador del premio mayor fue el XXXX, de la serie XXX.Premios secos de la Lotería del QuindíoEstos fueron los números ganadores de los premios secos correspondientes al sorteo del jueves 24 de septiembre:Además del premio principal, el sorteo incluyó diferentes premios secos de $200 millones, $100 millones, $50 millones, $40 millones, $30 millones, $20 millones y $10 millones.¿Cuándo juega la Lotería del Quindío?La Lotería del Quindío realiza sus sorteos todos los jueves a las 10:30 p. m. En cada jornada se conocen los números ganadores del premio mayor y de los diferentes premios secos contemplados en el plan de premios.Para confirmar un resultado, los jugadores deben consultar los canales oficiales y las transmisiones autorizadas de la lotería y revisar cuidadosamente tanto el número como la serie del billete.¿Cómo jugar la Lotería del Quindío?Para participar en los sorteos de la Lotería del Quindío, se deben tener en cuenta estos pasos:Elegir el número: se selecciona un número de cuatro cifras junto con una serie autorizada.Comprar el billete: puede adquirirse físicamente con un lotero, en puntos autorizados de Gana/Paga Todo o mediante los canales digitales oficiales de la Lotería del Quindío.Comprar una fracción: cada billete está dividido en varias fracciones. Es posible adquirir el billete completo o una fracción, teniendo en cuenta que el valor del premio corresponde proporcionalmente a la participación adquirida.