MinSalud suspende temporalmente cambios en la PILA, ¿por qué?
Esto debido a que la Corte Constitucional ordenó suspender la vigencia de la Ley 2381 de 2024, que regula el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
La Corte Constitucional, mediante el Auto 841 de 2025, ordenó la suspensión temporal de la entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024, que establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común.
La suspensión regirá desde la fecha del auto hasta que la Sala Plena de la Corte se pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad de la norma.
Esta decisión judicial devuelve la ley a la Plenaria de la Cámara de Representantes para que continúe su trámite en debida forma. La suspensión no afecta los artículos 12 y 76 de la ley.
En cumplimiento de esta orden, el Ministerio de Salud y Protección Social anunció la suspensión temporal de los ajustes contemplados en las Resoluciones 467 y 832 de 2025, que modificaban la estructura de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y del Registro Único de Afiliados (RUAF).
Estas herramientas son fundamentales para la operación del nuevo régimen pensional.
Los ajustes permanecerán suspendidos hasta que la Corte Constitucional tome una decisión definitiva sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024.