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Esta semana vence plazo para cancelar quinta cuota del ICA: así lo puede pagar

Después de esta fecha límite, los contribuyentes del impuesto del ICA tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses por moras. Para evitar estos costos tenga en cuenta estas recomendaciones.

Impuestos
Al no declarar renta se le aplicará una sanción del 20 % basada en el valor de las consignaciones bancarias o los ingresos brutos de la persona.
Foto: creada con IA de Bing Image Creator

El plazo para realizar el pago de la quinta cuota del Impuesto de Industria, Comercio, (ICA) del régimen común vence esta semana, el próximo viernes 15 de diciembre, según la información proporcionada por la Secretaría Distrital de Hacienda.

Después de esta fecha límite, los contribuyentes estarán sujetos a sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios si no cumplen con la declaración y el pago correspondientes.

Declare y pague en la Oficina Virtual 

Este trámite se realiza ingresando a la Oficina Virtual en el siguiente link 👉 (https://nuevaoficinavirtual.shd.gov.co/bogota/es/login).

La declaración y el pago pueden realizarse a través del botón habilitado para este propósito. Asimismo, existe la opción de efectuar el pago de manera presencial en las ventanillas de las entidades financieras que cuentan con convenio de recaudo vigente con la Secretaría de Hacienda.

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Para conocer las entidades bancarias autorizadas para el recaudo de este impuesto en Bogotá, puedes consultar el listado disponible en este enlace.

Adicionalmente, en la publicación se proporciona un enlace para descargar la factura y realizar el pago a través de la Oficina Virtual.

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