Una jueza de control de garantías ordenó enviar a la cárcel a Jesús Acosta Lizardo, señalado por la agresión contra María Quevedo, propietaria de la pastelería Rü Patisserie, ubicada en la localidad de Usaquén, en Bogotá. La Fiscalía le imputó el delito de tentativa de homicidio por los hechos ocurridos el pasado 23 de julio.
La agresión quedó registrada en las cámaras de seguridad del establecimiento y dejó a la empresaria con graves lesiones, entre ellas una fractura de nariz, cerca de 80 lesiones en diferentes partes del cuerpo y un desprendimiento parcial del cuero cabelludo. Después del ataque, Quevedo fue trasladada a la Clínica Reina Sofía para recibir atención médica.
Acosta Lizardo había sido capturado inicialmente en flagrancia por lesiones personales y posteriormente recuperó la libertad. Sin embargo, fue nuevamente capturado y la Fiscalía cambió la imputación a tentativa de homicidio, solicitud que terminó con la imposición de una medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
Durante la audiencia, la Fiscalía explicó que la agresión se produjo después de una discusión relacionada con el pago de una remuneración que reclamaba el procesado, quien llevaba aproximadamente dos semanas trabajando en el establecimiento.
La jueza tuvo en cuenta especialmente la secuencia registrada por las cámaras de seguridad para sustentar la decisión. “En primer lugar, la propia secuencia que muestran los videos que fueron exhibidos en esta audiencia. En esa exhibición se pudo observar que, luego de una discusión relacionada al parecer con el pago de la remuneración que exigía el imputado por su trabajo, la situación escaló hacia una agresión física”, explicó.
La funcionaria judicial señaló que en las imágenes se observa cómo la víctima fue tomada por el cabello y arrastrada hacia la parte posterior del establecimiento, donde recibió varios golpes mientras pedía ayuda.
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“Posteriormente, se observó que ella logra incorporarse, y al continuar el episodio de agresión es empujada y su cabeza impacta contra una matera que se encontraba, bueno, como en la mitad espacial del establecimiento”, agregó la jueza.
La intervención de terceros también fue valorada dentro de la decisión. De acuerdo con la reconstrucción presentada en audiencia, varias personas advirtieron que algo ocurría dentro del establecimiento, ingresaron y auxiliaron a la mujer, mientras el procesado permaneció en el interior del local hasta que fue intervenido.
Otro de los elementos que tuvo en cuenta la jueza fue una presunta amenaza posterior a la agresión. Según la Fiscalía, cuando Acosta era trasladado por la Policía, habría advertido a la víctima que regresaría a matarla si denunciaba los hechos.
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La jueza destacó que esa afirmación no habría quedado sustentada únicamente en el relato de la víctima, pues la Fiscalía presentó la declaración de una patrullera que habría presenciado la intimidación.
“Este elemento resulta particularmente significativo porque la amenaza habría ocurrido una vez concluida la confrontación física, cuando el imputado ya se encontraba bajo la intervención policial”, señaló la jueza.
Para el despacho, esta circunstancia permitió considerar, en el análisis estrictamente cautelar, que el riesgo para la víctima no necesariamente se agotaba en la discusión laboral que habría dado origen a la agresión.
La representación de víctimas, encabezada por el abogado Juan José Lafaurie, también resaltó las presuntas amenazas como uno de los elementos para respaldar la medida de aseguramiento. “El imputado no dejó que el riesgo se infiriera. Lo anunció él mismo. Con sus propias palabras tres veces, ante tres testigos distintos”, afirmó Lafaurie.
El abogado citó además la declaración de un vecino y la de una patrullera que habría estado presente durante la captura. “El señor Jesús volvió a amenazar a María diciéndole, ‘maldita, voy a volver y te voy a matar’”, señaló al referirse al testimonio del vecino. Sobre la declaración policial, agregó: “Sí, en presencia de nosotros amenazó verbalmente e intimidó a la víctima para que no colocara el denuncio”.
La jueza finalmente consideró los fines constitucionales de la medida de aseguramiento planteados por la Fiscalía, entre ellos el riesgo para la víctima, la posible obstrucción de la justicia y el peligro de no comparecencia, y ordenó el envío de Acosta Lizardo a prisión mientras avanza el proceso.