El pronunciamiento se da luego de un comunicado desde la Superintendencia de la Economía Solidaria en el que denunciaba presuntas irregularidades y un bloqueo por parte de los accionistas de Coosalud, que negaron el ingreso de varios actores para adelantar una asamblea extraordinaria en la EPS, tras el fallo del Tribunal de Bolívar que exigía la suspensión de la intervención de Coosalud.
De acuerdo con la Superintendencia, el personal de seguridad del edificio de la entidad en Cartagena “informó que por instrucción directa de Jaime González y de Diana Bolaños, ninguno de los asistentes estaba autorizado para ingresar, ni acceder al piso donde debía realizarse la asamblea”.
Además, señalaron que el acceso biométrico del saliente interventor de la EPS había sido removido sin una notificación formal de entrega.
Sin embargo, el representante legal de Coosalud, Julián Quintana, aseguró que la asamblea convocada por el interventor era ilegal, pues el fallo del tribunal ordenaba la remoción inmediata del mismo.
“El interventor fue removido inmediatamente, entonces no podía tomar ninguna decisión. Después de la decisión del juez, el interventor lo que hace es citar a una asamblea extraordinaria, sin tener la facultad y la competencia para ello, porque él ya no era interventor. Entonces ahí hay un tema, primero, de ilegalidad, de irregularidad, lo cual también lo puse en mi denuncia”, aseguró el abogado Quintana.
Asimismo, señaló que, tras el fallo judicial, la EPS debe ser entregada nuevamente al representante escrito, es decir, Jaime González, por lo que desde Coosalud enviaron un mensaje a los accionistas en el que levantaban la asamblea.
“Se mandó un comunicado a los accionistas diciendo que se levantaba o se aclaraba que no había asamblea, porque la convocatoria era ilegal. Esa fue la explicación, no se le ha negado nada a nadie, pero tampoco podemos convalidar una ilegalidad surtida por el interventor”, agregó el representante legal de Coosalud.
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Finalmente, Quintana aseguró que la junta directiva de la EPS es la única que tiene la facultad de cambiar el representante legal, por lo que la convocatoria a la asamblea no tiene efecto sobre la decisión.