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Niegan tutela con la que Petro pedía digitalizar formularios de consultas

El CNE y la Registraduría manifestaron que para hacer dicha digitalización dependen del presupuesto asignado por el Ministerio de Hacienda

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó a Gustavo Petro una tutela que interpuso contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría y en la que solicitaba que se digitalizaran y publicaran los formularios E14 de las consultas interpartidistas que se realizarán este 11 de marzo durante las elecciones de Congreso.

Petro alegaba que con la expedición de las resoluciones 3145 del 2017 y 001 del 2018 se vulneró su derecho a elegir y ser elegido “pues en dichos actos no se contempla la digitalización para posterior publicación de los formularios E14” que son aquellos en los que los jurados de cada mesa de votación consignan el escrutinio del total de votos recibidos.

Vea aquí: Fajardo es el único capaz de cuidar por igual a Petro, Ordóñez o Uribe: Claudia López

Al respecto, el CNE y la Registraduría manifestaron que para hacer dicha digitalización dependen del presupuesto asignado por el Ministerio de Hacienda para las consultas del 11 de marzo.

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Agrega que no desconocen sus funciones de vigilancia, control e inspección en el caso del CNE y de logística en el caso de la Registraduría y aclaran que en este caso en particular no se ha vulnerado el derecho a elegir y ser elegido.

Sin embargo, la sala resolvió negar las peticiones de Petro argumentando que, en primer lugar, antes de acudir a la tutela el candidato debía presentar la solicitud ante las autoridades demandadas.

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Tampoco se encontró que Petro haya cuestionado la legalidad de las resoluciones que menciona.

Así mismo, el Tribunal menciona que no puede afirmarse que se violan derechos fundamentales como el de elegir y ser elegido porque no existe prueba de que ello vaya a ocurrir.

Agrega que, pese a que no se pueden digitalizar los formularios por temas presupuestales, los jurados tienen otras herramientas para garantizar la transparencia de las mismas.

Entre las herramientas a las que se refiere la decisión se menciona están las copias de actas parciales y definitivas del escrutinio, podrán dejar registros que consideren pertinentes usando cámaras fotográficas y de video.

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