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Divorcios en Colombia: el nuevo castigo a pensionados infieles que se tramita en el Congreso

La iniciativa fue radicada en el Senado y busca crear una cuota de sostenimiento a cargo de la mesada del cónyuge culpable para proteger a quienes se dedicaron al trabajo del hogar.

Un juez podría ordenar a los fondos de pensión el descuento directo de la mesada en favor del cónyuge que se dedicó al hogar
Un juez podría ordenar a los fondos de pensión el descuento directo de la mesada en favor del cónyuge que se dedicó al hogar
Foto: Pexels

El Congreso de la República comenzó el trámite de un proyecto de ley que propone modificaciones en el régimen civil de los divorcios en Colombia.

La iniciativa contempla que un juez de la República ordene el pago de una cuota de sostenimiento de hasta el 50 % de la mesada pensional del cónyuge culpable a favor del cónyuge inocente.

El descuento aplicaría sobre pensiones de vejez, invalidez o asignaciones de retiro, y busca amparar a las personas que quedaron en desventaja económica tras años de dedicación al trabajo doméstico no remunerado.

¿En qué consiste la medida sobre la mesada pensional?

La propuesta legislativa no crea un nuevo tipo de pensión ni afecta los recursos del Estado.

En términos sencillos, el proyecto plantea un mecanismo de protección donde el cónyuge que provocó el divorcio comparte una parte de sus ingresos pensionales con su expareja.

Con la nueva causal incorporada, las razones legales para divorciarse en Colombia ahora son:
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Foto: AFP, imagen de referencia

El porcentaje del descuento, que no podrá superar la mitad del valor mensual del beneficio, será determinado por el juez encargado de resolver el proceso de divorcio según las pruebas del caso.

Requisitos para acceder a la cuota pensional tras el divorcio

La asignación de estos recursos no funcionará de forma automática. El proyecto estipula que el beneficiario deberá acreditar de manera obligatoria las siguientes condiciones:

  • Ausencia de culpa: no haber incurrido en ninguna de las causales de divorcio estipuladas en la ley.
  • Tiempo dedicado al hogar: haber permanecido mínimo 20 años dedicado a las labores domésticas o al cuidado de los hijos.
  • Falta de pensión propia: no haber realizado aportes suficientes para obtener una mesada o contar con una que resulte insuficiente.
  • Límite de ingresos: no percibir rentas, ayudas o ingresos superiores a un salario mínimo mensual legal vigente.
  • Liquidación insuficiente: demostrar que los bienes recibidos en la liquidación de la sociedad conyugal no garantizan ingresos por encima de la línea de pobreza.

¿Cómo se pagará el beneficio y qué pasa en caso de muerte?

Una vez dictada y ejecutoriada la sentencia firme del divorcio, el juez emitirá una orden directa a la administradora de fondos de pensiones o a la entidad pagadora.

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La institución deberá descontar mes a mes el porcentaje fijado por el despacho judicial y realizar el giro inmediato a la cuenta del beneficiario.

Frente a la duración del recurso, la iniciativa establece límites claros:

  • Muerte del cónyuge culpable: la cuota se extingue automáticamente al desaparecer la pensión de la cual se genera el descuento.
  • Muerte del cónyuge beneficiario: el dinero no se transmite ni se hereda. Los recursos retornan de manera íntegra al titular de la mesada.

El documento fue radicado el 28 de julio de 2026 en la Secretaría General del Senado de la República bajo el radicado de Proyecto de Ley 102 de 2026.

La autoría principal es del presidente del Congreso, Honorio Miguel Henríquez Pinedo, acompañado por congresistas del Centro Democrático como Juan Fernando Caicedo, Daruin Castellanos, Óscar Darío Pérez, Enrique Cabrales y Esteban Quintero, junto al representante Juan Felipe Corzo.

Honorio Henríquez habla por micrófono durante una sesión en el Senado de la República.
El senador Honorio Henríquez interviene desde su curul en el salón de sesiones del Senado de la República de Colombia.
Foto: Centro Democrático

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En la exposición de motivos, los autores sostienen que el objetivo central es proteger a las mujeres que sacrificaron su trayectoria laboral para cuidar a sus familias y quedaron expuestas a la pobreza tras una ruptura matrimonial.

Para convertirse en ley de la República, la iniciativa deberá superar cuatro debates formales en las comisiones y plenarias del Senado y la Cámara de Representantes.

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