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Boca Juniors no convocará a Sebastián Villa tras primer fallo por presunta violencia de género

El equipo xeneize explicó que el colombiano Sebastián Villa quedará fuera de las convocatorias hasta que exista un fallo judicial definitivo en su caso.

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Sebastián Villa
Foto: AFP

Boca Juniors informó este viernes, por medio de un comunicado, que el colombiano Sebastián Villa no integrará más las convocatorias del club hasta que se conozca un fallo definitivo en el caso que le adelanta la justicia de Argentina por presunta violencia de género.

Según lo expuesto por el club azul y oro, que actualmente se encuentra compitiendo también en la Copa Libertadores, "a partir de la fecha, el nombrado Sebastián Villa no participará de las convocatorias de las competencias que deba afrontar el primer equipo profesional de fútbol masculino".

Además, detallaron que esta medida regirá "hasta tanto recaiga pronunciamiento judicial definitivo" en el caso por presunta violencia de género que afronta el futbolista que este mismo viernes fue condenado, en primera instancia, a pagar "la pena de 2 años y 1 mes de prisión condicional por la causa de amenazas coactivas con lesiones leves en contexto de violencia de género" según el fallo de ley.

En el caso, donde la presunta víctima fue Daniela Cortés, la jueza Claudia Dávalos consideró que la conducta de Sebastián Villa, de 27 años, fue incorrecta y, por ende, debería responder por estos hechos que son contrarios a lo que se debe expresar en el fútbol de Argentina y en la sociedad en general.

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Cabe recordar además que, en conversación con Blog Deportivo, el abogado penalista Albert Duarte advirtió que "no se puede tratar al señor Sebastián Villa como condenado sin que se surta la segunda instancia" y que, por tal razón, todavía "mantiene la presunción de inocencia".

Igualmente, el abogado penalista señaló que "si la Fiscalía apela, porque la pena es muy baja, podría agravársele la pena si se demuestra que quedó muy baja", pero "si el apelante es la defensa, no puede ser superior (la condena) a la impuesta en primera instancia".

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