El Tribunal Superior de Cundinamarca confirmó la decisión que negó la solicitud de preclusión presentada por la Fiscalía General de la Nación y ordenó continuar con las investigaciones para esclarecer las circunstancias que rodearon la muerte del exauditor de la Ruta del Sol II, Jorge Enrique Pizano Callejas, así como el fallecimiento de su hijo, Alejandro Pizano, ocurridos en noviembre de 2018.De acuerdo con el expediente, el 8 de noviembre de 2018, hacia las 7:30 de la mañana, Jorge Enrique Pizano fue encontrado inconsciente por su esposa en el baño de la habitación principal de la finca El Ático, en Subachoque (Cundinamarca). Aunque fue trasladado al centro de salud del municipio, ingresó sin signos vitales.Tres días después, el 11 de noviembre de 2018, su hijo Alejandro Pizano falleció en el mismo inmueble luego de ingerir el contenido de una botella de agua saborizada a la que se le había agregado cianuro. La Fiscalía sostuvo que Jorge Enrique Pizano murió por causas naturales, producto de una afección cardíaca asociada a patologías preexistentes, antes de que pudiera concretar un supuesto propósito de quitarse la vida mediante la ingestión de una mezcla de agua con cianuro que, según esa hipótesis, él mismo habría preparado en una botella. Bajo esa misma teoría, el ente acusador concluyó que la muerte de Alejandro Pizano obedeció a la ingesta accidental de ese contenido y atribuyó al padre la creación del riesgo que desencadenó el desenlace fatal.Sin embargo, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Funza negó la solicitud de preclusión mediante decisión del 8 de marzo de 2024, determinación que fue apelada por la Fiscalía y ahora confirmada por el Tribunal Superior de Cundinamarca.En la providencia, el Tribunal concluyó que la Fiscalía presentó “asertos que carecen de la acreditación requerida para disponer la preclusión de la investigación que postula, sin desarrollar a plenitud la función constitucional que le asiste de adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito”.Asimismo, precisó que la existencia de una enfermedad cardíaca previa no permite establecer de manera concluyente la causa del fallecimiento del exauditor. En ese sentido, señaló que “aunque la autopsia clínica acredita la existencia de una enfermedad cardíaca preexistente, no demuestra que fuera la causa de muerte de Pizano Callejas, luego, la Fiscalía tampoco puede proponerlo como hecho irrefutable funcional a su postulación”. El Tribunal también encontró inconsistencias y vacíos en varios testimonios recopilados durante la investigación. Según el fallo, los declarantes coincidieron en que la finca El Ático no era un lugar de acceso exclusivo, ya que varias personas tenían llaves del inmueble y era frecuente la presencia de trabajadores y terceros.Finalmente, el Tribunal advirtió que la investigación no ha descartado de manera suficiente otras hipótesis sobre las muertes de Jorge Enrique Pizano y su hijo. En la decisión concluyó que “aunque existen elementos que podrían ser compatibles con distintas teorías, entre ellas el homicidio, suicidio o la muerte natural, ninguna ha sido demostrada conforme el estándar probatorio exigido”.La corporación agregó que tampoco se han explorado plenamente “hipótesis delictivas plausibles”, incluida una eventual relación entre ambos fallecimientos y el caso de los sobornos de Odebrecht, así como con sus posibles beneficiarios o con personas ya judicializadas y condenadas en Colombia o en el exterior.Por ello, el Tribunal determinó que la preclusión únicamente procede cuando existe ausencia de mérito para acusar, presupuesto que, según la decisión, no se configura en este caso debido a que persisten elementos que exigen profundizar la investigación penal sobre los hechos.
Un juez de Funza determinó que la investigación sobre la muerte de Alejandro Pizano, hijo de Jorge Enrique Pizano, testigo clave en el caso Odebrecht, no puede precluir. El juez ordenó a la Fiscalía que continúe con la investigación para establecer si las circunstancias de la muerte de ambos podrían ser atribuidas a un posible asesinato. Pizano denunció irregularidades y supuestos sobornos en la construcción de la Ruta del Sol II.También expresó que la conclusión de que Jorge Enrique Pizano falleció por causas naturales fue "apresurada". Argumentó que los profesionales de la salud encargados de la necropsia del testigo no exploraron otras teorías de muerte aparte de las causas naturales.Además, el juez fue contundente al señalar que la necropsia no despejó las sospechas que rodearon el caso. Señaló que el análisis toxicológico se realizó con muestras inadecuadas, que el informe médico legal no consideró todas las evidencias y que la botella incautada con cianuro tenía rastros de ADN, lo que sugiere la posibilidad de que esta botella haya sido dejada por otra persona, diferente a Jorge Enrique Pizano, en la finca donde padre e hijo perdieron la vida.En noviembre del año pasado la Procuraduría absolvió de cualquier responsabilidad disciplinaria al exdirector de Medicina Legal Carlos Valdés dentro de la investigación que buscaba establecer quienes fueron los funcionarios que determinaron que en el cuerpo de Jorge Enrique Pizano no se encontró cianuro. En el fallo de primera instancia de 90 páginas, el ente de control explicó que la decisión se tomó porque se encontró desvirtuado y no probado el cargo endilgado a Carlos Valdés, quien renunció a finales de diciembre de 2018 a la dirección de Medicina Legal, después de que afirmó que en el cuerpo de Pizano no había cianuro por los resultados de un rastro de sangre en una toalla que habría utilizado antes de morir; días después se conoció un informe de peritos que demostraban que la mancha en la tela era saliva.La Procuraduría aseguró que “como el análisis de los comportamientos censurados al disciplinado fueron encontrados por esta delegada como ajustados al derecho, debe estimarse que los mismo no desarrollan el incumplimiento del deber ni la incursión en la prohibición descritos en la decisión de cargos y, en dicho sentido, debe concluirse que los mismos resultan atípicos”.
La Procuraduría absolvió de cualquier responsabilidad disciplinaria al exdirector de Medicina Legal Carlos Valdés dentro de la investigación que buscaba establecer quienes fueron los funcionarios que determinaron que en el cuerpo de Jorge Enrique Pizano no se encontró cianuro. Pizano denunció irregularidades y supuestos sobornos en la construcción de la Ruta del Sol II.En el fallo de primera instancia de 90 páginas, el ente de control explicó que la decisión se tomó porque se encontró desvirtuado y no probado el cargo endilgado a Carlos Valdés, quien renunció a finales de diciembre de 2018 a la dirección de Medicina Legal, después de que afirmó que en el cuerpo de Pizano no había cianuro por los resultados de un rastro de sangre en una toalla que habría utilizado antes de morir; días después se conoció un informe de peritos que demostraban que la mancha en la tela era saliva.Hay que recordar que cuatro días después de la muerte de Pizano murió su hijo Alejandro, quien bebió una botella con agua saborizada que estaba en el escritorio de su padre y que, según Medicina Legal, contenía cianuro.La Procuraduría aseguró que “como el análisis de los comportamientos censurados al disciplinado fueron encontrados por esta delegada como ajustados al derecho, debe estimarse que los mismo no desarrollan el incumplimiento del deber ni la incursión en la prohibición descritos en la decisión de cargos y, en dicho sentido, debe concluirse que los mismos resultan atípicos”.Por ese error de prueba, Valdés renunció al Instituto de Ciencias Forenses y la Procuraduría le puso la lupa al procedimiento para establecer la presencia de cianuro en el cuerpo de quien fuera el controller de la Ruta del Sol II, de hecho, hasta el propio sindicato de Medicina Legal cuestionó en ese entonces el dictamen.Le puede interesar:
A pocos días de finalizar el gobierno del presidente Gustavo Petro, continúa la controversia por varios nombramientos en notarías del país, firmados por la ministra de Justicia (E), Cielo Rusinque, quien además ejerce como superintendente de Industria y Comercio. La discusión se centra en designaciones realizadas bajo la figura de interinidad, mecanismo que permite ocupar temporalmente una notaría vacante cuando el cargo no puede proveerse mediante concurso o lista de elegibles, con el propósito de garantizar la continuidad del servicio.Uno de los casos que ha generado cuestionamientos corresponde a la Notaría 61 de Bogotá, donde fue designado el abogado José Gregorio Beltrán Pérez, quien ocupará la vacante dejada por Pablo Méndez Barajas y actualmente designada en encargo a la notaria Oriana Ospina.El documento lo justifica por la ausencia de una lista de 2016 con elegibles vigentes, la cual caducó en julio de 2018. "Que la lista definitiva de elegibles aprobada mediante Acuerdo 026 de 2016 en el marco del concurso de méritos público y abierto para el ingreso a la carrera notarial convocado con el Acuerdo 001 de 2015, ambos expedidos por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, estuvo vigente hasta el 3 de julio de 2018”,.Abogados consultores cercanos a los procesos notariales denuncian que estos nombramientos podrían desconocer los principios que rigen el acceso a las notarías, al explicar que los notarios no son funcionarios de libre nombramiento y remoción del Ejecutivo y que, por mandato constitucional, estos cargos deben ser ocupados mediante concurso de méritos. Señalan que la intervención del Gobierno Nacional únicamente procede de manera excepcional cuando existe un vacío que pueda afectar la continuidad del servicio.Los expertos cuestionan que, en el caso de la Notaría 61, no existiría una interrupción en la prestación del servicio que justificara un nombramiento en interinidad. Según explican, la notaría venía funcionando con normalidad y no se presentaban circunstancias que hicieran necesaria una designación excepcional por parte del Gobierno.Adicionalmente, quienes han denunciado la situación sostienen que la funcionaria que venía ejerciendo la labor notarial es madre cabeza de familia y tendría una condición que la convierte en sujeto de especial protección constitucional.La rapidez con la que se han expedido estos actos administrativos ha llamado la atención debido a la cercanía del cambio de gobierno entre Gustavo Petro y el presidente electo Abelardo De La Espriella, en medio de un ambiente de cuestionamientos sobre decisiones adoptadas en los últimos días de la actual administración.La polémica por los nombramientos en notarías ya había generado consecuencias dentro del Gobierno. Uno de los episodios más relevantes fue la salida del entonces ministro de Justicia, Iván Cuervo, quien manifestó públicamente su desacuerdo con que la Presidencia mantenga injerencia para designar notarios y propuso trasladar esa competencia a un órgano colegiado, con el fin de garantizar mayor independencia y transparencia en estos procesos.
Autoridades capturaron a dos presuntos homicidas en Medellín: uno de ellos habría asesinado a su pareja en San Antonio de Prado. De acuerdo con la Policía y la Fiscalía, con las capturas se aclaran dos asesinatos ocurridos en el Área Metropolitana.En el primer caso, la víctima fue Walter Eduardo Sánchez Villada. Su crimen se produjo en el sector de Lovaina. Su asesino, según las autoridades, luego de haber cometido el crimen ocultó el cuerpo de la víctima y posteriormente lo abandonó en vía pública para intentar dificultar la acción de las autoridades. El secretario de Seguridad y Convivencia de Medellín, Manuel Villa, señaló que el crimen fue esclarecido en menos de 50 horas: “Hoy esta persona ya está capturada, fue puesta a disposición de la justicia y se encuentra en donde tendría que estar siempre, en una cárcel”, aseguró el funcionario.Además, en un segundo operativo, las autoridades capturaron en flagrancia, en el corregimiento San Antonio de Prado, a un hombre señalado de su presunta participación en la muerte de una mujer de 21 años dentro de una vivienda. “La rápida reacción de la policía, luego de una llamada al 123, permitió atender el caso, asegurar el lugar de los hechos, capturar al responsable e incautar el arma de fuego con la que habría asesinado a esta mujer”, señaló el secretario Villa.En lo corrido de 2026, más de 140 presuntos homicidas han sido capturados y la ciudad registra una reducción del 24 % en los homicidios frente al mismo periodo del año anterior.
El año 2026 ha estado marcado por varios hechos lamentables en los que la fuerza de la naturaleza ha golpeado a distintos países, dejando miles de muertos y heridos.Durante la temporada de mitad de año, varios sismos superiores a 7,0 en la escala de Richter han sacudido países de Europa, Asia y América, generando preocupación a nivel mundial. A esto se suma la alerta por la ola de calor que afecta a naciones como España y Francia.De hecho, el más reciente ocurrió este martes 28 de julio en la prefectura de Kumamoto, en Japón, donde el sismo ya deja varios heridos y daños en la infraestructura, entre ellos el colapso de techos de viviendas por la fuerza del movimiento telúrico.¿Cuáles han sido los sismos más fuertes de 2026?Filipinas (7 de junio): fue el sismo de mayor magnitud registrado en lo corrido del año. El terremoto de 7,8, con epicentro en Mindanao, dejó cerca de 107 muertos y más de 1.300 heridos, además de alertas de tsunami y graves daños en la infraestructura de la ciudad filipina.Venezuela (24 de junio): este ha sido el sismo con mayor impacto tanto en infraestructura como en número de víctimas mortales.El epicentro se ubicó entre las costas de La Guaira y Yaracuy. El doble sismo de magnitudes 7,5 y 7,2 se convirtió en la tragedia más mortífera del año, con más de 5.200 fallecidos, además de miles de heridos, damnificados y edificios completamente destruidos.La catástrofe, ocurrida hace más de un mes, continúa generando preocupación en la región por el elevado número de víctimas y las consecuencias que aún enfrentan las comunidades afectadas.Indonesia (1 de abril): el sismo de magnitud 7,4 tuvo como epicentro la costa de las Molucas Septentrionales y dejó un fallecido y decenas de personas lesionadas.Japón (20 de abril y 28 de julio): hasta el momento, Japón ha enfrentado dos episodios sísmicos. El primero ocurrió en abril, en Iwate, con una magnitud de 7,4. Gracias a la profundidad del evento, no dejó víctimas fatales.Sin embargo, este 28 de julio, en la isla de Kyushu, un sismo de magnitud 7,1 encendió las alertas durante la madrugada debido a las afectaciones registradas en la infraestructura de Kumamoto, entre ellas colapsos parciales y decenas de heridos.México (17 de julio): en plena temporada mundialista, Chiapas vivió un fuerte sismo de magnitud 7,3 que, aunque no dejó víctimas fatales, sí ocasionó daños materiales en la zona costera.
Desde Ibagué, el presidente electo Abelardo De La Espriella lanzó un contundente ultimátum dirigido a las estructuras de las disidencias de las FARC que operan en el departamento del Tolima.El mandatario electo advirtió a los principales cabecillas de la facción de alias 'Iván Mordisco' que tienen un plazo de diez días para someterse ante la justicia colombiana.De no concretarse su entrega, aseguró que las Fuerzas Militares y la Policía procederán a dar los resultados operacionales en el marco de la ley."Aprovechar los micrófonos de todos ustedes para hacer un aviso parroquial o un clasificado, si se quiere, para los delincuentes, bandidos, narcoterroristas y miserables que tienen azotado a este gran departamento. Tienen 10 días para entregarse. Si no se someten, van a ser dados de baja como en derecho corresponde y se van a acordar de mí", declaró De La Espriella.En su pronunciamiento, el presidente electo individualizó a los jefes de la estructura criminal del Grupo Armado Organizado Residuo (GAOR) con presencia en el territorio tolimense.Entre los criminales señalados directamente por De La Espriella se encuentran:Alias 'Chapolo'Alias 'Bleiner' o 'El Viejo'Alias 'El Enfermero'Alias 'Piolín'Estas personas son identificadas por las autoridades de la región como los principales responsables de extorsiones a comerciantes, narcotráfico y hechos violatorios del orden público en los municipios del Tolima.
Los habitantes y autoridades de los municipios ubicados al norte del Valle de Aburrá, norte y Nordeste de Antioquia, expresaron preocupación, por el anuncio de la Clínica del Norte de suspender desde el próximo 14 de agosto, los servicios de urgencias de alta complejidad.Esto quiere decir, que si una persona está grave por enfermedad, un accidente de tránsito y demás, deberá buscar atención médica en un centro hospitalario de Medellín, lo que aumenta el riesgo de vida para las personas que viven en esas tres subregiones del departamento.La gravedad de la situación radica en que esta institución de salud, que es la única en Bello con la capacidad operativa para atender emergencias de alto nivel, ya que los demás centros médicos del municipio solo prestan atención básica.A través de un comunicado firmado por su representante legal, Esteban Guerra Henao, la entidad informó que la medida se adopta debido a una crisis financiera provocada por una cartera pendiente que supera los 107.000 millones de pesos por parte de la Nueva EPS, Savia Salud, Coosalud y el ADRES.La administración municipal aseguró que por tratarse de un establecimiento privado, carece de la facultad legal para asignar fondos directos.Además, la otra preocupación es que toda la atención recaería sobre el Hospital Marco Fidel Suárez, que hoy, se encuentra casi que colapsada su atención. "Ahora, con lo que manifiesta la Clínica del Norte, nosotros también estamos con preocupación por lo que se pueda presentar y por la alta demanda, porque nos volvemos casi el único receptor de todo el norte del departamento. Estamos mirando acciones, cómo y cómo vamos a hacer para intervenir y para poder soportar toda la cantidad de usuarios que se acercan al hospital Marco Fidel Suárez", afirmó Julian Pineda, gerente del Hospital Marco Fidel Suarez.La Gobernación de Antioquia reiteró que por la falta de pagos desde las EPS y el Gobierno Nacional, ha provocado el cierre definitivo de 1.787 servicios de salud en el departamento.