El presidente Gustavo Petro reveló las causas por las que su nuera, Laura Ojeda, no pudo asistir a la audiencia de imputación de cargos por presunta violación de datos personales contra Day Vásquez. El aplazamiento despertó varios cuestionamientos, a lo que el presidente respondió vía X que esto obedece a un aborto, del que, por cierto, culpa a la Fiscalía y a la prensa. Para el pasado 12 de mayo estaba prevista la audiencia de imputación de cargos contra Laura Ojeda, sin embargo, la diligencia quedó postergada hasta nueva orden por una incapacidad médica por siete días, presentada por la pareja de Nicolás Petro.Durante la audiencia no se dieron detalles de la razón de esta incapacidad, sin embargo, ante las críticas del por qué este segundo aplazamiento, el presidente Gustavo Petro se pronunció en su cuenta de X y aseguró que Ojeda acaba de sufrir un aborto. Textualmente, Petro dijo lo siguiente:"Acabo de perder a un nieto por la barbarie de una Fiscalía política y la codicia de los dueños de la prensa tradicional enormemente codiciosos. A Laura Ojeda la quiere meter presa una fiscal que nos odia y procura hacer el mayor daño, heredera del fiscal Burgos. La fiscal general la protege a pesar que sabe que no hace justicia independiente".Insistió en que "la presión ejercida por la Fiscalía política y la prensa oligarquica le ha provocado el aborto".Respuesta de Day VásquezMinutos después, no tardó en responder Day Vásquez, exesposa de Nicolás Petro, asegurando que "los procesos deben ser respetados", aunque, "por supuesto que se lamenta lo de la pérdida". Sin embargo, sostuvo que ella también padeció esas pérdidas, que fueron "varias", "dos de ellas provocadas precisamente por su hijo Nicolás".Y es que este nuevo proceso que se abrirá contra Laura Ojeda tiene que ver con Day Vásquez, pues justamente Ojeda será imputada por la Fiscalía, que, a su vez, solicitará medida de aseguramiento en su contra por el presunto delito de violación de datos personales que habría cometido en contra de Daysuris Vásquez, teniendo en cuenta las evidencias halladas en el celular de Ojeda, que apuntan a que ella habría clonado el teléfono de Vásquez.Vale recordar que, a su vez, Day Vásquez está acusada por presunta violación de datos personales contra Laura Ojeda, pues esta última la denunció por supuestamente haber hackeado sus cuentas electrónicas y mensajes del celular. Esto, a partir del supuesto pago a un tercero para que se encargara de interceptar las comunicaciones de Ojeda y de su amiga Génesis Leal.
El próximo 12 de mayo a las 11:00 de la mañana, la pareja de Nicolás Petro Burgos, Laura Ojeda, deberá comparecer ante un juzgado de Barranquilla para atender la imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento que la Fiscalía presentará en contra de ella.Ojeda será procesada por el presunto delito de violación de datos personales que habría cometido en contra de Daysuris Vásquez, ex esposa del hijo mayor del Presidente y principal testigo en el caso que se le sigue a Petro Burgos.Justamente, esta imputación da un importante vuelco al proceso que cursa en contra de Nicolás hace tres años, pues ahora su actual pareja también pasa a ser procesada, mientras que su ex, Day Vásquez, se convierte en víctima.Se espera que la próxima semana la Fiscalía revele detalles sobre esta nueva investigación; sin embargo, de manera preliminar ha trascendido que este proceso surge a partir de las evidencias halladas en el celular de Ojeda, luego de que su dispositivo móvil fue incautado durante el operativo de captura de Nicolás, en julio de 2023.En el celular incautado, el ente acusador habría encontrado pruebas que apuntan a que Ojeda habría clonado el teléfono de Day, lo que constituye el mencionado delito a imputar.Vale recordar que, a su vez, Day Vásquez está acusada por presunta violación de datos personales contra Laura Ojeda, pues esta última la denunció por supuestamente haber hackeado sus cuentas electrónicas y mensajes del celular. Esto, a partir del supuesto pago a un tercero para que se encargara de interceptar las comunicaciones de Ojeda y de su amiga Génesis Leal.
Una mañana de intervención ininterrumpida ha tenido el abogado Alejandro Carranza, donde durante 3 horas y media ha estado alegando sobre las pruebas que, en su criterio, deben ser excluidas del juicio que está próximo a iniciar contra Nicolás Petro por lavado de activos y enriquecimiento ilícito.Entre estas, se destaca la solicitud de que sean excluidas del juicio todas las pruebas recolectadas durante la captura del hijo del presidente, ocurrida en julio de 2023 en Barranquilla, por considerar que este procedimiento fue ilegítimo ante la vulneración de derechos humanos que fue cometida contra Laura Ojeda, quien tenía ocho meses de embarazo al momento del procedimiento.El abogado alega que el procedimiento violentó los derechos de Ojeda, siendo que ella fue grabada desnuda en su cama y no fue respetada para que pudiera vestirse. “La filmaron y la humillaron”, dijo Carranza.Pidió al juez Hugo Carbonó que aplicara el enfoque de protección reforzada a mujer embarazada y que no “se premiara” a la Fiscalía al darle validez a lo obtenido durante un procedimiento en el que se habría aplicado constreñimiento.“Como se le pedí en la exclusión, que aplique el enfoque de protección reforzada a la mujer embarazada. Le pido su señoría, el debido proceso y la garantía constitucional. No se puede premiar ni privilegiar a la Fiscalía con esto, no se puede permitir en Colombia el abuso de los derechos humanos para obtener pruebas”, señaló el abogado.En aquel momento fueron incautados $25 millones en efectivo, un computador y el celular de Laura Ojeda, el cual, en consecuencia, piden que también sea excluido del juicio como prueba.Además, el abogado Alejandro Carranza denunció que se perdió la cadena de custodia en el manejo del celular de Daysuris Vásquez, siendo que esta tenía dos celulares al momento de la incautación, pero ella pidió permiso para realizar un traspaso de información antes de entregarlo, lo que habría implicado manipulación en el manejo de la prueba por parte de la testigo, pues ella al final solo entregó un celular de los dos que tenía. Por lo que insiste en que esta prueba sea excluida en el proceso.“Le dice al Fiscal Barahona que va trasladar información de un celular a otro, y que ya le había entregado a la revista Semana. Pregunta esta defensa, ¿dónde quedó la constancia de que el celular no había sido manipulado entre el traslado de la información del celular inicial y la entrega del otro aparato a la Fiscalía?”, manifestó Alejandro Carranza.
El proceso judicial contra Nicolás Petro Burgos, hijo del presidente Gustavo Petro, avanza lentamente en la fase de audiencias preparatorias, un año después de que su expareja, Day Vásquez, "prendiera el ventilador" y destapara una presunta trama de ingreso irregular de dinero a la campaña presidencial de 2022. Este capital, que se habría desviado para lujos e inmuebles personales de Petro Burgos, sigue siendo el centro de un escrutinio público y judicial que no se detiene. Alait Freja Calao, abogado de Day Vásquez, entregó detalles en Mañanas Blu 10:30 sobre el estado actual del caso, el rol de su cliente, la cadena de custodia de las pruebas clave y las preocupantes amenazas que ella ha recibido.ProcesoEl corazón del proceso contra Nicolás Petro se encuentra actualmente en la fase de audiencia preparatoria, un momento crítico donde se define qué pruebas serán válidas para el eventual juicio oral. Explicó con precisión la situación jurídica: "actualmente se encuentran en la audiencia preparatoria y especialmente está la defensa de Nicolás solicitando rechazo, inadmisión y exclusión de las pruebas que solicitó en su momento la Fiscalía". Esta etapa es fundamental, ya que el juez deberá determinar qué elementos probatorios serán admitidos para cada una de las partes –tanto la defensa como la Fiscalía– y cuáles serán rechazados, inadmitidos o excluidos del proceso.El abogado subrayó que la defensa de Nicolás Petro está empleando todos los mecanismos legales para cuestionar el acervo probatorio presentado por el ente acusador. Una vez que la defensa concluya con estas solicitudes, el juez se pronunciará para decidir sobre la admisibilidad de las pruebas. "Una vez termine la defensa con ese con esas solicitudes vendrán el pronunciamiento del juez para decidir qué pruebas decreta a favor de cada una de las partes, qué prueba decretare la defensa, qué pruebas decreta la Fiscalía. Así también se pronunciará sobre qué pruebas rechaza, qué pruebas inadmite y qué pruebas excluye de cada una de esas partes. En eso está en el momento procesal ese proceso", detalló.Seguridad de Day VásquezUn punto de preocupación para la defensa de Day Vásquez es la situación de seguridad de su cliente, quien ha sido objeto de amenazas constantes. "Respecto a eso sí ha recibido amenazas y en varias ocasiones y desde hace más de un año que le fue retirado su esquema de seguridad tanto de presidencia como de la fiscalía en específicamente por la Unidad de Protección de Testigos", reveló. A pesar de múltiples solicitudes, este esquema de seguridad no ha sido restablecido.El caso contra Nicolás Petro cobró relevancia cuando Day Vásquez, su expareja, decidió colaborar con la justicia, convirtiéndose en un pilar fundamental para la Fiscalía. Ala Freja Calao confirmó el rol de su defendida: "soy abogado de Da Vázquez y Day Vázquez en ese proceso tiene la condición de testigo de cargo". Esta condición no es fortuita; se le concedió un mecanismo legal para su colaboración. "A ella se le concedió el mecanismo de principio de oportunidad bajo la modalidad de suspensión a cambio de que ella se convierta en testigo de cargo en contra de Nicolás, testigo de cargo que lo hará en el momento procesal de la audiencia de juicio oral", afirmó.La principal contribución de Day Vásquez al proceso ha sido la entrega voluntaria de su dispositivo móvil, que contenía la información crucial que dio origen a la investigación. "Hay momentos cuando de manera voluntaria ella formula la denuncia y hace entrega de ese dispositivo móvil y a través de un acto de investigación de extracción que se hace de toda la información", relató. La Fiscalía, según el abogado, ha ofrecido "medidas tibias de seguridad como cambiar de domicilio... y todo eso conlleva de que tiene que abandonar su núcleo familiar, sus razones laborales y entonces tras toca otros derechos de mayores". Ante esta respuesta insatisfactoria, Day Vásquez ha tenido que tomar sus propias precauciones, lo que ha "mancillado su derecho de la libertad de locomoción porque únicamente sale para las situaciones extremamente necesarias".Las amenazas han sido concretas y variadas, incluyendo "vía telefónica, mandaron audios y hubo otra donde una persona llega al edificio donde ella reside y con su trabajadora de servicio doméstico la llamada y le gritaba". Estos incidentes, que ocurrieron hace más de un mes, ya han sido puestos en conocimiento de las autoridades. La ausencia de protección es un hecho desde hace más de un año. Enfatizó que, por ley, la Unidad de Protección de Testigos adscrita a la Fiscalía General de la Nación es quien debe asumir la seguridad de un testigo de cargo. De manera "coyuntural", el retiro del servicio de protección coincidió con "la nueva administración de la Fiscalía".Escuche aquí la entrevista:
La fiscal Lucy Laborde terminó su intervención en la audiencia preparatoria de juicio contra Nicolás Petro Burgos, pidiéndole al juez que excluya entre las pruebas de la defensa un dictamen de mendacidad crónica sobre Day Vásquez y daños causados a Petro Burgos y su actual pareja, Laura Ojeda.Según la defensa del hijo mayor del presidente, este dictamen busca analizar la credibilidad de Vásquez, sin embargo, la fiscal consideró que esto constituye una violación a la Ley por posible “discriminación de género”, ya que “produce el estereotipo de que las mujeres son menos creíbles”.Ante esto, la defensa de Nicolás Petro intervino y aseguró que ese dictamen “nada tiene que ver con el género”, mientras que el juez reconoció que el término ‘mendacidad’ “no es una palabra ofensiva” y pidió a la Fiscalía y al abogado defensor no estancarse en este "debate innecesario"; de modo que la audiencia avanzó y, después de varios días de intervención, el ente acusador terminó de nombrar las pruebas que considera que deben ser excluidas del juicio de Nicolás Petro, acusado de enriquecimiento ilícito y lavado de activos.Luego, el turno le correspondió al Ministerio Público, quien empezó pidiendo que no sean admitidas como pruebas de la defensa las entrevistas concedidas por el exfiscal Francisco Barbosa y por Day Vásquez a medios de comunicación, ya que estos elementos fueron presentados por el abogado defensor de manera extemporánea, es decir, por fuera del plazo permitido.La representante de la Procuraduría también pide que se rechace como prueba las declaraciones que rindió Laura Ojeda en una audiencia pública, con las cuales la defensa de Nicolás Petro busca impugnar la credibilidad de Day Vásquez. Solicita su rechazo por descubrimiento extemporáneo, es decir, porque la defensa no presentó esta prueba dentro de los tiempos estipulados por Ley.Después de dos consecutivos de audiencia, la diligencia fue suspendida y continuará el próximo 30 de julio a las 8:30 de la mañana.
A Dayssuris Vásquez le acaban de notificar por parte de la Fiscalía el escrito de acusación en su contra por presunta violación de datos personales contra Laura Ojeda. La exesposa de Nicolás Petro deberá ir a audiencia el próximo 14 de mayo tras el llamado a juicio que realizó la FiscalíaLa notificación se da luego de año y medio de haber sido realizada la imputación de cargos, tiempo en el que según expuso la Fiscalía en el escrito de acusación, recopiló materiales probatorios y evidencia con la que "se puede afirmar con probabilidad de verdad, que la señora Dayssuris del Carmen Vásquez es, a título de dolor, autor del delito". Para esto se tendrá en cuenta el testimonio de cinco peritos que se encargaron de la realización de informes y las declaraciones de tres personas más, entre las que se encuentra la acusada Dayssuris Vásquez, Pura Inés Racedo Varela y Génesis Leal Olave. Para Alejandro Carranza, abogado de Nicolás Petro y Laura Ojeda, es cuestionable por qué hasta ahora llega esta citación, después de tanto tiempo, lo que para él sería resultado de un posible sesgo institucional, pues si bien Vásquez tiene un principio de oportunidad con la Fiscalía, esto cobija los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito, más no el de violación de datos personales. "¿Por qué no se hizo la acusación si el principio de oportunidad no le daba inmunidad frente a esa conducta? Eso es lo que venimos denunciando. Desengavetaron de donde tenían el proceso y ahora sí pidieron la audiencia para algo que debió ser hace dos años", manifiesta Carranza. Es de recordar que este caso se remonta a una denuncia de Ojeda contra Vásquez por esta haber supuestamente hackeado sus cuentas electrónicas y mensajes del celular. Esto, a partir del supuesto pago a un tercero para que se encargara de interceptar las comunicaciones de Ojeda y de su amiga Génesis Leal. De ser hallada responsable de este delito, Vásquez podría pagar una condena entre 48 y 96 meses de prisión. Principio de oportunidadRecientemente, la defensa de Nicolás Petro solicitó a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá una urgente revisión al principio de oportunidad entre Vásquez y la Fiscalía, que fue legalizado en febrero de 2024 y que, según este, no se estaría cumpliendo en su totalidad por cuenta de que no habría entregado a la justicia un carro Mercedes Benz y una finca ubicada en Tubará, Atlántico. Ante esto, llama la atención la publicación de un trino que realizó Vásquez en su cuenta de X, posterior al anuncio de que entregará estos bienes, en los que acusó a Nicolás de tener en su poder una camioneta. "También deben saber que el señor Nicolás Petro Burgos y su primo Camilo Burgos, se quedaron con una camioneta Toyota Rav4 de mi propiedad, nunca entregaron el dinero que fue pactado, están los chats y audios", publicó en su cuenta de X. Sin embargo, este fue posteriormente eliminado.
La tarde de este viernes, el abogado Alejandro Carranza continuó exponiendo los elementos probatorios que busca que le sean avalados por el juez de conocimiento Hugo Carbonó, para sustentar en juicio la defensa de Nicolás Petro.Así, el abogado solicitó que se acepte como prueba el interrogatorio que rindió el acusado en agosto de 2023 y en el que este niega haber adquirido un vehículo Mercedes Benz, como se ha mencionado en el proceso, y también “niega haber comprado un inmueble en La Herradura, pues no firmó documentos, no aportó dineros y no tuvo interés en formalizar esa compra”. En su testimonio, dice la defensa, Nicolás manifiesta que la investigación fue direccionada hacia él por razones políticas."La Fiscalía no puede descontextualizar las respuestas del indiciado, ignorando las partes que sí lo favorecían. Esta prueba es útil y le permitirá contradecir la narrativa de ocultamiento y simulación de bienes, es decir, aquí hay una ausencia de dolo clara y una ausencia de voluntad criminal, así que esta prueba le permitirá impugnar la hipótesis del dominio sobre los bienes, introducir prueba directa de que Nicolás no adquirió, invirtió ni ocultó recursos ilícitos", dijo Carranza.El abogado de Nicolás Petro solicitó, además, que le avalen como prueba para su defensa la declaración jurada que rindió Day Vásquez el 27 de septiembre 2023, al considerar que este testimonio presenta “inconsistencias estructurales”. Dice Carranza que en su testimonio Day le atribuye a Nicolás bienes que no figuran a nombre de él y contradice versiones previas que ella había entregado."Es pertinente esta aclaración porque, lejos de fortalecer la acusación, es una prueba útil para la defensa al mostrar la inconsistencia interna en el relato de Day Vázquez, sus contradicciones con otros testigos como Blanca Gutiérrez o Pura Varela, y su reiterada omisión de detalles claves que la comprometería. Su análisis permite impugnar credibilidad, demostrar la debilidad estructural del testimonio central de la Fiscalía y evidenciar que su colaboración no satisface los criterios de verdad plena", sostuvo.Precisamente, la defensa también pidió admitir como prueba la declaración jurada de Laura Ojeda, actual pareja del acusado. Dice que en el juicio haría una lectura completa del testimonio, pues este “es relevante para cuestionar la legitimidad de la declaración de Day Vásquez”, testigo clave en el proceso.Carranza, además, incluyó en su solicitud probatoria una declaración jurada de Katia Burgos Burgos, madre de Nicolás, en la que ella testifica sobre el entorno familiar y económico del acusado.Incluso, pidió validar la declaración de Mariana Miranda Fuentes sobre el pago de servicios domésticos. Dice la defensa que su testimonio demostraría que hay “grandes contradicciones sobre el incremento patrimonial” de Nicolás, pues la testigo reconoce en su declaración que trabajó como empleada doméstica para Nicolás y Day, pero afirma que sus pagos no fueron permanentes ni cuantiosos y que no presenció ingresos distintos a los básicos de la familia.La audiencia preparatoria de juicio fue suspendida y continuará entre los próximos 21 y 23 de abril, a partir de las 8:30 de la mañana.
El celular personal de Nicolás Petro se habría convertido en la principal prueba de la Fiscalía en su contra, en medio de la investigación que le adelantan por presunto lavado de activos y enriquecimiento ilícito, por cuenta de conversaciones personales que habría sostenido con varias personas a través de la aplicación Whatsapp. De acuerdo con la fiscal Lucy Laborde, allí encontraron "abundante información" que será usada como pruebas para sustentar los delitos imputados, pues identificaron conversaciones claves con personas que hacen parte de la investigación y que han hecho parte de las etapas de entrevistas. "En la práctica de la prueba del juicio oral se demostrará cómo la información almacenada en el celular de Nicolás Petro Burgos se encuentra "abundante información" respecto de los delitos que le fueron endilgados por la Fiscalía de Lavado de activos y Enriquecimiento ilícito de servidor público. Toda vez que se encuentran comunicaciones vía Whatsapp que están relacionadas con esta investigación", expresó la representante del ente acusador. Esta información fue entregada en medio de la etapa de descripción de pruebas que se cumple en la audiencia preparatoria a juicio, la cual se ha extendido por más de cinco meses, teniendo en cuenta que este proceso tiene más de dos millones de pruebas. Según lo manifestado por Laborde, se mantuvo la cadena de custodia de estos materiales probatorios durante el proceso de investigación para la extracción de la información y el traslado de la misma.
El juez 14 Penal del Circuito de Barranquilla, Manuel López Noriega, confirmó este viernes la decisión de la juez Quinta Penal Municipal con Funciones de Conocimiento, Sandra Carbonel, que declaró a Laura Ojeda, actual pareja sentimental del hijo mayor del presidente de la República, Nicolás Petro, como víctima del delito de violación de datos personales.El fallo de segunda instancia se dio a conocer la tarde de este viernes al término de una audiencia celebrada, cuyos detalles fueron revelados por el portal de noticias barranquillero Zona Cero. Y es que, como se recordará, el proceso inició cuando Laura Ojeda denunció a Day Vásquez por la presunta comisión del delito de violación de datos personales.Así las cosas, la denuncia fue presentada –en su momento– ante la Juez Quinta Penal Municipal con Funciones de Conocimiento que otorgó la condición de víctima a Ojeda Estupiñán, en medio de una audiencia de formulación de acusación celebrada el pasado 21 de mayo de 2024.Sin embargo, pese a que la decisión fue apelada, la defensa de Laura Ojeda argumentó que la reconocida abogada barranquillera sí sufrió daños y perjuicios, tal como se establece en el artículo 132 del Código de Procedimiento Penal que tipifica el mencionado delito.Para entonces, la defensa de Ojeda presentó una “evaluación certificada por una psicóloga particular que confirma daños personales al sentirse perseguida, excluida y rechazada”. La jueza de primera instancia reconoció la condición de víctima de Ojeda, mientras que la defensa de Day Vásquez solicitó que fuera revocada.En este sentido, por reparto le correspondió al Juez 14 Penal del Circuito de Barranquilla, en fallo de segunda instancia, en medio de un previó análisis, quién afirmó que Laura Ojeda sí aportó justificación sobre los daños psicológicos que le ocasionó el hackeo, contrario a lo que adujo la defensa de Vásquez Castro. Finalmente, el togado confirmó el fallo de la jueza Sandra Carbonell, siendo que el juicio contra la exesposa del exdiputado del Atlántico, Nicolás Petro, debe continuar ante los estrados judiciales de Barranquilla.
Este jueves 13 de junio se realizará la audiencia de imputación de cargos contra Day Vásquez, la exesposa de Nicolás Petro Burgos, por violación de datos personales. La víctima es Génesis Leal, amiga de Laura Ojeda, actual pareja del hijo del presidente Gustavo Petro.El caso se originó cuando Day Vásquez habría pagado 20 millones de pesos para hackear a Génesis Leal y Laura Ojeda. Esta confirmación se produjo tras la denuncia de Leal, quien afirmó que sus comunicaciones privadas fueron interceptadas por dos agentes de la Dijín de la Policía, siguiendo recomendaciones de Vásquez, exesposa de Nicolás Petro.Leal denunció que, “entre los meses de diciembre y enero de 2023, obtuvo, a través de terceros y en provecho suyo, los datos de mi agenda telefónica de WhatsApp contenida en mi celular para la realización de un análisis link, ordenó la creación de un perfil con base en mis redes sociales y obtuvo información diversa que reposaba en mi equipo móvil”.Este escándalo se suma a los problemas legales de Day Vásquez. Aunque ya consiguió un principio de oportunidad que la libró de ser judicializada por los cargos de lavado de activos que la llevaron a ser capturada junto a Nicolás Petro en julio del 2023, el fiscal Mario Burgos, quien ha venido llevando el caso, afirmó que había otro hecho que debía investigarse: la violación de datos personales denunciada por Génesis Leal.En cuanto a Nicolás Petro, él está a la espera de que empiecen las audiencias preparatorias por presunto lavado de activos y enriquecimiento ilícito. Se le acusa de haber recibido y ocultado dineros que habrían entrado para la campaña presidencial de su padre, utilizando esos fondos para comprar propiedades.La situación de Nicolás Petro y Day Vásquez ha capturado la atención del país, destacando las conexiones y tensiones dentro del círculo cercano al presidente Gustavo Petro. La imputación de cargos contra Vásquez por violación de datos personales añade una nueva capa de complejidad a este ya polémico caso.
El Hospital Internacional de Colombia (HIC) incorporó las Meta Glasses, unos lentes inteligentes que permiten conectar en tiempo real al neurólogo con el equipo médico que atiende a un paciente con un posible ataque cerebrovascular (ACV).La herramienta busca reducir los tiempos de respuesta durante una emergencia en la que cada minuto puede ser determinante. A través de una cámara, micrófono y sistema de audio, el especialista puede observar desde un dispositivo móvil lo que ocurre frente al paciente y orientar al personal de urgencias durante la valoración.“Cuando se activa un código de ataque cerebrovascular y el neurólogo no está físicamente en la institución, las Meta Glasses nos permiten hacer una valoración directa del paciente de manera remota”, explicó el doctor Tony Álvarez, neurólogo líder del Centro de Excelencia en ACV del HIC.El procedimiento comienza cuando una persona llega al hospital con síntomas que podrían corresponder a un ACV. El equipo de urgencias activa el protocolo y, cuando es necesario, establece la comunicación con el neurólogo mediante los lentes.De esta manera, el especialista puede acompañar de forma remota la evaluación mientras el paciente avanza por las diferentes áreas de atención. La tecnología adquiere especial utilidad durante las noches y madrugadas, cuando el neurólogo puede iniciar el acompañamiento a distancia mientras se desplaza hacia la institución para realizar la valoración presencial.El HIC aclaró que las Meta Glasses no sustituyen la valoración neurológica presencial, sino que permiten adelantar el acompañamiento especializado y apoyar la toma de decisiones desde los primeros minutos de la emergencia.Según las cifras entregadas por el HIC, en Colombia se presentan aproximadamente 50.000 eventos cerebrovasculares cada año, asociados a cerca de 15.000 muertes.En el Hospital Internacional de Colombia se atienden entre 600 y 800 pacientes con enfermedades cerebrovasculares anualmente. Cerca del 80% corresponde a ACV isquémicos.El hospital cuenta además con un Centro de Excelencia en Ataque Cerebrovascular, integrado por profesionales de diferentes áreas que trabajan bajo un protocolo coordinado para responder a este tipo de emergencias.Entre los principales síntomas de un ACV están la dificultad repentina para hablar o entender, pérdida de fuerza en un lado del cuerpo, alteraciones de la visión, problemas para caminar o mantener el equilibrio y un dolor de cabeza intenso y súbito.Ante la aparición de estos signos, el llamado de los especialistas es actuar inmediatamente y acudir a un centro especializado, debido a que la rapidez en el diagnóstico y tratamiento puede ser determinante para el pronóstico del paciente.
La planta de importación de gas de Cartagena, Spec, sufrió un daño en uno de los 4 trenes de la unidad flotante FSRU.Como consecuencia, la capacidad de importación en Spec se reduce de unos 465 millones de pies cúbicos por día a unos 400, sin embargo, la infraestructura continuará operando."La Sociedad Portuaria El Cayao S.A. E.S.P. (SPEC LNG) informa que, como resultado de una condición operativa imprevista en la unidad flotante de almacenamiento y regasificación (FSRU, por sus siglas en inglés), se realizan trabajos correctivos en uno de sus cuatro trenes para restablecer plenamente su capacidad en los próximos siete días", señaló la compañía en un comunicado.El daño coincide con un momento en el que el país tiene poco margen de maniobra para atender sus propias necesidades de gas natural y de generación de energía eléctrica en medio del fenómeno de El Niño, y Spec es por ahora la única planta de importación de gas de importancia en operación.La planta de importación de gas de Cartagena fue construida para importar gas ocasionalmente, durante momentos como el fenómeno de El Niño, y su objetivo inicial era atender únicamente a las plantas de generación de energía térmica. El problema es que la producción de gas nacional de Colombia ha caído con fuerza desde 2024. El país necesita importar gas natural para atender la demanda de hogares, pequeños comercios y vehículos.Según el Gestor del Mercado del Gas, durante septiembre el país importó a través de la planta de Spec el 39% de su consumo total de gas natural. Pero esta cifra podría crecer incluso más si continúa la sequía y debe aumentar la generación de energía con gas.El análisis indica que, si no entran a operar los 3 nuevos proyectos de importación de gas natural, el país podría tener un faltante de hasta 46 GBTUD en marzo próximo.Los proyectos en construcción en la actualidad son Puerto Bahía, la regasificadora del Pacífico y la ampliación de la capacidad de Spec.
La Corte Constitucional le puso límites a la forma en que el Gobierno podrá calcular los recursos de la salud para 2027. Mediante el Auto 1302 del 22 de septiembre de 2026, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, integrada por los magistrados Vladimir Fernández Andrade, Miguel Polo Rosero y presidida por Carlos Camargo Assis, fijó parámetros preventivos y obligatorios para determinar la Unidad de Pago por Capitación (UPC).Por un lado, el Ministerio de Salud deberá corregir las deficiencias de información que han sido utilizadas para calcular la UPC y demostrar técnicamente que el valor de la prima es suficiente para cubrir las necesidades del sistema. La Corte también reiteró que la UPC integral del régimen subsidiado deberá ser, como mínimo, equivalente al 95% de la UPC integral del régimen contributivo, mientras no exista evidencia técnica suficiente que justifique una diferencia mayor.Además, al definir la UPC correspondiente a 2027, el Ministerio de Salud tendrá que aplicar los parámetros establecidos por la Corte y comunicar oportunamente a Hacienda cuáles son las necesidades de financiación que técnicamente determine. La decisión busca que el cálculo de la prima parta de las necesidades reales que deben ser financiadas y que estas sean conocidas con anticipación por la cartera encargada de la programación presupuestal.La Corte también fijó una fecha concreta para que el Ministerio de Salud explique cómo realizó todo el proceso. A más tardar el 15 de enero de 2027, deberá entregar a la Sala de Seguimiento un informe consolidado con las medidas adoptadas y los resultados obtenidos en la definición de la UPC de ese año.Ese informe deberá ser detallado. La cartera de Salud tendrá que explicar la calidad de la información utilizada, anexar la metodología aplicada, justificar técnicamente por qué el valor establecido para la UPC es suficiente y presentar información sobre el proceso de participación adelantado. De esta manera, la Corte no solo exige conocer el resultado final, sino también las razones técnicas que llevaron al Gobierno a establecerlo.La responsabilidad también recae sobre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La Corte reiteró la orden impartida en el Auto 007 de 2025 y posteriormente en el Auto 2049 de 2025 para garantizar los recursos necesarios destinados al cumplimiento de las órdenes vigésima primera y vigésima segunda de la Sentencia T-760 de 2008.Hacienda deberá, además, adoptar dentro de sus competencias las medidas presupuestales y financieras necesarias para garantizar la disponibilidad y el giro oportuno de los recursos requeridos para financiar la UPC de 2027. Para hacerlo, deberá tomar como fundamento las necesidades de financiación que sean determinadas técnicamente por el Ministerio de Salud.La Corte justificó su intervención por el deterioro en el acceso oportuno y continuo a los servicios de salud. La Sala registró un 18% de aumento en las tutelas de salud entre 2024 y 2025, de 265.000 a cerca de 312.500, con una concesión aproximada del 74,3% de los amparos.El proceso de definición de la UPC de 2027 queda así sometido a una ruta precisa de información, sustentación técnica, financiación y rendición de cuentas ante la Sala.
La retractación de David Murcia Guzmán ante la Fiscalía, en la que aseguró que sus señalamientos contra el presidente Abelardo De La Espriella estuvieron precedidos por expectativas relacionadas con una eventual designación como gestor de paz y la posibilidad de recuperar su libertad, abrió un nuevo capítulo sobre el uso de esta figura durante el anterior Gobierno.El tema fue analizado este jueves en Mañanas Blu, donde el periodista Felipe Zuleta aseguró que el caso de Murcia no sería, según su versión, un hecho aislado. Zuleta afirmó que durante el Gobierno de Gustavo Petro también se habría producido una gestión ante integrantes de grupos paramilitares con un propósito político.Felipe Zuleta habla de una supuesta gestión ante paramilitaresAl referirse a la carta enviada por Murcia a la Fiscalía, Zuleta dijo que no le sorprendía la retractación y recordó que el exdirector de DMG había manifestado que le ofrecieron la posibilidad de ser gestor de paz. A partir de ese episodio, el periodista aseguró que tenía conocimiento de otro caso que, según él, guardaría similitudes: “Sí señor, el presidente Petro también en su momento mandó a dos altos funcionarios del Gobierno a reunirse con los paramilitares”, afirmó Zuleta.Según su relato, esas reuniones se habrían producido en el contexto de lo que denominó el “cierre de Ralito” o cierre de las conversaciones con los paramilitares. Zuleta aseguró que la misión encomendada a esos funcionarios habría sido convencer a integrantes de esos grupos, a cambio de “prebendas”, para que hablaran del entonces candidato presidencial Abelardo De La Espriella y del expresidente Álvaro Uribe.El periodista agregó que tiene documentación relacionada con lo que estaba contando, aunque decidió reservar los nombres de las personas que, según su versión, habrían participado en esas gestiones.La relación con la figura de gestor de pazMurcia, quien permanece recluido en la cárcel de Palogordo, en Girón, Santander, envió una carta de cuatro páginas a la Fiscalía 63 Local de la Unidad de Conciliación Preprocesal. En ella se retractó de los señalamientos que había formulado en febrero contra De La Espriella, quien en ese momento era candidato presidencial. En el documento, Murcia explicó que sus declaraciones estuvieron precedidas por expectativas que, según afirmó, le fueron planteadas desde sectores cercanos al Gobierno nacional anterior y que estaban relacionadas con una eventual vinculación como gestor de paz y con la posibilidad de recuperar su libertad.En Mañanas Blu se planteó precisamente la pregunta sobre quién habría ofrecido esa posibilidad a Murcia y bajo qué condiciones. El periodista Felipe Zuleta sostuvo que el episodio debía analizarse dentro de un contexto más amplio y volvió a referirse a las supuestas reuniones con paramilitares.También mencionó a Angie Rodríguez, quien, según se recordó durante el programa, había hablado anteriormente sobre reuniones y gestiones relacionadas con este asunto. Zuleta afirmó que Rodríguez no se habría prestado para realizar la gestión que, según su versión, se buscaba adelantar.Zuleta también mencionó a Salvatore MancusoDurante la conversación, Zuleta y los periodistas de Mañanas Blu también hicieron referencia a Salvatore Mancuso. En particular, se mencionó una retractación relacionada con señalamientos contra Álvaro Uribe y con hechos como las masacres de El Aro y La Granja. El argumento planteado durante el programa fue que estos episodios tendrían elementos en común con la discusión sobre las declaraciones de Murcia y las gestiones que supuestamente se habrían realizado para obtener determinados testimonios.Zuleta afirmó que, según su versión, una de las razones por las que el Gobierno habría cuestionado a Angie Rodríguez estaría relacionada con que los paramilitares no terminaron hablando en contra de quienes se buscaba señalar. En ese punto, además de De La Espriella y Uribe, mencionó al exvicepresidente Germán Vargas Lleras como otro de los nombres que, según su relato, habría estado dentro de ese contexto.La carta de David Murcia está ahora en manos de la FiscalíaLa revelación de Zuleta se produce después de que Murcia presentara formalmente su retractación ante la Fiscalía. En el documento, el condenado por el caso DMG negó varias de las afirmaciones que había realizado en febrero contra De La Espriella. Entre ellas, aseguró que los honorarios pagados al entonces abogado correspondían a los servicios jurídicos prestados y negó que este se hubiera apropiado indebidamente de dinero.También negó haber recibido de De La Espriella propuestas para entregar dinero a congresistas o funcionarios públicos con el propósito de influir en un trámite legislativo. Murcia igualmente se retractó de la afirmación relacionada con unos supuestos 5.000 millones de pesos y negó que el padre de De La Espriella hubiera recibido beneficios o un nombramiento como notario a cambio de que el abogado abandonara su defensa.El caso se originó después de que De La Espriella presentara una querella por las declaraciones de Murcia en una entrevista del 12 de febrero de 2026. Ahora, la Fiscalía deberá establecer qué ocurrió y determinar el alcance de las afirmaciones contenidas en la nueva versión de Murcia.Detalles en el siguiente video:
El Juzgado 25 con Función de Conocimiento absolvió a Nelsy Tirado Chacón y Hernando Barón Ayala, quienes habían sido señalados por la Fiscalía de presuntamente colaborar en las exigencias económicas realizadas a integrantes de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) de la excongresista Tatiana Cabello Flórez Martínez.La investigación estaba relacionada con el proceso por el que la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a Cabello a 144 meses y un día de prisión, equivalentes a 12 años, por el delito de concusión en modalidad continuada y en concurso homogéneo.De acuerdo con esa investigación, la entonces congresista habría solicitado mensualmente a integrantes de su UTL la devolución de un porcentaje de sus salarios. Las personas identificadas como víctimas fueron Luisa Fernanda Puerto Vela, Lina Marcela García Pinto, Daniela Salazar Puerto y Sonia Astrid Blanco Reyes.Sin embargo, al analizar la situación particular de Tirado Chacón y Barón Ayala, el Juzgado 25 de Conocimiento concluyó que las pruebas practicadas no permitían establecer que hubieran realizado actos de constreñimiento, inducción o solicitud de dinero.La juez explicó que las funciones desempeñadas por ambos eran de carácter “secundario, secretariales, conducción y mensajería” y que no se acreditó que hubieran utilizado esas labores para generar una relación de superioridad o doblegar la voluntad de alguna de las víctimas.El despacho también analizó las transferencias de dinero que aparecen en el expediente. Sobre los 670.000 pesos enviados a la cuenta de Nelsy Tirado y los giros realizados a Hernando Barón, la juez señaló que “la mera recepción de dinero no configura el delito de concusión”.Según la decisión, las pruebas mostraron que la instrucción relacionada con la devolución de dinero provenía de un tercero, identificado en el proceso como la jefa, y no de una solicitud directa realizada por los dos procesados. Por esa razón, el juzgado consideró que la recepción material de los recursos no era suficiente para configurar el delito.En el caso de Tirado Chacón, la juez señaló que nunca realizó una exigencia económica verbal o escrita. De acuerdo con el análisis del testimonio, la iniciativa de enviar el dinero habría surgido de Lina García a través de WhatsApp y Tirado se habría limitado a suministrar los datos de su cuenta bancaria como canal receptor.Además, la juez indicó que la testigo había reconocido que la instrucción inicial de entregar un porcentaje de su salario le fue comunicada por Luisa Fernanda Puerto y no por los procesados. Frente a Barón Ayala, sostuvo que la testigo manifestó que este nunca le realizó constreñimiento, inducción o solicitud económica.El despacho también cuestionó aspectos del testimonio de Puerto. La juez habló de “inconsistencias y contradicciones esenciales” y señaló que la defensa la confrontó con un documento físico firmado por ella el 17 de agosto de 2017, en el que manifestó haber recibido siempre un trato respetuoso y negó que se le hubiera solicitado dinero.La decisión también indicó que durante el juicio se evidenciaron variaciones en sus declaraciones sobre el grado de conocimiento que Hernando Barón habría tenido respecto del origen de los dineros.Tras conocer la absolución, la defensa de Barón Ayala, encabezada por el abogado Juan Manuel Castellanos, destacó el resultado del proceso y afirmó “es una decisión acertada en derecho porque la Fiscalía General de la Nación no probó, y no tenía cómo probar alguna responsabilidad en contra del señor Barón Ayala.Es decir, no existían elementos materiales probatorios contundentes en su momento. Yo creo que, aprovechando la coyuntura del país, sí es necesario apoyar en este momento al ministro de justicia, pues, en punto de la eliminación de una audiencia de imputación, y precisamente este es el caso, porque una imputación que se realizó sin un solo elemento material probatorio, pero que sí daña la vida, no solamente del procesado, sino de la familia”Por otro lado, rechazó el principio de oportunidad de Luisa Fernanda Puerto “Yo creo que la Fiscalía se equivocó al otorgar un principio de oportunidad a la señora Luisa Fernanda Puerto. Gracias a ese principio de oportunidad, y creo que así lo determina la juez en un primer momento, es que ella tenía que involucrar a inocentes. Como abogado, sí tengo que rechazar esas presiones indebidas que se hacen para buscar principios de oportunidad e involucrar a terceras personas o personas cercanas para obtener beneficios e irse impunes”.